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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2008 (29/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de mayo de 2008 373006 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº SG-X/5.11/302/2008, del 29.04.08, remitida vía fax, la Secretaría General de la Comunidad Andina invita a la Viceministra de Comunicaciones a participar de la XXI Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL); Que, mediante Carta Nº SG-X/5.11/317/2008, del 09.05.08, remitida vía fax, la Secretaría General de la Comunidad Andina comunica a la Viceministra de Comunicaciones que la XXI Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL) se realizará del 04 al 06 de junio de 2008 en la ciudad de Puerto Ayora, Islas Galápagos, República del Ecuador; Que, resulta importante la participación del Sector Transportes y Comunicaciones en la XXI Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL) debido a que permitirá dar seguimiento, principalmente, a los avances en la negociación del Contrato de Concesión de la red satelital andina así como el estado de las conversaciones con ANATEL. Asimismo el Perú deberá presentar el Proyecto de Decisión sobre las “Normas que regulan el acceso y uso compartido de bienes e infraestructuras de uso público necesarios para la prestación de servicio de telecomunicaciones”; Que, se ha visto por conveniente la participación de la señora Cayetana Aljovín Gazzani, Viceministra de Comunicaciones, en la XXI Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL); Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única de aeropuerto, serán asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; Que, el 06.05.08 la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración emitió la Certifi cación del Crédito Presupuestario Nº 02828 de conformidad con lo establecido en el artículo 77º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y la Ley Nº 29142; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora Cayetana Aljovín Gazzani, Viceministra de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Puerto Ayora, Islas Galápagos, República del Ecuador del 02 al 06 de junio de 2008 para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US $ 2 439.70 Viáticos US $ 800.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US $ 30.25 Artículo 3.- Dentro de los siete (7) días calendario de su retorno al país, la referida profesional deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida profesional deberá presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 206157-14Modifican la Directiva que establece el procedimiento para la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos establecidos en el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2008-MTC/01 Lima, 14 de mayo de 2008 CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial Nº 219-2008-MTC/01 fue aprobada la Directiva Nº 005-2008-MTC/01, Directiva que establece el procedimiento para la fi scalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la mencionada Directiva establece mecanismos de fi scalización posterior para los procedimientos de aprobación automática y de evaluación previa, así como el funcionamiento del sistema aleatorio de selección de expedientes, aplicando el procedimiento establecido en el Decreto Supremo N° 096-2007-PCM; Que, a fi n de perfeccionar los mencionados mecanismos de fi scalización posterior, así como su procedimiento, resulta necesario realizar precisiones referidas al acceso de información contenida en la Central de Riesgo Administrativo – CRA, de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como precisar las responsabilidades de las diversas instancias que participan en dicho procedimiento de fi scalización posterior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifíquense los numerales 5.10, 6.3 literal b) y 6.4 literal a) de la Directiva Nº 005-2008-MTC/01 “Directiva que establece el procedimiento para la fi scalización posterior aleatoria de los procedimientos Administrativos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 219-2008-MTC/01, en los siguientes términos: “5.10. Podrán acceder a la información contenida en la Central de Riesgo Administrativo - CRA, los Coordinadores Generales de los equipos responsables de efectuar la fi scalización posterior, designados conforme a la presente Directiva, quienes deberán registrarse en la dirección electrónica: www.serviciosalciudadano.gob.pe/RIESGO/admin.asp.” “6.3 RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR DE LA OFICINA DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN “b. Remitir a los Directores Generales, Directores Ejecutivos de los Proyectos Especiales y Secretario Técnico de FITEL, que tienen a su cargo procedimientos administrativos contemplados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro de los plazos establecidos en los numerales 6.1.5 y 6.1.6 de la presente Directiva, según corresponda, el listado conteniendo la muestra aleatoria de expedientes sobre los cuales se llevará a cabo el proceso de fi scalización posterior, así como el detalle de los responsables de efectuar la fi scalización.” “6.4. RESPONSABILIDADES DEL EQUIPO ENCARGADO DE EFECTUAR LA FISCALIZACIÓN POSTERIOR “a. Efectuar la fi scalización posterior de los expedientes que hayan sido seleccionados y asignados a su persona por el Módulo de Fiscalización Posterior Aleatoria (FPA) y debidamente comunicados por el Director de la Ofi cina de Tecnología de Información al Director General, Descargado desde www.elperuano.com.pe