Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2008 (13/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368651

Establecen monto por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago, tasa de interes moratorio y fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias 2008
ORDENANZA Nº 120-MDPP MORDAZA MORDAZA, 5 de marzo de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR CONCEPTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y RECIBOS DE PAGO, TASA DE INTERES MORATORIO Y SE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL 2008. Articulo Primero.- APROBAR el monto que debera abonar el contribuyente por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del Impuesto Predial correspondientes al ejercicio 2008, incluyendo la distribucion de la Declaracion Jurada a los domicilios fiscales consignados por los contribuyentes, en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 nuevos soles). Asi como tambien, por cada anexo de actualizacion (predio adicional) se abonara S/. 2.00 (dos y 00/100 nuevos soles) por el derecho mencionado. Articulo Segundo.- FIJAR en S/. 1.00 (uno y 00/100 nuevos soles) mensual el monto que debera abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada de los recibos de arbitrios incluida su distribucion a domicilio. Articulo Tercero.- La obligacion de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2008 vence. Enero y Febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre 29 de febrero 31 de marzo 30 de MORDAZA 30 de MORDAZA 30 de junio 31 de MORDAZA 29 Agosto 30 de Septiembre 31 de Octubre 28 de Noviembre 31 de diciembre

en el registro de organizaciones de la municipalidad siempre y cuando los predios se destinen a los fines especificos de la organizacion, asimismo exoneracion del 50% del pago de los Arbitrios a los pensionistas que reunan los requisitos establecidos en el articulo 19º de la Ley de Tributacion Municipal, cuya pension no exceda al MORDAZA minimo MORDAZA mensual. Articulo Sexto.- Tasa de Interes Moratorio: Fijese en uno y cinco decimas por ciento (1.5%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondiente a tributos que administra o cuya recaudacion estuviera a cargo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Piedra. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifique. Articulo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Estadistica e Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 174922-2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Prorrogan plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2008
ORDENANZA Nº 135 San MORDAZA de Lurigancho, 7 de marzo de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: en Sesion Ordinaria de la fecha y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que, "Las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa, la que ejerce a traves de sus Ordenanzas con rango de Ley, conforme lo establece el MORDAZA numeral del articulo 200º de la referida Carta Magna; Que, los plazos para la cancelacion del Impuesto Predial se encuentran contenidos en el articulo 15 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, y el plazo para la cancelacion de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2008, se encuentran regulados en las Ordenanzas Nº 120 y 121, dichas normativas establecen como plazo MORDAZA para el pago de la primera cuota tanto del Impuesto Predial como de los Arbitrios hasta el 29 de febrero del ano en curso; Que, a fin de permitir que los contribuyentes cumplan en forma oportuna con el pago de sus obligaciones tributarias es necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la primera cuota, hasta el 31 de marzo de 2008, que a su vez permitira que la administracion municipal se organice adecuadamente para una atencion y orientacion al contribuyente eficiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, se aprobo con el MORDAZA MAYORITARIO de los miembros del Concejo lo siguiente:

Articulo Cuarto.- Para el periodo 2008 se considerara un incentivo por el abono adelantado de los Arbitrios un descuento del orden del 5% y 3% segun los supuestos que se pasa a detallar. A) Si se estuvo al dia en el pago de los Arbitrios municipales al 31 de diciembre del ano 2007, y: 1.- Cancela los doce (12) meses del ano 2008, hasta el 29 de febrero, obtendra un descuento del 5% del monto a pagar que le corresponda por concepto de Arbitrios. B) Si no estuvo al dia en el pago de los Arbitrios Municipales al 31 de diciembre del 2007, y. 1.- Cancela los doce (12) meses del ano 2008, hasta el 29 de febrero, obtendra un descuento del 3% del monto a pagar que le corresponda por concepto de Arbitrios. Articulo Quinto.- Exonerese del pago de los Arbitrios Municipales a los predios cuya titularidad corresponda a Comedores Populares, Club de Madres, los Comites del Programa del Vaso de Leche y Locales Comunales inscritos

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