Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2008 (12/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de MORDAZA de 2008

un Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa dentro de la Jurisdiccion del distrito y aprueba incentivos dirigidos a los vecinos que cumplan con presentar la respectiva Declaracion Jurada por Impuesto Predial, con vigencia al 15.04.2008. Que, en aplicacion del Decreto Legislativo N° 997, Ley MORDAZA para la Dacion de Exoneraciones, Incentivos o Beneficios Tributarios, la Gerencia de Rentas, a traves del Informe N° 029-2008-MSB-GR adjunta los documentos sustentatorios y de evaluacion para la ampliacion del citado beneficio, que permita concluir la actualizacion de la informacion catastral dentro de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, para poder implementar las mejoras en los servicios que se presta a los vecinos. Estando a lo expuesto y a lo opinado en el Informe N° 251-2008-MSB-GAJ, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972; con dispensa del tramite de aprobacion de actas, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA CONTENIDA EN LA ORDENANZA N° 392-MSB Articulo Primero.- Establezcase que el beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa contenida en la Ordenanza N° 392-MSB comprende a los contribuyentes que tambien presenten su respectiva Declaracion Jurada por Impuesto Predial, desde el 16 de MORDAZA hasta el 31 de MORDAZA de 2008. Articulo Segundo.- Facultar al MORDAZA para que, de ser necesario, mediante Decreto de Alcaldia amplie el plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 198362-2

EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA

Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; fomentando el bienestar general de los vecinos. Que, el 1 de Junio del presente ano, el distrito de San MORDAZA celebra sus Bodas de Plata Institucionales, al conmemorarse 25 anos de su creacion politica, para lo cual se han programado actividades celebratorias que convocan la participacion activa de los vecinos del distrito. Que, coincidentemente entre el 14 y 18 de MORDAZA del presente ano, se desarrollara la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de MORDAZA Latina, el Caribe y la Union Europea ­ ALCUE; en el cual San MORDAZA es Distrito Sede; lo que amerita mantener el MORDAZA civico correspondiente a dichas fechas jubilares. Que, en senal de identidad con nuestros simbolos patrios y con nuestro distrito; corresponde disponer el embaderamiento de sus inmuebles que integran el entorno MORDAZA de San Borja. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- Disponer el embanderamiento general de todos los inmuebles del Distrito de San MORDAZA, del 12 de MORDAZA al 12 de Junio del presente ano, con ocasion de conmemorarse el 25° Aniversario de Creacion Politica del Distrito y desarrollarse la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de MORDAZA Latina, el Caribe y la Union Europea ­ ALCUE. Articulo Segundo.- Las banderas a izar deberan estar en buen estado conservacion. Articulo Tercero.- Encargar la difusion y supervision del cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Fiscalizacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 198362-1

Disponen el embanderamiento general de inmuebles con ocasion del aniversario de creacion del distrito y de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno ALC - UE
DECRETO DE ALCALDIA N° 007-2008-MSB-A. San MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2008

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe.

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