Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2008 (26/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2008

de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por Partners In Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU consistente en 01 bulto, conteniendo 06 mini computadoras, con un valor FOB de US $ 300.00 (Trescientos y 00/100 Dolares americanos), segun Certificado de Donacion de fecha 25-Jul-06, con un peso MORDAZA manifestado de 15.8 kilos, de acuerdo a la Guia Aerea Nº 001-39274351 de fecha 04-Ago-06, y un peso MORDAZA recibido de 15.6 kilos, segun Volante de Despacho Nº 698562 de fecha 07-Ago06. Donacion destinada para uso del "Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Peru", bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Peru, Socios En Salud, y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social Escuela de Medicina de Harvard, Boston USA. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

de Relaciones Exteriores del Peru (www.rree.gob.pe en el vinculo "Prensa y Difusion / Resoluciones del Consejo de Seguridad"). Articulo 2º.- Sin caracter restrictivo, entiendase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolucion 1803 (2008) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: Poder Judicial Ministerio del Interior Ministerio de Defensa Ministerio de Economia y Finanzas Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria Superintendencia de Banca, Seguros y AFP Instituto Peruano de Energia Nuclear Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores Resolucion 1803 (2008) El Consejo de Seguridad, Observando con profunda preocupacion que, segun se confirma en los informes del Director General del OIEA (...), el Iran no ha demostrado que se hayan suspendido en forma completa y sostenida todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento y el reprocesamiento y los proyectos relacionados con el agua pesada, (...) ni adoptado las demas medidas exigidas por la Junta de Gobernadores del OIEA, ni cumplido las disposiciones de las resoluciones del Consejo de Seguridad 1696 (2006), 1737 (2006) y 1747 (2007), que son esenciales para fomentar la confianza, y deplorando la negativa del Iran a adoptar esas medidas, Preocupado por los riesgos de proliferacion que plantea el programa nuclear del Iran y, (...) consciente de que, con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas, le incumbe la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales, Actuando con arreglo al Articulo 41 del Capitulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, 1. Reafirma que el Iran debera adoptar sin mas demora las medidas exigidas por la Junta de Gobernadores del OIEA (...), que son esenciales para fomentar la confianza en los fines exclusivamente pacificos de su programa nuclear (...) 2. Exhorta a todos los Estados a que se mantengan vigilantes y MORDAZA prudentes respecto de la entrada en su territorio, o el MORDAZA por el, de personas que se dediquen, esten directamente vinculadas o presten apoyo a las actividades nucleares del Iran que MORDAZA estrategicas desde el punto de vista de la proliferacion o al desarrollo de sistemas vectores de MORDAZA nucleares, y decide, a este respecto, que todos los Estados deberan notificar al Comite establecido en virtud del parrafo 18 de la resolucion 1737 (2006) (en lo sucesivo "el Comite") la entrada en su territorio, o el MORDAZA por el, de las personas designadas en el anexo de la resolucion 1737 (2006), el anexo I de la resolucion 1747 (2007) o el anexo I de la presente Resolucion (cuyo texto se publica en el MORDAZA del Ministerio de Relaciones Exteriores www.rree.gob.pe), asi como de otras personas designadas por el Consejo de Seguridad o el Comite por dedicarse, estar directamente vinculadas o prestar apoyo a las actividades nucleares del Iran que MORDAZA estrategicas desde el punto de vista de la proliferacion o al desarrollo de sistemas vectores de MORDAZA nucleares, incluso mediante su participacion en la adquisicion de los articulos, bienes, equipos, materiales y tecnologias especificados y comprendidos en las medidas enunciadas en los parrafos 3 y 4 de la resolucion 1737 (2006), salvo en los casos en que la entrada o el MORDAZA tenga por objeto realizar actividades directamente relacionadas con los articulos indicados en los incisos i) y ii) del apartado b) del parrafo 3 de la resolucion 1737 (2006); 3. Subraya que ninguna de las disposiciones del parrafo anterior obliga a un Estado a denegar la entrada en su territorio a sus propios nacionales, y que, al aplicar lo dispuesto en el parrafo anterior, todos los Estados deberan tener en cuenta las consideraciones humanitarias, incluidas las obligaciones religiosas, asi como la necesidad de cumplir los objetivos de la presente resolucion y de las resoluciones 1737 (2006) y 1747 (2007), incluidos los casos en que se aplique el articulo XV del Estatuto del OIEA;

164638-4

Disponen la publicacion de resumen de parrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de las Resoluciones 1803 (2008) y 1799 (2008) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0382/RE
MORDAZA, 14 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 016-2007-RE, de 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el MORDAZA del Capitulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que el 03 de marzo de 2008 el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobo la Resolucion 1803 (2008) mediante la cual se establece sanciones contra la Republica Islamica de Iran, asi como medidas de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de la Organizacion de las Naciones Unidas, entre los que se encuentra el Peru; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los parrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolucion 1803 (2008) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, aprobada el 03 de marzo de 2008, que establece sanciones contra la Republica Islamica de Iran. El texto completo de dicha resolucion se encuentra publicado en el MORDAZA de Internet de la Organizacion de las Naciones Unidas (www.un.org), asi como en el MORDAZA del Ministerio

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