Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2008 (30/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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normas que rigen el reordenamiento y formalizacion de la actividad de explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, la empresa solicita acogerse a lo establecido en el articulo 2° de la Ley N° 28945, acreditando la explotacion de maquinas tragamonedas sin contar con autorizacion de la Direccion Nacional de Turismo, mediante la actuacion de los siguientes medios probatorios: (i) MORDAZA de la declaracion jurada y MORDAZA de pago, de fecha 15.01.2007, presentada a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria por concepto de Impuesto a los Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas correspondiente al mes de diciembre del 2006, (ii) MORDAZA del contrato de asociacion en participacion suscrito con la empresa Flamingo Games S.A.C., de fecha 21.08.2006, (iii) MORDAZA del contrato de arrendamiento de maquinas tragamonedas suscrito con la empresa Happy Games S.A.C., de fecha 02.11.2006 y (iv) Acta de Fiscalizacion Nº 201-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT, de fecha 29.08.2006, mediante el cual la administracion en aplicacion del ejercicio de sus facultades de fiscalizacion verifico que la empresa solicitante explotaba maquinas tragamonedas en la sala de juegos ubicada en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 476 ­ A, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, razon por la que corresponde tramitar la presente solicitud de acuerdo con las normas aplicables al procedimiento de reordenamiento y formalizacion para la obtencion de una Autorizacion Expresa; Que, segun consta en los Informes Tecnicos Nros. 247-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT-SDFCS-CAPG, 547-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT-SDFCS-JCHF y 846-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT-SDFCS-LRC, de fechas 15.05.2007, 25.07.2007 y 18.10.2007, respectivamente, la sala de juegos cumple con la distancia minima a que se refiere el articulo 5º de la Ley MORDAZA citada, asi como con los requisitos tecnicos exigibles para la instalacion y funcionamiento de una sala de juego de maquinas tragamonedas, encontrandose las maquinas tragamonedas autorizadas y registradas por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas; Que, la empresa cumple con adjuntar a su solicitud MORDAZA del Certificado N° 2356-INDECI-SDRDC, de fecha 20.01.2006 y el Informe Tecnico SR Nº 00338 ­ 2006, expedidos por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), en el que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 013-2000-PCM y normas modificatorias, se deja MORDAZA que la sala de juegos del solicitante cumple con las condiciones de seguridad exigibles a este MORDAZA de establecimientos; Que, de la evaluacion de la solvencia economica del solicitante y de los socios, directores, gerentes y apoderados con facultades inscritas, segun consta en el Informe Economico Financiero N° 028-2007-MINCETUR/ VMT/DGJCMT-HAMV-NHDB-CADTN, de fecha 06.07.2007, la solicitante y las personas MORDAZA indicadas cumplen con los criterios de evaluacion establecidos en los articulos 7° y siguientes de la Directiva N° 0012007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 38-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiendose precisar de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15° de la Ley N° 27153 y normas modificadoras que dicha evaluacion es permanente en tanto el titular de la autorizacion mantenga vigente la autorizacion concedida; Que, la solicitante en observancia de lo establecido en los articulos 19° y siguientes de la Ley N° 27153 y normas modificatorias ha cumplido con otorgar garantia por las obligaciones y sanciones derivadas de su aplicacion y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la misma que se encuentra constituida por la Poliza de Caucion N° J0092-00-2007, de fecha 31.10.2007, otorgada por Secrex Compania de Seguros de Credito y Garantias a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 17° de la Ley N° 27153 y normas modificatorias, el plazo de vigencia de las autorizaciones expresas concedidas por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas es de cinco (05) anos, renovables; De conformidad con las Leyes Nros. 27153, 27796, 28945 y 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" y el Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Economico - Financiero N° 028-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT-HAMV-NHDBCADTN, Tecnicos Nros. 247-2007-MINCETUR/VMT/

DGJCMT-SDFCS-CAPG, 547-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT-SDFCS-JCHF y 846-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT-SDFCS-LRC y Legal N° 1005-2007-MINCETUR/ VMT/DGJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar el Reordenamiento y Formalizacion de la empresa PRAGOABANT INVERSIONES S.R.L., y en consecuencia autorizar la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en la sala de juegos "Real Tragamonedas 777" ubicada en Jr. MORDAZA R. MORDAZA (antes MORDAZA Galvez) Nº 476 ­ A, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, por un plazo de cinco (05) anos, en observancia de lo normado en el articulo 17° de la Ley N° 27153 y normas modificatorias. Articulo 2°.- La presente autorizacion faculta a la empresa la explotacion de treinta y cuatro (34) maquinas tragamonedas y ciento catorce (114) memorias de solo lectura principales y de personalidad, segun detalle contenido en los ANEXOS I y II que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3°.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14.2 de la Ley N° 27153 y normas modificatorias, todos los requisitos y condiciones que sirvieron de base para la presente autorizacion deben mantenerse durante el plazo de vigencia de la misma, bajo apercibimiento de cancelarse la autorizacion concedida y disponerse la clausura del establecimiento destinado a la explotacion de maquinas tragamonedas. Articulo 4°.- De conformidad con lo establecido en el articulo 7° del citado cuerpo legal, los titulares de una autorizacion de explotacion concedida por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas se encuentran obligados a observar las normas que sobre zonificacion, seguridad, higiene, parqueo, entre otros, establezcan las municipalidades en sus respectivas jurisdicciones para el otorgamiento de la licencia municipal a que hubiere lugar. Articulo 5°.- De acuerdo con lo dispuesto en la Sentencia de fecha 02.02.2006, expedida por el Tribunal Constitucional (Expediente Nº 4227-2005-PA/TC), la misma que bajo responsabilidad constituye precedente vinculante para todos los poderes publicos, los explotadores de juegos de casino y maquinas tragamonedas deben cumplir con el pago del Impuesto a los Juegos como consecuencia de la actividad comercial que desarrollan. Articulo 6º.- La Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente autorizacion en caso verificarse que las condiciones economico-financieras de la empresa autorizada se han modificado negativamente como consecuencia de las acciones de cobranza que pudiera llevar a cabo la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) por la deuda exigible por concepto del Impuesto a los Juegos. Articulo 7°.- De conformidad con lo previsto en el articulo 24º de la Ley Nº 27153 y en concordancia con el MORDAZA de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del articulo IV de la Ley N° 27444, la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas en ejercicio de su facultad de fiscalizacion se reserva el derecho de verificar la informacion y/o documentacion presentada por la solicitante asi como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Articulo 8°.- En observancia de lo dispuesto en el articulo 12° de la Directiva 001-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT, aprobada mediante Resolucion Directoral N° 382007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, remitase a la Unidad de Inteligencia Financiera la informacion y/o documentacion economica financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales y/o juridicas que han sido objeto de evaluacion, para los fines a que se contrae la disposicion MORDAZA indicada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

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