Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2008 (19/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2008

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 985-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT
MORDAZA, 18 de septiembre de 2007 Visto, el Expediente Nº 016433-2007-MINCETUR, de fecha 14.08.2007, presentado por la empresa Gaming & Technology Peru S.A., en el que solicita autorizacion y registro de diez (10) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 y normas modificatorias se MORDAZA la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el MORDAZA, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, la documentacion tecnica y legal requerida para la evaluacion de la presente solicitud se encuentra en el Expediente Nº 001644-2007-MINCETUR, de fecha 17.05.2007; Que, en observancia de lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 556-2006-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 10.07.2006, la solicitante presenta en una unidad de almacenamiento optico el archivo binario de las memorias de solo lectura, asi como las imagenes de los soportes fisicos y las etiquetas correspondientes en formato JPG, con resolucion de 300 dpi; De conformidad con la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 171-2007MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR-YGP y Legal Nº 822-2007MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Gaming & Technology Peru S.A., diez (10) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa International Game Technology Inc, (IGT), segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 Registro A0007640 A0007641 A0007642 A0007643 A0007644 A0007645 A0007646 A0007647 A0007648 A0007649 Codigo de la Memoria G0003161-GME1 (GME1) G0003161-GME2 (GME2) G0003161-GME3 (GME3) G0003161-GME4 (GME4) I0002046 (BASE) G0003176-GME1 (GME1) G0003176-GME2 (GME2) G0003176-GME3 (GME3) G0003176-GME4 (GME4) I0001483 (BASE)

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 986-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT
MORDAZA, 18 de setiembre de 2007 Visto, el Expediente Nº 002360-2007-MINCETUR, de fecha 28.08.2007, presentado por la empresa Gaming & Technology Peru S.A., en el que solicita autorizacion y registro de veinte (20) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 y normas modificatorias se MORDAZA la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el MORDAZA, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento Nºs. MO-59-IGT-06-06, MO-59-IGT-06-01, MO-59-IGT-06-04, MO-59-IGT-06-05, MO-59-IGT-06-02, MO-59-IGT-06-03, MO-122-IGT-06-25, MO-158-IGT-07-17, MO-158-IGT-07-03, MO-158-IGT-07-16, MO-158-IGT-0705, MO-158-IGT-07-32 y MO-158-IGT-07-12, expedidos por el Laboratorio de Certificacion Gaming Laboratories International, Inc (GLI), asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, en observancia de lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 556-2006-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 10.07.2006, la solicitante presenta en una unidad de almacenamiento optico el archivo binario de las memorias de solo lectura, asi como las imagenes de los soportes fisicos y las etiquetas correspondientes en formato JPG, con resolucion de 300 dpi; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0062005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 173-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT-YGP y Legal Nº 811-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Gaming & Technology Peru S.A., veinte (20) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa International Game Technology (IGT), segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 Registro A0007650 A0007651 A0007652 A0007653 A0007654 A0007655 A0007656 Codigo de la Memoria G0003720-GME1 (GME1) G0003720-GME2 (GME2) G0003721-GME1(GME1) G0003721-GME2 (GME2) G0003723-GME1(GME1) G0003723-GME2 (GME2) G0003724-GME1(GME1)

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

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