Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2008 (26/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de marzo de 2008 369412 Que con fecha 6 de agosto de 2007 se emitió la Resolución Directoral Nº 12359-2007-MTC/15 por la que AUTOSEGUROS LIMA PROVINCIAS fue inscrita provisionalmente en el Registro AFOCAT del MTC, al haber cumplido con el depósito del 30% del Fondo Mínimo y haber celebrado el contrato de fi deicomiso, conforme lo establece el Reglamento; Que con la presentación del expediente con registros Nº 053830 (27/06/2007), 067633 (08/08/2007), 082278 (19/09/2007), 095052 (29/10/2007), 101039 (15/11/2007), 104858 (27/11/2007), 015288 (08/02/2008), 016249 (12/02/2008), 016758 (13/02/2008), 022034 (27/02/2008) y 022635 (28/02/2008), ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el Artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, por lo que corresponde otorgarle el Registro Defi nitivo; Que, por Escritura Pública de fecha 4 de enero del 2003 se formalizó la constitución de la ASOCIACION DE MOTOTAXISTAS LOS INTERNACIONALES DE SAN JUAN DE LURIGANCHO otorgada ante Notario Público Dr. Ángel N. Gallardo Flores, con Partida Electrónica Nº 11477198; Que, por Escritura Pública de fecha 25 de abril del 2007 se modifi co su denominación como AUTOSEGUROS LIMA PROVINCIAS otorgada ante Notario Público Dra. Irene G. Chávez Vigil, con Partida Electrónica Nº 50089350 en la ciudad de Huacho; Estando a lo opinado por la Ofi cina de Registro de AFOCAT, mediante Informe Nº 023-2008-MTC/15.R AFOCAT y de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, modifi cada por la Ley Nº 28839; y el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la INSCRIPCIÓN DEFINITIVA de AUTOSEGUROS LIMA PROVINCIAS, constituida mediante escritura pública de fecha 4 de enero del 2003 otorgada ante Notario Público Dr. Nagel N. Gallardo Flores y registrada bajo la Partida Electrónica Nº 11477198 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito a cargo de la Dirección General de Transporte Terrestre, como AFOCAT REGIONAL con Registro Defi nitivo Nº 0010 - R AFOCAT - DGTT - MTC/2007, pudiendo operar como tal en la La Región Lima Provincias. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. LINO DE LA BARRERA L. Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 174592-1 Disponen inscripción definitiva de AFOCAT FUTUIRA en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2304-2008-MTC/15 Lima, 28 de febrero de 2008 VISTO: El expediente, con Registros Nºs. 004682 (17/01/07), 044355 (28/05/07), 053231 (26/06/07), 094475 (26/10/07), 094483 (26/10/07), 100884 (15/11/07), 004255 (10/01/07), 010148 (25/01/08), 012751 (01/02/08), 022008 (27/02/08) y 022515 (28/02/08), presentado por ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DEL FRENTE UNICO DE TRANSPORTE PUBLICO URBANO E INTERURBANO DE LA REGION AREQUIPA “AFOCAT FUTUIRA” con la documentación requerida en el artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28839, se modifi có entre otros el artículo 30º de la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, a efectos de incluir, como alternativa a la contratación del SOAT, el Certifi cado de Accidentes de Tránsito – CAT, emitido por las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito - AFOCAT, destinados exclusivamente para vehículos de transporte urbano e interurbano regular de personas que presten servicios al interior de la región o provincia, incluyendo el servicio de transporte especial de personas en taxis y mototaxis; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 012-2007-MTC, 025-2007-MTC 007-2008-MTC, se aprueba el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito; Que con fecha 06 de agosto de 2007 se emitió la Resolución Directoral Nº 12365-2007-MTC/15 por la que ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DEL FRENTE UNICO DE TRANSPORTE PUBLICO URBANO E INTERURBANO DE LA REGION AREQUIPA “AFOCAT FUTUIRA” fue inscrita provisionalmente en el Registro AFOCAT del MTC, al haber cumplido con el depósito del 30% del Fondo Mínimo y haber celebrado el contrato de fi deicomiso, conforme lo establece el Reglamento; Que con la presentación del expediente con Registros Nºs. 004682 (17/01/07), 044355 (28/05/07), 053231 (26/06/07), 094475 (26/10/07), 094483 (26/10/07), 100884 (15/11/07), 004255 (10/01/07), 010148 (25/01/08), 012751 (01/02/08), 022008 (27/02/08) y 022515 (28/02/08), ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el Artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, por lo que corresponde otorgarle el Registro Defi nitivo; Estando a lo opinado por la Ofi cina de Registro de AFOCAT, mediante Informe Nº 027-2008-MTC/15.R AFOCAT y de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, modifi cada por la Ley Nº 28839; y el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Disponer la INSCRIPCION DEFINITIVA de ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DEL FRENTE UNICO DE TRANSPORTE PUBLICO URBANO E INTERURBANO DE LA REGION AREQUIPA “AFOCAT FUTUIRA”, constituida mediante escritura pública de fecha 3 de noviembre del 2006 otorgada ante Notario Público de Arequipa Dr. Gorky Oviedo Alarcon y registrada bajo la Partida Electrónica Nº 11084444 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Arequipa en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito a cargo de la Dirección General de Transporte Terrestre, como AFOCAT REGIONAL con Registro Defi nitivo Nº 0016 - R AFOCAT - DGTT - MTC/2007, pudiendo operar como tal en la La Región Arequipa. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. LINO DE LA BARRERA L. Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 178609-1