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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2008 (24/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de mayo de 2008 372749 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADASDE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA:La convocatoria cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el Seminario sobre “Pilar II”, organizado por la citada entidad y el Financial Stability Institute de Suiza, el mismo que se llevará a cabo del 27 al 29 de mayo de 2008 en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; CONSIDERANDO:Que, el mencionado evento, dirigido especialmente a los representantes de las autoridades supervisoras y reguladoras de las instituciones fi nancieras, tiene por fi nalidad servir de foro para intercambiar conocimientos y experiencias, en el marco del Pilar II, sobre temas relacionados con el capital económico y la valoración de la adecuación de capital de un banco, los riesgos bancarios críticos no tratados por el Pilar I: concentración, liquidez, de reputación, estratégico, así como riesgo de tasa de interés, la revisión supervisora de la valoración interna de capital de un banco, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en el Seminario serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de regulación, supervisión y procesos internos de la SBS, específi camente en el proceso de implementación práctica del Pilar II de Basilea II que viene llevando a cabo esta Superintendencia en nuestro país, se ha designado en esta oportunidad, a la señora Marisabel Santome Chávarry, Supervisor Principal del Departamento de Evaluación Bancaria “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, para participar en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-10, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2008, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y la Resolución SBS N° 1459-2008, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2008, Nº SBS-DIR-ADM-085-10; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Marisabel Santome Chávarry, Supervisor Principal del Departamento de Evaluación Bancaria “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas de la SBS, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia del 26 al 30 de mayo de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 455,68 Viáticos US$ 800,00Tarifa CORPAC US$ 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos dePensiones (a.i.) 204273-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Aprueban transferencias financieras a favor del Ministerio de Salud, Gobiernos Regionales de Arequipa y San Martín y de la Municipalidad Provincial de Satipo para la ejecución de diversas acciones del Plan de Impacto Rápido 2008 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 041-2008-DV-PE Lima, 29 de abril de 2008CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) es el organismo rector responsable del diseño y conducción de la Política Nacional de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas, y tiene como misión principal coordinar, promover, planifi car, monitorear y evaluar los programas y actividades contenidos en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas y sus actualizaciones anuales, conforme a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 824 - “Ley de Lucha contra el Narcotráfi co”, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27629, concordado con lo señalado en el artículo 6º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM; Que, en el inciso d) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2002-PCM, se señala que es función de DEVIDA, entre otras, “Promover, coordinar y acordar con las diferentes instituciones del Estado, vinculadas a la lucha contra las drogas, los proyectos y actividades que se ejecutarán anualmente y promover la inclusión de éstas en el Presupuesto Nacional”; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que los recursos para las acciones del Plan de Impacto Rápido 2008 (PIR 2008), autorizados por la citada Ley, en el Pliego Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, son centralizados en dicho Pliego y distribuidos a las entidades comprendidas en el PIR, a través de Resolución del Titular de DEVIDA, mediante transferencias fi nancieras, conforme a lo establecido en el artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley Descargado desde www.elperuano.com.pe