Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2008 (19/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

369025

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional, y la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Con las visaciones del Director General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo, de la Directora General de Administracion y de la Directora General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar las donaciones efectuadas a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, por las siguientes entidades: Camara de Comercio de MORDAZA, la Sociedad Nacional de Industrias, la Asociacion de Exportadores, la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de La MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria y Produccion de Tacna, la Camara de Comercio, Industria y Turismo de Ica, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria y Turismo de MORDAZA, la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, la Camara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Produccion del MORDAZA, la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de Sullana, la Camara de Comercio y Produccion de Aguas Verdes, la Camara de Comercio e Industria de Ilo, y la Camara de Comercio y Produccion de la Provincia del Santa; en los periodos de: septiembre a diciembre de 2005, la suma de CUATROCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS QUINCE Y 50/100 (S/. 415,915.50); enero a diciembre del 2006, la suma de DOS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS y 13/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´140,922.13); y, enero a diciembre de 2007, la suma de DOS MILLONES VEINTE MIL CIENTO CINCUENTISIETE 56/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´020,157.56), sumas que se detallan en el anexo adjunto y cuyo monto total asciende a CUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTISEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTICINCO Y 19/100 NUEVOS SOLES (4´576,995.19). Articulo 2º.- Las donaciones a que se refiere el articulo precedente seran destinadas a financiar las actividades operativas inherentes a la competencia funcional del MINCETUR. Articulo 3º.- Agradecer a las instituciones mencionadas en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, por su importante contribucion. Articulo 4º.- La Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo queda encargada de realizar las gestiones presupuestarias que se deriven de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

Nº 009-2002-MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200707-15, 200707-22, 200707-25, 200707-20, 200707-17 y 200707-29, expedidos por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, en observancia de lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 556-2006-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 10.07.2006, la solicitante presenta en una unidad de almacenamiento optico el archivo binario de las memorias de solo lectura, asi como las imagenes de los soportes fisicos y las etiquetas correspondientes en formato JPG, con resolucion de 300 dpi; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, el Decreto Supremo Nº009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 170-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR-YGP y Legal Nº 818-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa ATRONIC INTERNATIONAL GMBH (Alemania), diecinueve (19) memorias de solo lectura fabricadas por la misma empresa solicitante, segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 Registro A0007621 A0007622 A0007623 A0007624 A0007625 A0007626 A0007627 A0007628 A0007629 A0007630 A0007631 A0007632 A0007633 A0007634 A0007635 A0007636 A0007637 A0007638 A0007639 Codigo de la Memoria HBS-STD-11.1.2.81 U5 (U5) HBS-STD-11.1.2.81 U6 (U6) HGM-STD-KKJU-11.1.0.11 U7 (U7) HGM-STD-KKJU-11.1.0.11 U8 (U8) KKJU01-K-MA-STD_-5-25-XX-_XX (U9) HGM-STD-KKTI-11.1.0.68 U7 (U7) HGM-STD-KKTI-11.1.0.68 U8 (U8) KKTI01-J-MA-STD_-5-25-XX_-XX (U9) HGM-STD-KKCR-11.1.0.15 U7 (U7) HGM-STD-KKCR-11.1.0.15 U8 (U8) KKCR01-K-MA-STD_-5-50-XX-_XX (U9) HGM-STD-KKWI-11.1.0.36 U7 (U7) HGM-STD-KKWI-11.1.0.36 U8 (U8) KKWI01-J-MA-STD_-5-25-XX-_XX (U9) HGM-STD-WIFA-11.1.0.18 U7 (U7) HGM-STD-WIFA-11.1.0.18 U8 (U8) WIFA01-G-MA-STD_-5-XX-XX-AXX (U9) WIFA01-G-MA-STD_-5-XX-XX-QXX (U9) WIFA21-G-MA-STD_-5-25-50-AXX (U9)

176828-1

Autorizan y registran memorias de solo lectura a solicitud de Atronic International GMBH y Gaming & Technology Peru S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 984-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT
MORDAZA, 18 de setiembre de 2007 Visto, el Expediente Nº 002300-2007-MINCETUR, de fecha 17.08.2007, presentado por la empresa ATRONIC INTERNATIONAL GMBH., en el que solicita autorizacion y registro de diecinueve (19) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 y normas modificatorias se MORDAZA la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el MORDAZA, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, aprobado por Decreto Supremo

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

176819-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.