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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de mayo de 2008 371663 Artículo Segundo.- DISPONER que a través de las unidades correspondientes se efectúe el procedimiento para la contratación a través de la norma de FORSUR. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización y Ofi cina de Administración, el registro y tratamiento presupuestal, contable y fi nanciero correspondiente. Artículo Cuarto.- REMITIR el presente a los organismos pertinentes, conforme las normas y disposiciones presupuestarias al respecto. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN E. MENDOZA URIBE Alcalde 194665-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCABAMBA Exoneran de proceso de selección la adquisición de pólizas de seguros para maquinarias de propiedad de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-MDH-2008 Huancabamba, 24 de marzo del 2008EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCABAMBA VISTO:Los Informes Técnicos y legales, el Informe Nº 038RFSL/SGIDUR-MDH-2008 de la Sub Gerencia de Infraestructura Desarrollo Urbano y Rural, y del Asesor Legal Externo el Informe Legal Nº 002-2008-ALE. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la cual señala que, los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, cambios climáticos y las continuas lluvias del Distrito de Huancabamba - Provincia de Oxapampa, producto de las torrenciales lluvias de la época, hace que la maquinaria de la Municipalidad Distrital de Huancabamba de se encuentre en peligro inminente y continuo. Por cuanto es de necesidad administrativa y pública la adquisición de Pólizas de seguros para la maquinaria, consistente en: Tractor Oruga marca New Holland, Motoniveladora marca New Holland y volquete marca Mercedes Benz, con el fin intervenir inmediatamente y salir del peligro inminente en que se encuentra dicha maquinaria. Que de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones - D.S.-083-2004-PCM, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 142 del Reglamento aprobado por el D.S. 084-2004-PCM, la Situación de emergencia, se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso la Entidad queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley. Cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, en el informe técnico- legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisición o contratación defi nitiva. Toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días siguientes a la fi nalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de la ejecución de las prestaciones. Que, de acuerdo a los documentos de vistos se han cumplido los requisitos previstos en el Artículo 22 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones - DS-083-2004-PCM, y en el Artículo 142 del Reglamento aprobado por el D.S. 084-2004-PCM, para la Exoneración por emergencia. Por lo que, de acuerdo al Artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y por Unanimidad. ACUERDAN: Primero.- APROBAR LA EXONERACIÓN DEL PROCESO POR EMERGENCIA para la adquisición de Pólizas de seguros para la maquinaria, consistente en: Tractor Oruga marca New Holland, Motoniveladora marca New Holland y volquete marca Mercedes Benz, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Huancabamba. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Abastecimientos para que emplee la modalidad de contratación directa para la adquisición de Pólizas de seguros de la maquinaria, consistente en: Tractor Oruga marca New Holland, Motoniveladora marca New Holland y volquete marca Mercedes Benz, de propiedad de esta Municipalidad. Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Abastecimientos la ejecución del presente acuerdo hasta por el monto de S/. 20,806.86 (VEINTE MIL OCHOCIENTOS SEIS y 86/100 NUEVOS SOLES). Cuarto.- PRECISAR que el valor referencial de la adquisición es de: - Póliza de seguro para el Tractor Oruga S/. 1,029.59 - Póliza de seguro para la Motoniveladora S/. 7,982.00- Póliza de seguro para el Volquete S/. 11,795.27 Cuya fuente de fi nanciamiento es por Fondos: Recursos Determinados, y el tiempo para ejecutar el presente acuerdo es de sesenta días calendarios. Quinto.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y COMUNÍQUESE del presente acuerdo a la Contraloría General de la República y al Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Comuníquese, cúmplase y archivese.ALFREDO RAYMUNDO JUSTINIANO Alcalde 194713-1Descargado desde www.elperuano.com.pe