Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2008 (30/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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sobre accion de cumplimiento contra el Presidente de la Corte Suprema, con el objeto de lograr su homologacion de haberes, las que de acuerdo con lo manifestado por el evaluado se tratan de demandas interpuestas en ejercicio legitimo de sus derechos; g) en este MORDAZA, se ha cuestionado tambien su conducta funcional mediante tres (3) denuncias de participacion ciudadana, sobre las cuales el evaluado ha presentado sus descargos por escrito, desvirtuando las afirmaciones contenidas en los referidos cuestionamientos, apreciandose que aquellas no estan debidamente acreditadas; h) Que, en cuanto a su asistencia y puntualidad en el ejercicio de su funcion, de la informacion recabada se verifica que no registra tardanzas o ausencias injustificadas, y un total de 41 dias de licencia repartidas entre los anos 1998 al 2007, en su gran mayoria para fines de capacitacion. Decimo Segundo.- Que, de conformidad con el articulo 30 de la Ley N° 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, para evaluar la conducta e idoneidad del juez o fiscal convocado al MORDAZA de evaluacion y ratificacion debe considerarse, entre otras informaciones, aquellas proporcionadas por los Colegios y Asociaciones de Abogados; al respecto, obra en el expediente el resultado de la consulta efectuada por el Colegio de Abogados de MORDAZA el 24 de noviembre de 2000, apreciandose que en opinion de la Junta Directiva su calificacion es deficiente, sobre el particular, el magistrado evaluado preciso que la representatividad de los abogados en la consulta aludida no era significativa, toda vez que apenas alcanzaba el 20% de los agremiados, ademas que dicho MORDAZA fue sujeto de criticas no solo por los propios abogados sino por la prensa arequipena dado que los resultados no fueron presentados inmediatamente, lo cual genera falta de certeza en sus resultados, todo lo cual se amerita por este Colegiado y se asume con la debida ponderacion y objetividad. Decimo Tercero: Que, respecto al patrimonio del doctor MORDAZA MORDAZA se desprende, de los documentos que obran en el expediente como sus declaraciones juradas y la informacion de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y entidades del sistema financiero, que el magistrado es propietario de un inmueble en la Urbanizacion Vallecito (Arequipa), el cual se viene pagando con la venta de una propiedad en la Cooperativa Lambramani y un prestamo del Banco de Credito, el cual viene pagando puntualmente. El analisis de este rubro permite concluir que no se ha determinado un incremento desmesurado en su patrimonio, evidenciandose una situacion regular o compatible con sus ingresos y obligaciones. Decimo Cuarto: Que, la evaluacion del factor idoneidad del magistrado esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente y una debida actualizacion, de manera que cuente con capacidad para realizar bien su funcion de Juez o Fiscal acorde con las delicadas funciones de administrar justicia. Decimo Quinto: Que, en lo referente a la produccion jurisdiccional, de la informacion recibida de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se observa que el evaluado registra 749 causas resueltas en 1995 (222 sentencias y 527 autos finales); en el ano 1995 registra 745 resoluciones (179 sentencias y 566 autos finales), en el ano 1996 registra 566 resoluciones (179 sentencias y 387 autos finales), en el ano 1997 registra 261 resoluciones (133 sentencias y 128 autos finales), en el ano 1998 registra 517 resoluciones (249 sentencias y 268 autos finales), en el ano 1999 registra 509 resoluciones (278 sentencias y 231 autos finales), en el ano 2000 registra 605 resoluciones (279 sentencias y 326 autos finales), en el ano 2001 registra 148 resoluciones (66 sentencias y 82 autos finales); y en el 2007, hasta el mes de noviembre expidio 219 resoluciones (125 sentencias y 94 autos finales). Segun esta informacion, la produccion de 1994 al 2001 corresponde a la MORDAZA Sala Penal, no obstante no se indica la carga procesal (expedientes ingresados), por lo que resulta incompleta y no permite determinar con exactitud el nivel del rendimiento del evaluado; no obstante, en este extremo se advierte una produccion MORDAZA salvo el ano 1997, ya que el 2001 fue designado en la Corte Suprema como Vocal Provisional, lo cual de manera referencial se tiene como un indicador bastante aceptable de su produccion jurisdiccional, que se valora en concordancia con los demas elementos objetivos de evaluacion. Cabe destacar, ademas, el hecho que segun la informacion del Relator de la MORDAZA Sala Penal de

