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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de mayo de 2008 371651 nombramiento según corresponda, serán con cargo a los presupuestos institucionales respectivos, aprobados en la presente Ley, en los casos establecidos en el Anexo C “Excepciones para contratar o nombrar para el año Fiscal 2008”; Que, con Resolución de la Secretaria de Gestión Pública Nº 001-2008-PCM/SGP, establecen las disposiciones relativas a la contratación o nombramiento de personal de las entidades autorizadas mediante Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Que, el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la atribución de la autoridad de disponer en el mismo acto administrativo la efi cacia anticipada del mismo; Que, mediante Informe Nº 024, 025, 026, 027, 027, 029, 031, 032, 033, 034, 035 y 036-2008-REGION ANCASH/GRPPAT/SGDI-IN.015.TE de fecha 15 de abril del presente año, la Subgerencia de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional de Ancash, luego del proceso de revisión de los referidos documentos de gestión y encontrándola conforme a los alcances del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, otorga opinión favorable previa para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Direcciones de Red de Salud y Hospitales señalados en el segundo considerando, las mismas que encierran en su formulación criterios de equilibrio funcional de la línea de autoridad, responsabilidad y coordinación, en aplicación de las disposiciones legales vigentes sobre la materia, para constituirlo en un instrumento básico de gestión institucional, concordante con la realidad y demanda de competencias y funciones que atañe a las Redes de Salud y Hospitales en su respectivo ámbito jurisdiccional, a efectos de garantizar la misión, visión y objetivos de la Institución, orientados a brindar un servicio de salud integral de calidad y en base a los requerimientos de las políticas del sector y de la comunidad; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28961, 28968 y 29053 27902, y demás normas pertinentes; y estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en la sesión ordinaria llevada a cabo el día 17 de abril de 2008 ORDENA:Artículo Primero .- APROBAR a partir del 1 de febrero de 2008, los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) de: Dirección de Red de Salud Pacífi co Norte, Dirección de Red de Salud Pacífi co Sur, Dirección de Red de Salud Huaylas Norte, Dirección de Red de Salud Huaylas Sur, Dirección de Red de Salud Conchucos Norte, Dirección de Red de Salud Conchucos Sur, Hospital “Víctor Ramos Guardia” de Huaraz, Hospital de Apoyo Recuay, Hospital de Apoyo “Nuestra Señora de las Mercedes” de Carhuaz, Hospital de Apoyo Huarmey, Hospital de Apoyo “San Ignacio” de Casma y Hospital La Caleta de Chimbote, los mismos que como anexo forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash, para su Promulgación. Huaraz, a los veintitrés días del mes de abril de 2008. HERNAN J. MORENO LÁZARO Presidente del Consejo Regionalde Ancash POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los veintitrés días del mes de abril de 2008. CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Presidente del Gobierno Regional de Ancash 194956-1 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Otorgan autorización a Eléctrica Yanapampa S.A.C. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0016-2008-GRL-GRDE-DREM Huacho, 23 de abril del 2008VISTO: El Expediente y Registro N° 0635 (carta Yanapampa-GG-003-2008), organizado por ELECTRICA YANAPAMPA S.A.C., sobre solicitud de otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica; CONSIDERANDO:Que, de conformidad inc. d) del Art. 59 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece la función de los Gobiernos Regionales de otorgar concesiones para minicentrales de generación eléctrica; Que, mediante R.M. Nº 550-2006-MEM/DM se transfi ere a la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima la facultad de otorgar autorizaciones y llevar el registro de generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor a 500 Kw. y menores a 10 MW (minicentrales), siempre que esté en la Región, facultad contenida en la función del i nc. d del Art. 59 de la Ley N° 27867; Que, la peticionaria ELECTRICA YANAPAMPA S.A.C., presentó solicitud de autorización de la central hidroeléctrica mencionada ante La Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima el 16 de Enero 2008, con registro Nº 0635. Que, en aplicación del artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas se evaluó la información presentada por la peticionaria, verifi cando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas y 66º de su Reglamento. Que, el representante de la peticionaria. Sr. Ing. Italo Marzano Baca, adjunta solicitud, pago del TUPA, identifi cación del peticionario, declaración Jurada, datos técnicos, planos, información estadística, autorización correspondiente para ejecutar obras. Que, la peticionaria presento solicitud ingresó con registro N° 0635, de fecha 16 de enero de 2008 firmada por su representante Sr. Italo Marzano Baca, cuyo poder está inscrito en el asiento A-0001 de la partida registral N° 12023857 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima. Además incluye el Comprobante de Pago N° 0001464 del Gobierno Regional de Lima por MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 400,00). Que, la identifi cación del Peticionario es ELECTRICA YANAPAMPA S.A.C, con domicilio en la Calle Chongoyape N° 215, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, inscrita en la Partida N° 12023857 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima. Que, la peticionaria presentó la Declaración Jurada de respeto a las Normas Técnicas, de Conservación del Medio Ambiente y del Patrimonio Cultural de la Nación, fi rmado por su representante legal. Que, de acuerdo a los datos técnicos, planos e información proporcionada, se manifi esta que el proyecto aprovechará las aguas del río Pativilca en la zona de la Descargado desde www.elperuano.com.pe