TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de marzo de 2008 369395 ANEXO 5 GOBIERNOS REGIONALES ACREDITADOS PARA LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES SECTORIALES, EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE TERRENOS DE PROPIEDAD DEL ESTADO, COMPRENDIDAS EN EL ARTÍCULO 62º DE LA LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Proceso de Transferencia 2007 Gobierno RegionalFunciones Sectoriales en materia de Administración y Adjudicación de Terrenos de propiedad del Estado Lima a, b, c ANEXO 6 GOBIERNOS REGIONALES ACREDITADOS PARA LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES SECTORIALES, EN MATERIA DE TRANSPORTES, COMPRENDIDAS EN EL ARTÍCULO 56º DE LA LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Proceso de Transferencia 2007 Gobierno RegionalFunciones Sectoriales en materia de Transportes Huancavelica c, d, e, g, h 179750-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, Italia y Argentina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 304-2008-DE/SG Lima, 25 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 239, de fecha 28 de febrero de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, se ha programado la visita protocolar del Comandante de la Doceava Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América y su comitiva al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 03 al 05 de abril de 2008, para realizar una visita protocolar al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 179770-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 305-2008-DE/SG Lima, 25 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 278, de fecha 28 de febrero de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, la Marina de Guerra del Perú viene participando anualmente en los desplazamientos operacionales denominados “SUBDIEX”, desde el año 2002, en la costa este de los Estados Unidos de América y El Caribe; habiéndose designado a la Unidad Submarina B.A.P. “Arica” (SS-36), para que participe en dicho ejercicio este año; Que, en el mes de marzo ingresará personal militar de los Estados Unidos de América para participar en la reunión fi nal del Programa de Iniciativa Submarina de Diesel Eléctrico (DESI) 2008 y en la ceremonia de zarpe del B.A.P. “Arica”; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 25 al 27 de marzo de 2008, para participar en la Reunión Final del Programa de Iniciativa Submarina de Diesel Eléctrico (DESI), así como participar en la ceremonia de zarpe del B.A.P “Arica”. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 179770-2