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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2008 (19/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de marzo de 2008 369024 Otorgan contrato de administración total en el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 012-2008-INRENA-IANP Lima, 17 de marzo de 2008. VISTO:El Informe N° 01-2008-INRENA-CAH/SNLMT, de fecha 10 de marzo de 2008 por el cual la Comisión Ad Hoc encargada de dirigir el “Concurso Público de Méritos a iniciativa del INRENA y apoyado con fondos de la Cooperación Internacional” para el otorgamiento de un Contrato de Administración en el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, y el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038- 2001-AG, precisan que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA constituye el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, teniendo entre sus funciones la de aprobar las normas administrativas necesarias para la gestión y desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-88-AG, se categorizó el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes, ubicado en la provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; Que, asimismo el artículo 17º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas establece que el Estado reconoce y promueve la participación privada en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas. Para ello, se podrá suscribir u otorgar, sea por el INRENA o por las autoridades competentes a nivel nacional, regional o municipal, según sea el caso: a) Contratos de Administración del área; Que, el artículo 119º del Reglamento de la precitada Ley, establece que los Contratos de Administración se otorgan mediante concurso de méritos de carácter público, convocado por el INRENA, de ofi cio o a pedido de parte, para las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE o los Gobiernos Regionales para las Áreas de Conservación Regional. En ambos casos, las bases del concurso se sujetan a lo establecido por la Ley, el Reglamento, el Plan Director y el Plan Maestro del Área Natural Protegida de existir éste; Que, la Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA, aprueba las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración”, las cuales tienen por objeto regular la modalidad del contrato de Administración, prevista en el artículo 17º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y desarrollada en el Subcapítulo I del Capítulo IV del Título Tercero del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas; Que, la precitada Resolución desarrolla en su Título Segundo Del Otorgamiento del Contrato de Administración y en su Capítulo IV Del Procedimiento por Concurso Público de Méritos a iniciativa de INRENA y apoyado con fondos de la cooperación internacional; Que, en virtud al artículo 21º de la Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA, la Comisión Ad Hoc suscribe el Acta de fecha 14 de diciembre de 2007 que contiene la decisión unánime de adjudicar la Buena Pro a MENNONITE ECONOMIC DEVELOPMENT ASSOCIATES (MEDA) SUBSIDIARY PERU en cumplimiento del concurso a su cargo y de sus atribuciones establecidas mediante la Resolución Jefatural Nº 117-2007-INRENA, habiendo emitido el Informe Nº 01-2008-INRENA-CAH/SNLMT, mediante el cual pone en conocimiento de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas el resultado del citado concurso; Que, de acuerdo al artículo 121º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas los Contratos de Administración son suscritos por el Jefe del INRENA en el caso de las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE, debiéndose elevar a escritura pública bajo sanción de nulidad, siendo de cuenta del Ejecutor los gastos que irrogue dicho trámite, correspondiendo a la Dirección General, hoy Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, llevar el registro ofi cial de cada uno de los contratos de administración suscritos; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG y modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Adjudicar la Buena Pro del Concurso Público de Méritos a Iniciativa del INRENA y Apoyado con Fondos de la Cooperación Internacional a MENNONITE ECONOMIC DEVELOPMENT ASSOCIATES (MEDA) SUBSIDIARY PERU. Artículo 2º.- Otorgar el Contrato de Administración Total en el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes a MENNONITE ECONOMIC DEVELOPMENT ASSOCIATES (MEDA) SUBSIDIARY PERU, debiendo elevarse a Escritura Pública bajo sanción de nulidad. Regístrese, comuníquese y publíquese,JORGE UGAZ GÓMEZ Intendente de Áreas Naturales Protegidas 177331-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aceptan donaciones efectuadas a favor del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 046-2008-MINCETUR/DM Lima, 14 de marzo de 2008 Visto el Memorándum Nº 347-2008-MINCETUR/SG/ OGA, de la Ofi cina General de Administración. CONSIDERANDO: Que, la Cámara de Comercio de Lima, la Sociedad Nacional de Industrias, la Asociación de Exportadores, la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad, la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Cámara de Comercio y Producción de Piura, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto, la Cámara de Comercio y Producción de Puno, la Cámara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Producción del Cusco, la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de Sullana, la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes, la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, y la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia del Santa, han efectuado donaciones a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en los períodos de septiembre a diciembre de 2005 por CUATROCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS QUINCE Y 50/100 (S/. 415,915.50), período de enero a diciembre del 2006 por DOS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS VEINTIDÓS y 13/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´140,922.13), período enero a diciembre de 2007 por DOS MILLONES VEINTE MIL CIENTO CINCUENTISIETE 56/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´020,157.56), sumas que se detallan en el anexo adjunto y cuyo monto total asciende a CUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTISÉIS MIL NOVECIENTOS NOVENTICINCO Y 19/100 NUEVOS SOLES (4´576,995.19); Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de los fondos públicos; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de las donaciones antes mencionadas;