TEXTO PAGINA: 10
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de marzo de 2008 369396 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 306-2008 DE/SG Lima, 25 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 293 de fecha 18 de marzo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Italiana, sin armas de guerra; Que, una delegación militar de alto nivel de la República Italiana sostendrá reuniones con el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y con altos ofi ciales del Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea del Perú, en el mes de marzo;; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Italiana, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 25 al 28 de marzo de 2008, para sostener reuniones con el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 179770-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2008 DE/SG Lima, 25 de marzo de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 269 de fecha 11 de marzo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Argentina, sin armas de guerra; Que, la VII Reunión de Coordinación de Estados Mayores Generales de las Fuerzas Aéreas de Perú y Argentina se realizará en la ciudad de Lima, del 25 al 29 de marzo de 2008; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Argentina, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 25 al 29 de marzo de 2008, para participar en la VII Reunión de Coordinación de Estados Mayores con la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 179770-4 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionarios de PROINVERSIÓN a Colombia para participar en roadshow de proyectos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2008-EF Lima, 24 de marzo de 2008 Visto el Ofi cio N° 030-2008-PROINVERSIÓN/DEA- OAJ, del Director Ejecutivo Adjunto (e) de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, el 28 de marzo de 2008, se desarrollará en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, una serie de reuniones con la participación de los representantes de las principales empresas del citado país, a fi n de realizar un roadshow de los proyectos en telecomunicaciones que PROINVERSION tiene en cartera; Que, dicho evento tiene como fi nalidad presentar y promocionar los proyectos de telecomunicaciones tales como: Implementación de Banda Ancha Rural, Programa de Implementación de Telecomunicaciones Rural – Internet Rural, Banda Ancha Satelital y Proyecto Wi Max.; Que, corresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, entre otros, coordinar y crear un ambiente propicio para el desarrollo de las inversiones; y promover la ejecución de proyectos de promoción de inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar el viaje de los señores Jesús Guillen Marroquín, Jefe de Proyecto en Telecomunicaciones (e)