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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de marzo de 2008 369722 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Amplían encargo y plazo de Comisión Multisectorial para recomendar al Ministerio el estándar de televisión digital terrestre a ser adoptado en el Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 036-2008-MTC Lima, 29 de marzo de 2008 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Suprema Nº 010-2007-MTC se creó la Comisión Multisectorial encargada de recomendar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el estándar de televisión digital terrestre a ser adoptado en el Perú; Que, el constante desarrollo tecnológico y la convergencia de servicios han generado la posibilidad que el servicio de radiodifusión por televisión pueda ser recibido no solo en receptores fi jos, sino también en terminales de telefonía móvil; brindando así la posibilidad que una mayor cantidad de usuarios puedan acceder a este tipo de servicio; Que, dado el fuerte desarrollo de los servicios móviles y el incremento constante de la densidad y niveles de penetración de dichos servicios en nuestro país, resulta necesario evaluar el estándar de televisión digital, considerando el desarrollo del servicio de radiodifusión por televisión en terminales de servicios móviles; Que, por tanto, resulta necesario ampliar el encargo y, en consecuencia, el plazo otorgado a la citada Comisión Multisectorial a fi n de evaluar el aspecto antes referido; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, la Resolución Suprema Nº 010-2007-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar el encargo efectuado a la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema Nº 010-2007-MTC, a fi n que evalúe adicionalmente el aspecto señalado en la parte considerativa de la presente resolución, para la recomendación al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del estándar de televisión digital terrestre a ser adoptado en el Perú. Artículo 2º.- Prorrogar por ciento ochenta (180) días calendario el plazo otorgado a la Comisión Multisectorial antes referida para presentar su informe al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 181780-5 Disponen inscripción definitiva de la “AFOCAT Nuevo Horizonte Región La Libertad” en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2300-2008-MTC/15 Lima, 28 de febrero de 2008VISTO: El expediente, con registros Nº 053709 (27/06/2007), 096705 (05/11/2007), 022105 (27/02/2008) y 022755 (28/02/2008), presentado por ASOCIACION FONDO REGIONAL CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO NUEVO HORIZONTE REGION LA LIBERTAD “AFOCAT NUEVO HORIZONTE REGION LA LIBERTAD” con la documentación requerida en el artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28839, se modifi có entre otros el artículo 30º de la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, a efectos de incluir, como alternativa a la contratación del SOAT, el Certifi cado de Accidentes de Tránsito - CAT, emitido por las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito - AFOCAT, destinados exclusivamente para vehículos de transporte urbano e interurbano regular de personas que presten servicios al interior de la región o provincia, incluyendo el servicio de transporte especial de personas en taxis y mototaxis; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC modifi cado por los Decretos Supremos 012-2007-MTC, 025-2007-MTC y 007-2008-MTC, se aprueba el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito. Que con fecha 8 de agosto de 2007 se emitió la Resolución Directoral Nº 12456-2007-MTC/15 por la que ASOCIACION FONDO REGIONAL CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO NUEVO HORIZONTE REGION LA LIBERTAD “AFOCAT NUEVO HORIZONTE REGION LA LIBERTAD” fue inscrita provisionalmente en el Registro AFOCAT del MTC, al haber cumplido con el depósito del 30% del Fondo Mínimo y haber celebrado el contrato de fi deicomiso, conforme lo establece el Reglamento. Que con la presentación del expediente con registros Nº 053709 (27/06/2007), 096705 (05/11/2007), 022105 (27/02/2008) y 022755 (28/02/2008), ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el Artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, por lo que corresponde otorgarle el Registro Defi nitivo. Que, por Escritura Pública de fecha 15 de marzo del 2007 se formalizó la constitución de la ASOCIACION FONDO PROVINCIAL DE ACCIDENTES DE TRANSITO NUEVO HORIZONTE CONFEDERACION DE EMPRESAS DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE TRUJILLO otorgada ante Notario Público Dr. Carlos A. Cieza Urrelo, con Partida Electrónica Nº 11070351. Que, por Escritura Pública de fecha 18 de junio del 2007 se modifi co su denominación como ASOCIACION FONDO REGIONAL CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO NUEVO HORIZONTE REGION LA LIBERTAD “AFOCAT NUEVO HORIZONTE REGION LA LIBERTAD” otorgada ante Notario Público Dr. Carlos A. Cieza Urrelo. Estando a lo opinado por la Ofi cina de Registro de AFOCAT, mediante Informe 021-2008-MTC/15.R AFOCAT y de conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, modifi cada por la Ley Nº 28839; y el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la INSCRIPCIÓN DEFINITIVA de ASOCIACION FONDO REGIONAL CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO NUEVO HORIZONTE REGION LA LIBERTAD “AFOCAT NUEVO HORIZONTE REGION LA LIBERTAD”, constituida mediante escritura pública de fecha 15 de marzo del 2007 otorgada ante