Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2008 (29/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

373008
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2008

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 6022007 MTC/02 del 11 de octubre de 2007 se autorizo a PROVIAS NACIONAL para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones realice las actividades necesarias para la elaboracion, actualizacion e implementacion de los Programas de Compensacion y Reasentamiento Involuntario ­ PACRI, asi como a realizar las gestiones para liberar las interferencias de los servicios publicos que se encuentran dentro del Derecho de Via, respecto de los Contratos de Concesion de los proyectos de infraestructura de transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al sector privado bajo concesion o cualquier otra forma que involucre una relacion contractual de mediano a largo plazo; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 767-2007 MTC/02 del 17 de diciembre de 2007, se aprobo la tasacion elaborada por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda y Construccion del predio identificado con Codigo A002, ubicado en el distrito La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San MORDAZA, afectado por el Proyecto Eje Multimodal Amazonas Norte, Peru ­ Brasil, ascendente a la cantidad de US $ 56 759,83; Que, mediante Nota de Elevacion Nº 199-2008-MTC/20 el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL, hace MORDAZA el Informe Nº 094-2008-MTC/20.3.EFO de la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL que senala la necesidad de modificar la Resolucion Ministerial N° 767-2007 MTC/02, toda vez que segun lo informado por la Unidad Gerencial de Estudios mediante Memorandum Nº 883-2008-MTC/20.6 el predio cuya valorizacion fue aprobada por la referida Resolucion, consta en realidad de dos predios individuales con inscripciones registrales independientes, signados con los Codigos A002A y A002B cuyos valores comerciales de acuerdo con las tasaciones elaboradas por la Direccion Nacional de Construccion ascienden a la cantidad de US$ 32 667,36 y US$ 36 232,46, respectivamente; Que, asimismo, mediante Nota de Elevacion Nº 1992008-MTC/20 el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL solicita la aprobacion de las tasaciones elaboradas por la Direccion Nacional de Construccion con fecha 08 de enero de 2008 de los predios identificados con los Codigos A001 y A022, ubicados en el distrito La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San MORDAZA, afectados por el Proyecto Eje Multimodal Amazonas Norte, Peru ­ Brasil cuyos valores comerciales ascienden a la cantidad de US$ 40 513,55 y US$ 17 316,27, respectivamente; Que, el articulo 2º de la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecucion de obras publicas viales dispone que el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, hoy Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda y Construccion, en virtud de la fusion dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que sera aprobada mediante Resolucion Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones; Que, de conformidad con el articulo 3° de la Ley N° 27628, el precio que se pagara por todo concepto a los propietarios afectados por trazos en vias publicas por trato directo sera el monto del valor comercial actualizado de los mismos, mas un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, en tal sentido, teniendo en cuenta lo expuesto por PROVIAS NACIONAL mediante la Nota de Elevacion Nº 1992008-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva resulta necesario dejar sin efecto la Resolucion Ministerial N° 767-2007 MTC/02, a fin de aprobar las tasaciones elaboradas por la Direccion Nacional de Construccion de los predios identificados con los Codigos A002A y A002B, afectados por el Proyecto Eje Multimodal Amazonas Norte, Peru ­ Brasil. Asimismo, resulta necesario aprobar las tasaciones elaboradas por la Direccion Nacional de Construccion de los predios identificados con los Codigos A001 y A022 afectados por el Proyecto Eje Multimodal Amazonas Norte, Peru ­ Brasil; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N°s. 27628 y 27791, asi como por el Decreto Supremo N° 0212007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial N° 767-2007 MTC/02 del 17 de diciembre de 2007, por los fundamentos expuestos en la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Aprobar las tasaciones elaboradas por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda y Construccion de los cuatro predios afectados por el Proyecto Eje Multimodal Amazonas Norte, Peru - Brasil, ubicado en el distrito La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San MORDAZA, conforme al cuadro que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

ANEXO

PREDIOS AFECTADOS POR EL PROYECTO EJE MULTIMODAL AMAZONAS NORTE, PERU ­ BRASIL, TRAMO: TARAPOTO ­ YURIMAGUAS, PROGRESIVAS Km. 00+000 al Km. 2+900 Nº 1 2 3 4 CODIGO A001 A022 A002A A002B VALOR COMERCIAL US$ 40 513,55 17 316,27 32 667,36 36 232,46

205121-1

Disponen Reclasificar Rutas cuyos tramos se ubican en el departamento de MORDAZA, de Ruta Nacional a Ruta Departamental o Regional y modifican el Clasificador de Rutas del SINAC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 411-2008 MTC/02
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades competentes para la aplicacion del referido Reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado, son: (a) el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; (b) los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional y (c) los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, de conformidad al numeral 10.2 del articulo 10º del Reglamento mencionado, las autoridades competentes establecidas en el articulo 6 del referido Reglamento podran proponer de comun acuerdo la reclasificacion de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ambito de su jurisdiccion, con el correspondiente sustento tecnico y en concordancia con los criterios del articulo 8 del mismo, la cual sera aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Ministerial e incorporada al Clasificador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, asimismo, el articulo 9º del citado Reglamento, dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasificacion de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), en aplicacion a los criterios establecidos en el articulo 8 del referido Reglamento, considerando para tales efectos la informacion que proporcionen las autoridades competentes a que se refiere el articulo 6 del Reglamento mencionado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2007-MTC del 27 de setiembre de 2007 que aprobo la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), se clasifico a las Rutas: PE-1SG (ramal), PE-

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