Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de noviembre de 2008 382939 Saneamiento, establece que el Ministerio tiene entre sus funciones el diseñar, normar, y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; asimismo, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007- VIVIENDA se crea el “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos”, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; asimismo, se aprueba la fusión de diversos Programas y Proyectos, entre ellos, del Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio” con el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, correspondiéndole a este último la calidad de programa absorbente; Que, el Plan Nacional de Vivienda – Vivienda para Todos – “Lineamientos de Política 2006-2015”, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006-VIVIENDA, contempla como política de vivienda, la misión de mejorar las condiciones de vida y las oportunidades de desarrollo de la población nacional, urbana y rural, mediante la contribución de elevar los estándares de calidad de vida: mejorar hábitat, más seguridad y más salubridad; y establece como objetivos generales, entre otros, el superar las condiciones de precariedad de las familias que habitan barrios urbanos subestándar y en las zonas rurales del país, e impulsar la producción habitacional de bajo costo y óptima calidad, tanto en el área urbana como en la rural; Que, mediante Informe Nº 231-2008-VIVIENDA/ VMVU/PIMBP-LCMB de fecha 25 de setiembre de 2008, el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos emite opinión técnica señalando que se han identifi cado Barrios Urbano Marginales a intervenir en el presente año, para lo cual ha seleccionado el Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco, donde se realizarán intervenciones mediante la ejecución de un (01) proyecto bajo el componente “La Calle de Mi Barrio”, el mismo que se fi nanciará con un monto de S/. 1 560 161,00 (Un Millón Quinientos Sesenta Mil Ciento Sesenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles); además precisa que los criterios de selección del distrito de intervención son: i) Poblaciones urbanas mayores a 20,000 habitantes, ii) Barrios Urbanos Marginales que cuentan con saneamiento físico-legal, saneamiento básico (agua, desagüe y electrifi cación), iii) Que no se encuentren ubicados en zona de vulnerabilidad, iv) 80% de los lotes de los Barrios Urbano Marginales ocupados por vivienda habitadas, y v) Que cuenten con una Organización Comunitaria reconocida por la Municipalidad; Que, con Informe Nº 015-2008-VIVIENDA-VMVU- PIMBP-ech de fecha 06 de octubre de 2008, el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos emite opinión legal favorable para la aprobación de la selección del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco, en el cual se realizarán intervenciones en el año 2008 mediante la ejecución de un (01) proyecto de inversión bajo el componente “La Calle de Mi Barrio”; además señala que para efecto de aprobación del Expediente Técnico por la Dirección Ejecutiva del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos es necesario que dicho Distrito cuente con la aprobación de selección y forme parte de las intervenciones que viene realizando el referido Programa, en el marco del componente “La Calle de Mi Barrio”; Que, mediante el Memorándum Nº 1491-2008/ VIVIENDA-OGPP la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, emite opinión favorable sobre la disponibilidad de recursos hasta por la suma de S/. 1 560 161,00 (Un Millón Quinientos Sesenta Mil Ciento Sesenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles) con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinado a la ejecución del proyecto con Código SNIP Nº 40909 “Pavimentación de Vías y Accesos APV Ingenieros Larapa Grande – Cusco; Que, conforme al literal f) del artículo 6 de la Directiva Nº 004-2007-EF/68.01 “Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública”, aprobada por Resolución Directoral Nº 009-2007-EF/68.01, el Órgano Resolutivo tiene la función de autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos, así como la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables, pudiendo realizar ambas autorizaciones en un solo acto; Que, por lo expuesto resulta necesario aprobar la selección del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento del Cusco, en el cual se realizarán intervenciones en el año 2008 mediante la ejecución de un proyecto de inversión bajo el componente “La Calle de Mi Barrio”; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA y la Directiva Nº 004- 2007-EF/68.01“Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública”, aprobada por Resolución Directoral Nº 009-2007-EF/68.01; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Selección del Distrito a intervenir con el Componente “La Calle de Mi Barrio” Aprobar la selección del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco, en el cual se realizará intervenciones con la ejecución del proyecto de inversión pública con Código SNIP Nº 40909 “Pavimentación de Vías y Accesos APV Ingenieros Larapa Grande – Cusco”, a través del Componente “La Calle de Mi Barrio” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. Artículo 2 º.- Del fi nanciamiento El fi nanciamiento de la intervención a ejecutarse en el Distrito seleccionado a que se refi ere el artículo precedente, se realizará con los siguientes aportes y en la forma siguiente: El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento fi nanciará hasta por la suma de S/. 1 560 161,00 (Un Millón Quinientos Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), la Municipalidad fi nanciará los gastos de supervisión de la obra, y se exceptúa los aportes de la Comunidad Barrial. Artículo 3 º.- Autorización de Ejecución de Expediente Técnico Autorizar la elaboración del Expediente Técnico, así como la ejecución del proyecto por la Dirección Ejecutiva del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, conforme a las facultades establecidas en la Directiva Nº 002-2008-VIVIENDA, Directiva Funcional del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos – PIMBP, aprobada por Resolución Ministerial Nº 226- 2008-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 274058-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen traslado de Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Huaura a una plaza vacante de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 251-2008-CE-PJ Lima, 19 de setiembre de 2008 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el magistrado Rómulo Torres Ventocilla, Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Huaura, y; Descargado desde www.elperuano.com.pe