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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2008 (24/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de mayo de 2008 372752 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 043-2008-DV-PE Lima, 29 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) es el organismo rector responsable del diseño y conducción de la Política Nacional de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas, y tiene como misión principal coordinar, promover, planifi car, monitorear y evaluar los programas y actividades contenidos en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas y sus actualizaciones anuales, conforme a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 824 - “Ley de Lucha contra el Narcotráfi co”, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27629, concordado con lo señalado en el artículo 6º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM; Que, en el inciso d) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2002-PCM, se señala que es función de DEVIDA, entre otras, “Promover, coordinar y acordar con las diferentes instituciones del Estado, vinculadas a la lucha contra las drogas, los proyectos y actividades que se ejecutarán anualmente y promover la inclusión de éstas en el Presupuesto Nacional”; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que los recursos para las acciones del Plan de Impacto Rápido 2008 (PIR 2008), autorizados por la citada Ley, en el Pliego Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, son centralizados en dicho Pliego y distribuidos a las entidades comprendidas en el PIR, a través de Resolución del Titular de DEVIDA, mediante transferencias fi nancieras, conforme a lo establecido en el artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previa evaluación de los proyectos del PIR, a cargo de las entidades; asimismo, dicha norma precisa que los recursos del PIR no deben ser reorientados a otras actividades o proyectos diferentes del respectivo Plan; Que, mediante Oficio Nº 016-2008-EF/76.14, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, comunica que en aplicación del artículo 12º de la Ley Nº 29142, DEVIDA es responsable de los recursos asignados al PIR y la distribución de los mismos, corresponden ser efectuados por éste, de acuerdo a su plan de actividades y convenios efectuados con las diferentes entidades que realicen acciones del Plan de Impacto Rápido; Que, mediante el visto bueno de la Presidencia Ejecutiva contenido en el Cuadro de Redistribución y Reasignación de los Montos de Financiamiento de Actividades y/o Proyectos del Plan de Impacto Rápido – PIR 2008, anexo al Memorándum Múltiple Nº 203-2008-DV-GG, de fecha 18 de abril de 2008, se da la conformidad a la propuesta de redistribución y reasignación de los recursos del PIR 2008, integrada por la Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación, en base a las propuestas de la Gerencia de Desarrollo Alterativo y la Gerencia de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados, formuladas en base a los Lineamientos Básicos, aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 019-2008-DV-PE, y a los Procedimientos para la Gestión e Implementación del Plan de Impacto Rápido – PIR 2008, contenidos en la Directiva Nº 003-2008-DV/GAI-GPE, aprobada por Resolución de Gerencia General Nº 023-2008-DV-GG; Que, la Gerencia de Desarrollo Alternativo y la Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación, mediante los Memorándums Nº 359-2008-DV-GDA y Nº 121-2008-DV-GPE, respectivamente, dan su conformidad al Plan Operativo de la Actividad denominada “Ampliación de la Cobertura de Asistencia Técnica en los Cultivos de Cacao, Café, Palma Aceitera y Palmito; así como en la Crianza Intensiva de Ganado de Leche en la Provincia de Tocache”, elaborado por el Gobierno Regional San Martín y con un Presupuesto ascendente a S/. 1’812,966.00 (Un millón ochocientos doce mil novecientos sesenta y seis y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia de Administración e Informática mediante el Memorándum Nº 531-2008-DV-GAI, da conformidad al Presupuesto y al Cronograma de Desembolsos de la Actividad denominada “Ampliación de la Cobertura de Asistencia Técnica en los Cultivos de Cacao, Café, Palma Aceitera y Palmito; así como en la Crianza Intensiva de Ganado de Leche en la Provincia de Tocache”, procediéndose a suscribir el 22 de abril de 2008, el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre DEVIDA y el Gobierno Regional San Martín, para la transferencia de recursos correspondiente y ejecución de la citada Actividad, de conformidad a lo establecido en el artículo 8° de la Directiva General N° 003-2008-DV/GAI-GPE; Con la visación de la Gerencia General, la G erencia de Desarrollo Alternativo, la Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación, la Gerencia de Administración e Informática y la Gerencia de Asesoría Legal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75° de la Ley N° 28411 y en el artículo 12° de la Ley N° 29142; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 1’812,966.00 (Un millón ochocientos doce mil novecientos sesenta y seis y 00/100 Nuevos Soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional San Martín, para la ejecución de la Actividad denominada “Ampliación de la Cobertura de Asistencia Técnica en los Cultivos de Cacao, Café, Palma Aceitera y Palmito; así como en la Crianza Intensiva de Ganado de Leche en la Provincia de Tocache”, descrita en el anexo “A” que forma parte integrante de la presente Resolución, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el anexo “B”, que de igual modo integra la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera, serán destinados exclusivamente para la ejecución de la Actividad detallada en el anexo “A”. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente, se realizará con cargo al Presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2008, del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º .- La transferencia fi nanciera se efectuará de acuerdo al Cronograma de Desembolsos del Plan Operativo de la Actividad denominada “Ampliación de la Cobertura de Asistencia Técnica en los Cultivos de Cacao, Café, Palma Aceitera y Palmito; así como en la Crianza Intensiva de Ganado de Leche en la Provincia de Tocache”. El Cronograma de desembolsos contenido en el anexo “B” podrá ser materia de modifi cación en función de los resultados de la ejecución de la mencionada Actividad, así como por factores externos no previsibles. El Cronograma actualizado deberá ser aprobado por el Gobierno Regional San Martín, debiendo contar con la conformidad de DEVIDA, a través de la Gerencia de Desarrollo Alternativo y la Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación. Posteriormente, la Gerencia de Administración e Informática dará conformidad al nuevo cronograma de desembolso. Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional, suscrito entre DEVIDA y el Gobierno Regional San Martín. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO PIZARRO TOMASIO Presidente Ejecutivo del Consejo DirectivoDescargado desde www.elperuano.com.pe