MORDAZA, de un total de 359 sentencias expedidas en Juicio Oral, cuya ponencia corresponde al evaluado, han sido revocadas solo 20, y han sido declarados parcialmente no haber nulidad y haber nulidad en solo 12 casos, lo cual denota el acierto en las decisiones jurisdiccionales emitiidas por el doctor MORDAZA Benavides. Decimo Sexto: Que, respecto a la calidad de sus sentencias y resoluciones, el analisis formulado por el especialista califica dieciocho (18) como buenas, una (1) como aceptable y una (1) deficiente, apreciandose en general un adecuado razonamiento y sustentacion de las decisiones, asi como claridad en la exposicion de los argumentos, lo que denota versacion del magistrado evaluado en los temas sujetos a su competencia, hecho que se encuentra corroborado con la absolucion satisfactoria a las interrogantes formuladas en el acto de su entrevista personal, respecto de algunos de sus dictamenes y la tematica relacionada con ellos, por lo que este Colegiado considera que de manera integral este parametro de evaluacion se considera bueno. Decimo Septimo: Que, respecto a la capacitacion se ha verificado que el doctor MORDAZA MORDAZA, durante el periodo de evaluacion, ha participado como ponente en 16 eventos academicos, como panelista u organizador en 17, como asistente a 23 certamenes, entre seminarios, congresos, conferencias, encuentro y cursos de caracter juridico; y ha participado en 6 eventos internacionales; lo que hace un total de 62 certamenes academicos; asimismo, registra haber asistido a 8 cursos de la Academia de la Magistratura, habiendo aprobado incluso el curso de ascenso. Ademas, ostenta el grado de doctor en Derecho, otorgado por la Universidad Nacional de San MORDAZA, y cuenta con una maestria en Derecho Constitucional ­ Tutela Jurisdiccional de la misma MORDAZA Superior de Estudios; de otro lado, registra estudios basicos de computacion en el ano 1995 y de italiano basico, lo cual evidencia su preocupacion por encontrarse constantemente actualizado y capacitado, aspecto corroborado en el acto de su entrevista personal realizada el 24 de enero del presente ano, en que teniendo en cuenta su especialidad y cargo, Vocal Superior integrante de la Sala Penal de MORDAZA, se le formulo preguntas basicas y especializadas de Derecho Penal, contestando en forma acertada y con seguridad, demostrando dominio y conocimiento de las materias. Decimo Octavo: Que, cabe destacar que el evaluado ejerce ademas la actividad docente dictando los cursos de Derecho Penal y Practica Forense, en la Universidad Nacional de San MORDAZA, precisandose, ademas, que luego de su reincorporacion a la magistratura ha solicitado licencia sin goce de haber durante todo el 2007; de otro lado, destaca su participacion como Profesor Asociado de la parte II del Programa de Formacion de Aspirantes a la Magistratura, segun aparece de la Carta N° 0101­2001­ AMAG­AMAG/DA, de 30 de marzo de 2001, que obra en autos, hecho que evidencia su versacion en los temas de su especialidad. Decimo Noveno: Que, es pertinente ademas senalar que el evaluado ostenta ademas el titulo de Licenciado en Periodismo otorgado por la Universidad Nacional de San MORDAZA y en ese sentido presenta una serie de publicaciones periodisticas en un total de 24 y un articulo de revista, las que luego de ser revisadas por el especialista han sido observadas; no obstante, es del caso precisar que este Colegiado advierte que las publicaciones periodisticas resultan ser de articulos de opinion, es decir, respecto de ellas se pueden tener diferentes puntos de vista, MORDAZA si el contenido de los mismos es de caracter juridico, por lo que deben ser valorados en el contexto del afan intelectual del evaluado por poner de manifiesto su forma de pensamiento respecto de asuntos de interes publico, lo cual abona tambien su favor. Vigesimo: Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion queda establecido que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada funcion jurisdiccional; respecto a su patrimonio, no se ha encontrado un incremento sustancial o injustificado, habiendo sido declarado oportunamente ante su institucion; y de otro lado, posee continua actualizacion y capacitacion, lo cual se refleja en la calidad de sus decisiones conforme a la valoracion que el especialista ha realizado de ellas y que este Colegiado ha calificado de buena, asi como en su correcto desenvolvimiento en su entrevista personal en la que absolvio las preguntas formuladas por el Pleno del Consejo ademas de cuestiones juridicas, asuntos que tienen que ver con la funcion jurisdiccional y la

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