Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2008 (12/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, mediante Oficio N° 190-2008-INPE/21 de fecha 16 de MORDAZA de 2008, la Directora de la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA, solicita el cambio de regimen del Establecimiento Penitenciario Anexo de Iquitos, de Regimen Cerrado Ordinario a Regimen Cerrado Especial, debido a que el Establecimiento Penitenciario de Iquitos se encuentra hacinado, cuya capacidad de albergue es para 300 internos, sin embargo actualmente la poblacion penitenciaria bordea los 800 internos, albergando internos procesados y sentenciados de alta peligrosidad y reincidentes, siendo su infraestructura precaria y antigua; asi como, indica que no es posible efectuar una adecuada clasificacion debido a que su distribucion es por cuadras, ocasionando que se cometan abusos y actos de indisciplina; teniendo la necesidad de contar con un Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial, a fin de hacer prevalecer el orden y el MORDAZA de autoridad; senala que el Establecimiento Penitenciario Anexo de Iquitos, adyacente al Establecimiento Penitenciario de Iquitos, es una edificacion de material noble, contando con un pabellon de dos pisos rodeado por malla metalica, con capacidad para albergar 64 internos y que actualmente cuenta con 50 internos por diferentes delitos, por lo que solicita cambiar el regimen de dicho establecimiento penal, de Cerrado Ordinario a Cerrado Especial; Que, mediante Oficio Nº 414-2008-INPE/14 de fecha 21 de MORDAZA de 2008, la Direccion de Seguridad Penitenciaria, emite opinion favorable al cambio de regimen del Establecimiento Penitenciario Anexo de Iquitos, por tener la finalidad de preservar el orden y el MORDAZA de autoridad; recomendando que la Oficina de Infraestructura Penitenciaria realice la rehabilitacion y mejoramiento de la seguridad integral del citado establecimiento penal, acciones que favoreceran a la ejecucion del Regimen Cerrado Especial; Que, con Oficio Nº 340-2008-INPE/11 de fecha 24 de MORDAZA de 2008, la Oficina de Infraestructura Penitenciaria, considera procedente realizar los estudios de pre-inversion para mejorar los sistemas de seguridad y acondicionar los ambientes ante el cambio de regimen que se determine, adjuntando el Informe Nº 246-2008-INPE/11.01 de la Unidad de Estudios y Proyectos, en donde informa que ante la eventualidad del cambio a Regimen Cerrado Especial del Establecimiento Penitenciario Anexo de Iquitos, es necesario realizar trabajos de acondicionamiento y mejoramiento de la infraestructura, como el reforzamiento de la seguridad en lo que respecta a celdas, cuadras, cerco perimetrico, cerco de mallas, entre otros, a fin de que se garantice una mayor seguridad, siendo factible realizar los niveles de pre-inversion e inversion; Que, mediante Oficio Nº 308-2008-INPE/12 de fecha 28 de MORDAZA de 2008, la Direccion de Tratamiento Penitenciario, opina que desde la perspectiva de tratamiento resulta viable la conversion del Establecimiento Penitenciario Anexo de Iquitos a un regimen especial; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 101-2007JUS de fecha 19 de MORDAZA de 2007, se denomino a los establecimientos penitenciarios de la Republica en funcion a su ubicacion geografica y actualizo la relacion de los mismos, estableciendo en su articulo 2º que el Presidente del Instituto Nacional Penitenciario por acuerdo del Consejo Nacional Penitenciario, determinara el regimen de los establecimientos penitenciarios a que se refiere dicha Resolucion Suprema; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 797-2007INPE/P de fecha 18 de diciembre de 2007, se establecio el regimen de los establecimientos penitenciarios a cargo del Instituto Nacional Penitenciario, estableciendo al Establecimiento Penitenciario Anexo de Iquitos como Regimen Cerrado Ordinario; Que, estando a las razones expuestas por la Directora de la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA que sustentan la necesidad de cambio de regimen del Establecimiento Penitenciario Anexo de Iquitos, de Cerrado Ordinario a Cerrado Especial y las opiniones favorables emitas por la Direccion de Seguridad Penitenciaria, Oficina de Infraestructura Penitenciaria y Direccion de Tratamiento Penitenciario, resulta viable el cambio de regimen del citado establecimiento penal, a fin de preservar el orden, mantener el MORDAZA de autoridad, la convivencia pacifica entre la poblacion penal y la seguridad penitenciaria; Estando a lo solicitado por la Directora de la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA, a lo informado por la Oficina de Asesoria Juridica y acordado por el Consejo

Nacional Penitenciario, contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 654, Decreto Supremo N° 015-2003-JUS, Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, Resolucion Suprema Nº 101-2007-JUS, en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema N° 051-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- MODIFICAR, el articulo 1º de la Resolucion Presidencial Nº 797-2007-INPE/P de fecha 18 de diciembre de 2007, en el extremo del regimen del Establecimiento Penitenciario Anexo de Iquitos, por lo siguiente: DENOMINACION (...) EP Anexo de Iquitos (...) REGIMEN (...) Cerrado Especial (...)

Articulo 2°.- DISPONER, a la Oficina de Infraestructura Penitenciaria realice las acciones respectivas para el acondicionamiento y mejoramiento de la infraestructura y el reforzamiento de los sistemas de seguridad del Establecimiento Penitenciario Anexo de Iquitos, para la ejecucion del Regimen Cerrado Especial. Articulo 3°.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAPARROS MORDAZA Presidente (e) Consejo Nacional Penitenciario 198359-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean Consejo Regional Pesquero y de Acuicultura de la Region MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 0284-2008-REGION ANCASH/PRE 21 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO Que, la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, Ley Nº 27680, sobre Descentralizacion, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional; fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo y son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, la Constitucion Politica del Peru. La Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion y la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, considera a la Region MORDAZA como una persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, cuya jurisdiccion tiene en su circunscripcion territorial; Que, el literal m), Numeral I del Articulo 10º, Titulo I de la Ley Nº 27867, Ley organica de los Gobiernos Regionales establece que es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales dictar normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad y proponer las iniciativas

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