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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2008 (24/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de mayo de 2008 372754 la Gestión para el desarrollo de los Gobiernos Locales de la Provincia de Satipo”. El Cronograma de desembolsos contenido en el anexo “B” podrá ser materia de modifi cación en función de los resultados de la ejecución de la mencionada Actividad, así como por factores externos no previsibles. El Cronograma actualizado deberá ser aprobado por la Municipalidad Provincial de Satipo, debiendo contar con la conformidad de DEVIDA, a través de la Gerencia de Desarrollo Alternativo y la Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación. Posteriormente, la Gerencia de Administración e Informática dará conformidad al nuevo cronograma de desembolso. Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional, suscrito entre DEVIDA y la Municipalidad Provincial de Satipo. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO PIZARRO TOMASIO Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo ANEXO A UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO ActividadTipo de Ejecución PresupuestariaTransferencia Financiera hasta por S/. “Fortalecimiento de la Gestión para el Desarrollo de los Gobiernos Locales de la Provincia de Satipo”Directa 300,000.00 TOTAL 300,000.00 ANEXO B UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO ActividadTipo de Ejecución Presup.Cronograma de Desembolsos S/. TOTAL S/.II Trimestre (Mayo)III Trimestre (Julio)IV Trimestre (Octubre) “Fortalecimiento de la Gestión para el Desarrollo de los Gobiernos Locales de la Provincia de Satipo”Directa 144,837.00 149,281.00 5,882.00 300,000.00 TOTAL 144,837.00 149,281.00 5,882.00 300,000.00 203740-4 Aprueban transferencias financieras a favor de los Ministerios de Trabajo y Promoción del Empleo, Defensa y del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana para la ejecución de diversas acciones del Plan de Impacto Rápido 2008 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 048-2008-DV-PE Lima, 12 de mayo del 2008CONSIDERANDO:Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) es el organismo rector responsable del diseño y conducción de la Política Nacional de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas, y tiene como misión principal coordinar, promover, planifi car, monitorear y evaluar los programas y actividades contenidos en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas y sus actualizaciones anuales, conforme a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 824 - “Ley de Lucha contra el Narcotráfi co”, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27629, concordado con lo señalado en el artículo 6º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM; Que, en el inciso d) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2002-PCM, se señala que es función de DEVIDA, entre otras, “Promover, coordinar y acordar con las diferentes instituciones del Estado, vinculadas a la lucha contra las drogas, los proyectos y actividades que se ejecutarán anualmente y promover la inclusión de éstas en el Presupuesto Nacional”; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que los recursos para las acciones del Plan de Impacto Rápido 2008 (PIR 2008), autorizados por la citada Ley, en el Pliego Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, son centralizados en dicho Pliego y distribuidos a las entidades comprendidas en el PIR, a través de Resolución del Titular de DEVIDA, mediante transferencias fi nancieras, conforme a lo establecido en el artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previa evaluación de los proyectos del PIR, a cargo de las entidades; asimismo, dicha norma precisa que los recursos del PIR no deben ser reorientados a otras actividades o proyectos diferentes del respectivo Plan; Que, mediante Ofi cio Nº 016-2008-EF/76.14, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, comunica que en aplicación del artículo 12º de la Ley Nº 29142, DEVIDA es responsable de los recursos asignados al PIR y la distribución de los mismos, corresponden ser efectuados por éste, de acuerdo a su plan de actividades y convenios efectuados con las diferentes entidades que realicen acciones del Plan de Impacto Rápido; Que, mediante el visto bueno de la Presidencia Ejecutiva contenido en el Memorándum Nº 127-2008-DV-GG, de fecha 3 de marzo de 2008, se da la conformidad a la propuesta de distribución de los recursos del PIR 2008, integrada por la Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación, en base a las propuestas de las Direcciones y Gerencias involucradas en el citado Plan, formuladas en base a los Lineamientos Básicos, aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 019-2008-DV-PE, y a los Procedimientos para la Gestión e Implementación del Plan de Impacto Rápido – PIR 2008, contenidos en la Directiva Nº 003-2008-DV/GAI-GPE, aprobada por Resolución de Gerencia General Nº 023-2008-DV-GG; Que, la Gerencia de Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y la Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación, mediante los Memorándums Nº 142-2008-DV-GPR y Nº 123-2008-DV-GPE, respectivamente, dan su conformidad al Plan Operativo de la Actividad denominada “Implementación de Programas de Prevención del Consumo de Drogas en el ámbito laboral”, elaborado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y con un Presupuesto ascendente a S/. 332,958.00 (Trescientos treinta y dos mil novecientos cincuenta y ocho y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia de Administración e Informática mediante el Memorándum Nº 553-2008-DV-GAI, da conformidad al Presupuesto y al Cronograma de Desembolsos de la Actividad denominada “Implementación de Programas de Prevención del Consumo de Drogas en el ámbito laboral”, procediéndose a suscribir el 29 de abril de 2008, el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre DEVIDA y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para la transferencia de recursos correspondiente y ejecución de la citada Actividad, de conformidad a lo establecido en el artículo 8° de la Directiva General N° 003-2008-DV/GAI-GPE; Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación, la Gerencia de Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas, la Gerencia de Administración e Informática y la Gerencia de Asesoría Legal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75° de la Ley N° 28411 y en el artículo 12° de la Ley N° 29142;Descargado desde www.elperuano.com.pe