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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2008 (01/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de mayo de 2008 371660 cuenta con disponibilidad presupuestaria dentro del Presupuesto Institucional de Apertura 2008; Que, con Informe Nº 108-2008-MPC/GGAJC- SGCA, de la Sub-Gerencia de Coordinación y Apoyo a la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, es de opinión procedente la realización del viaje de los señores Regidores, en calidad de comisión de servicios y en representación de la Municipalidad Provincial del Callao, por encontrarse con arreglo a la normatividad vigente; Que, la Comisión de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, Cultura, Turismo y Educación, emitió el Dictamen Nº 06-2008-MPC/SR-CRECI-CTE, en el cual se propone a los regidores que serán comisionados para representar a la Municipalidad Provincial del Callao, a partir del día 5 de mayo de 2008 en que se inician las conferencias hasta el 8 de mayo del presente año, habiéndose aprobado proponer que se conceda un día más, a los días del evento, por concepto de instalación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, en la sesión de la fecha, los regidores provinciales Victoria Esperanza Paredes Sánchez y José Del Carmen Del Castillo Paz, explicaron que por razones de fuerza mayor no podrían viajar por lo cual se veían imposibilitados de realizar la comisión de servicios encomendada, agradeciendo la confi anza depositada en ellos al Pleno del Concejo; Que, el presente viaje en Comisión de Servicios es de máxima importancia toda vez que servirá para adquirir experiencia y conocimientos sobre nuevas tendencias y tecnologías en el tema referido al manejo, transporte y eliminación de residuos sólidos y además servirá también para establecer contactos con representantes de Gobierno Regionales y Municipalidades de diversos países con los cuales se podrá establecer Convenios de Cooperación Interinstitucionales Internacionales y Hermanamiento de Ciudades; asimismo, con los representantes de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, con los cuales se podrían establecer Convenios, lo cual salda con creces la inversión que se efectúe en la presente Comisión de Servicios, la misma que redundará en el benefi cio que obtendrá la Municipalidad Provincial del Callao y la colectividad chalaca en especial; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao: ACUERDA:1. Aprobar el Dictamen Nº 06/2008-MPC/SR- CRECI-CTE, de la Comisión de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, Cultura, Turismo y Educación, en virtud del cual se autoriza el viaje en calidad de comisión de servicios a los señores Regidores Provinciales Arturo Ramos Sernaqué, y Andrés Fernando Trigoso Alca, para asistir al evento denominado WASTE EXPO 2008, en la Ciudad de Chicago – Illinois de los Estados Unidos de Norteamérica, los días 5, 6, 7 y 8 de mayo del 2008. 2.Autorizar el egreso de US $ 6,481.90 (seis mil, cuatrocientos ochenta y uno y 90/100 dólares americanos), para los representantes de la Municipalidad, para los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo estarán a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao conforme se detalla: Arturo Ramos Sernaqué Pasajes : US $ 2,110.70 Viáticos (US $ 220 X 5 días) : US $ 1,100.00 Tarifa CORPAC : US $ 30.25 Andrés Fernando Trigoso Alca Pasajes : US $ 2,110.70 Viáticos (US $ 220 X 5 días) : US $ 1,100.00 Tarifa CORPAC : US $ 30.25 3.Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país los regidores cuyo viaje se autoriza en el presente, deberán presentar a la Municipalidad Provincial del Callao, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. 4. Autorizar a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, efectuar las modifi caciones presupuestarias correspondientes, para el cumplimiento del presente Acuerdo. 5. Encargar a la Gerencia General de Administración y a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de lo establecido en el presente Acuerdo. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 195712-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO Exoneran de proceso de selección la adquisición de leche para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 0011-2008-HMPP Cerro de Pasco, 29 de abril de 2008.VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo N° 016-2008, de la fecha, fue planteado el desabastecimiento inminente de la adquisición de productos para el Programa del Vaso de Leche de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco (leche evaporada), Informe Técnico Nº 184-08-GDESS/HMPP, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Sociales y el Informe Legal N° 0100-2008-GAJ-HMPP, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala que los gobiernos locales promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las Adquisiciones que se realicen en Situación de Desabastecimiento Inminente producidas conforme a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 21° de la mencionada Ley establece que se considera Situación de Desabastecimiento Inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Descargado desde www.elperuano.com.pe