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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de mayo de 2008 372143 ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Dictan disposiciones para la intervención inmediata y oportuna de fiscales de las diversas especialidades e instancias a nivel nacional antes, durante y después de la realización de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno ALC - UE RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 577-2008-MP-FN Lima, 9 de mayo de 2008VISTO Y CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Suprema N° 170-2006-RE, se declaró de interés nacional la realización en el país de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y El Caribe - Unión Europea, la que se desarrollará durante la tercera semana del mes de mayo del presente año. Que el Ministerio Público tiene la función de prevenir la comisión de ilícitos penales que puedan perpetrase con ocasión de la citada Cumbre; en tal sentido resulta necesaria la intervención de los señores Fiscales a fi n de cautelar el normal desarrollo del evento antes mencionado, cuya participación sea efi caz, oportuna y dentro del marco legal; para tal efecto, debe precisarse los lineamientos aplicables ante la concurrencia de hechos contrarios al ordenamiento legal que obstruyan o vulneren el normal desarrollo de los diversos actos, así como el orden público y la paz social. Que de conformidad por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que todos los Fiscales de las diversas especialidades e instancias a nivel nacional, estén en alerta máxima y permanente antes, durante y después de la realización de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y El Caribe - Unión Europea, a efectos de actuar inmediata y oportunamente ante un hecho que amerite su participación, dando cuenta de su intervención al Fiscal Superior Decano correspondiente. Artículo Segundo.- Los señores Fiscales deberán realizar coordinaciones permanentes con la Policía Nacional del Perú y demás Instituciones, a efectos de prevenir la comisión de ilícitos penales y de actos que alteren el orden público. Artículo Tercero.- Precisar que los Fiscales Adjuntos Provinciales del Distrito Judicial de Lima deberán permanecer antes, durante y después del evento materia de la presente Resolución en la sede Institucional, quedando para el efecto facultada la señora Fiscal Superior Decana para que en coordinación con el doctor Martín Nicanor Retamozo Roca, Fiscal Superior Representante del Ministerio Público ante la Comisión de Coordinación Multisectorial ALC–UE 2008, conformen grupos de trabajo fi scal en número sufi ciente y apropiado para la atención de los requerimientos que se generen durante el desarrollo de dicha Cumbre y establecer turnos rotativos de acuerdo a las necesidades. Artículo Cuarto.- Los Fiscales Superiores Decanos y Fiscales Provinciales deberán reportar al Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público todas las incidencias que afecten el normal desarrollo de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y El Caribe - Unión Europea , antes, durante y después de su realización. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución a los señores Ministros de Relaciones Exteriores e Interior, Dirección General de la Policía Nacional del Perú, Comisión de Coordinación Multisectorial ALC-UE 2008, Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, Gerencia General y Gerencia de Registro de Fiscales, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíqueseGLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 198934-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Emiten opinión favorable respecto al Primer Programa de Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Santander Perú S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 1306-2008 Lima, 30 de abril de 2008EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DEFONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por el Banco Santander Perú S.A. (en adelante “el Banco”) para que se emita opinión sobre el Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Banco Santander Perú SA, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 90 000 000.00 (noventa millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos de arrendamiento fi nanciero; Que, el artículo 232º de la Ley General establece respecto de la emisión de instrumentos fi nancieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, que la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y con la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Ley Nº 861; Que, en sesión celebrada con fecha 04 de marzo de 2008, el Directorio del Banco aprobó los términos y condiciones del Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Banco Santander Perú SA, delegando en el Sr. Gonzalo Echeandía Bustamante, Director Gerente General y en el Sr. Roberto Novoa Castro, Gerente de Asesoría Jurídica, para que conjuntamente cualesquiera de tales funcionarios determinen las características, términos, condiciones y cualquier otro aspecto de las emisiones al interior del programa que no haya sido establecido en la sesión; Que, con fecha 12 de marzo de 2008, los funcionarios facultados presentaron a esta Superintendencia una solicitud de opinión respecto al Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Santander Perú SA, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 90 000 000.00 (noventa millones y 00/100 dólares americanos), adjuntando para ello la información señalada en la Circular N° B-2074-2000; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero “C”, el Departamento Descargado desde www.elperuano.com.pe