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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2008 (31/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de mayo de 2008 373194 OPERACIONES DEL GOBIERNO GENERAL (Porcentaje del PBI) 2007 2008 2009 2010 2011 I. INGRESOS CORRIENTES 20.4 19.7 19.3 19.4 19.5 1. Ingresos tributarios 15.6 15.2 15.1 15.4 15.8 2. Contribuciones 1.5 1.5 1.5 1.4 1.3 3. Otros 3.2 3.0 2.7 2.5 2.4 II. GASTOS NO FINANCIEROS 1/15.7 16.2 16.3 16.7 17.2 1. Gastos corrientes 12.7 12.4 11.8 11.5 11.2 2. Gastos de capital 3.0 3.8 4.5 5.3 6.0 III. INGRESOS DE CAPITAL 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 IV. RESULTADO PRIMARIO 4.8 3.6 3.0 2.7 2.4V. INTERESES 1.7 1.4 1.3 1.2 1.1VI. RESULTADO ECONÓMICO 3.1 2.1 1.7 1.5 1.2 VII. FINANCIAMIENTO NETO -3.1 -2.1 -1.7 -1.5 -1.2 1. Externo -2.0 -2.2 0.0 -0.1 -0.2 2. Interno -1.0 0.1 -1.7 -1.4 -1.1 8. EMISIÓN DE CRPAOS 1/ 0.6 0.3 0.2 0.1 0.0 9. RESULTADO ECONÓMICO CON CRPAOs 2.5 1.8 1.5 1.5 1.2 1/ Correspondiente al monto de emisión de los CAOs de los siguientes proyectos: IIRSA Norte, IIRSA Sur (Tramos 1 al 5), Programa Costa-Sierra (Tramo Empalme 1B Buenos Aires-Canchaque).Fuente: BCRP, MEF. Proyecciones MEF. 207314-1 EDUCACION Autorizan transferencias financieras a favor de Unidades Ejecutoras de Educación de diversos Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0255-2008-ED Lima, 30 de mayo de 2008 Visto el Memorándum Nº 676-2008-DESP, de la Dirección de Educación Superior Pedagógica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2008; Que, por Resolución Ministerial Nº 0532-2007-ED, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2008 por la suma de TRES MIL CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 049 142 895.00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar Transferencias Financieras a favor de los gobiernos regionales, para el pago por única vez de una asignación económica excepcional a los docentes que en el Programa Nacional de Capacitación Permanente logren el nivel de sufi ciente o destacado, las que serán aprobadas por resolución del Titular del Pliego; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs 0480- 2007-ED y 0065-2008-ED, se autorizó transferencias fi nancieras a favor los Gobiernos Regionales para el pago exclusivo de la Asignación Económica Excepcional de los docentes que lograron el nivel de sufi ciente o destacado en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente; Que, está pendiente el pago de los docentes de Educación Intercultural Bilingüe benefi ciarios de la citada asignación económica, siendo necesario efectuar una transferencia fi nanciera del Pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 423,250.00) por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Nº 198-2008-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto emite opinión técnica respecto a la necesidad de autorizar transferencias fi nancieras del Pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los Gobiernos Regionales para las Unidades Ejecutoras de Educación, para fi nanciar el pago de la Asignación Económica Excepcional de los docentes de Educación Intercultural Bilingüe que participaron en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente 2007 y alcanzaron los niveles de sufi ciente y destacado; y, De conformidad con la Ley Nº 29035, la Ley Nº 29142, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar Transferencias Financieras del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 423,250.00) por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, los que serán destinados exclusivamente para el fi nanciamiento de la asignación económica excepcional de los docentes de Educación Intercultural Bilingüe que lograron el nivel de sufi ciente o destacado en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente 2007, según el detalle del Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 112: Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- El responsable de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación y de la Ofi cina de Administración o la que haga sus veces en las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales, velarán por el control y estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, de acuerdo a lo detallado en los Anexos Nº 1 y 2 según corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación ANEXO Nº 1 TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A LOS GOBIERNOS REGIONALES - UNIDADES EJECUTORAS DE EDUCACIÓN PARA EL PAGO DE LA ASIGNACIÓN ECONÓMICA EXCEPCIONAL A LOS DOCENTES DEL PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PERMANENTE - EDUCACIÓN INTERCULTURAL BILINGÜE, AÑO 2007 (LEY Nº 29035 -Art. 6º) ( EN NUEVOS SOLES) PLIEGO UNIDAD EJECUTORA MONTO A TRANSFERIR TOTAL POR PLIEGOUGEL / DRE (ámbito)DOCENTES ASIGNACION POR UGEL / DRE DESTACADO SUFICIENTE GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH300 EDUCACIÓN ANCASH 9,800.00 33,000.00 BOLOGNESI 49 0 9,800.00 304 EDUCACIÓN AIJA 500.00 AIJA 1 2 500.00 305 EDUCACIÓN POMABAMBA 7,950.00 MARISCAL LUZURIAGA 38 0 7,600.00 POMABAMBA 1 1 350.00 306 EDUCACIÓN SIHUAS 4,300.00 SIHUAS 2 26 4,300.00 308 EDUCACIÓN HUARI 5,300.00 ANTONIO RAIMONDI 2 4 1,000.00 HUARI 8 18 4,300.00 307 EDUCACIÓN CARLOS F.FITZCARRALD 5,150.00 ASUNCION 13 17 5,150.00 Descargado desde www.elperuano.com.pe