Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2008 (09/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de noviembre de 2008

de la ejecucion del Convenio Especifico, asi como del seguimiento y monitoreo de los Proyectos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento R.M. Nº 709-2008-VIVIENDA
ANEXO A PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE CAO
COD SNIP PROYECTOS MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA PPTO. PIM TRANSF. FINANCIERA 2008 HASTA POR S/. S/. 88 764,00 88 764,00

EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS:

El Oficio Nº 037-2008/ANDUPE, el Informe Nº 5702008-DGAJ, el Memorando Nº 593-2008-SE; y, CONSIDERANDO:

79211 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE MORDAZA DE CAO, DISTRITO DE MORDAZA DE CAO - ASCOPE - LA MORDAZA 80131 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL CASERIO SUMANIQUE, DISTRITO DE MORDAZA DE CAO - ASCOPE - LA MORDAZA TOTAL

INDIRECTA

38 590,00

38 590,00

127 354,00

ANEXO B PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE CAO
COD SNIP PROYECTOS MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/. 01 MES 02 MES 03 MES 26 000,00 31 382,00 31 382,00 TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 88 764,00

79211 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DELSISTEMA INDIRECTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE MORDAZA DE CAO, DISTRITO DE MORDAZA DE CAO - ASCOPE - LA MORDAZA 80131 MEJORAMIENTO Y INDIRECTA AMPLIACION DELSISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL CASERIO SUMANIQUE, DISTRITO DE MORDAZA DE CAO - ASCOPE - LA MORDAZA TOTAL

23 154,00 15 436,00

38 590,00

127 354,00

275386-2

ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Exhortan al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo que se cumpla con aplicar el Art. 53º de la Ley Nº 23733 Ley Universitaria y se ejecute la homologacion a favor de los pensionistas de las universidades publicas del MORDAZA
RESOLUCION Nº 969-2008-ANR MORDAZA, 29 de octubre de 2008

Que, mediante el Oficio Nº 037-2008/ANDUPE de fecha 10 de MORDAZA del 2008, el Consejo Directivo Nacional de la Asociacion Nacional de Docentes Pensionistas de las Universidades Publicas del Peru-ANDUPE, solicita se declare el cumplimiento del derecho a la homologacion de los docentes pensionistas de las universidades publicas del MORDAZA, de tal forma que se inicien las acciones que conduzcan a formular y ejecutarse en el Presupuesto de la Republica del Peru del 2009; Que, el derecho a la homologacion sobre las remuneraciones de los docentes universitarios con el de los senores magistrados se encuentra reconocido en el Art. 53º de la Ley Universitaria Nº 23733 de fecha 17 de diciembre de 1983, y por el Decreto de Urgencia Nº 0332005, se expresa el MORDAZA de un programa de homologacion y el Decreto Supremo Nº 019-2006-EF reglamento el MORDAZA mencionado, obviandose consignar el derecho de los profesores pensionistas de las universidades publicas, a quienes igualmente que los profesores activos les corresponde estar dentro del MORDAZA de homologacion, conforme a las normas constitucionales; Que, mediante Informe de vistos de fecha 18 de agosto del 2008, el Director General de Asesoria Juridica de la Asamblea Nacional de Rectores precisa que a traves de comunicados del ano en curso, se ha exhortado al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo a fin de que procedan a incluir en el Programa de Homologacion de las remuneraciones de los docentes de las universidades publicas a los docentes pensionistas, haciendo de conocimiento publico que la Defensoria del Pueblo de MORDAZA, mediante Carta de Conclusion Nº 2833-07-OD-LIMA/DP opino que el derecho les corresponde a los pensionistas siempre que previamente a la condicion de cesantes, hayan tenido la calidad de docentes nombrados en las categorias de principal, asociado y auxiliar de las universidades publicas, concordante con el D.U. Nº 033-2005, Articulo 7º senalando que en el MORDAZA del programa de homologacion, el incremento tiene caracter pensionable, asi como por el Informe Nº 011-2008-VP de fecha 7 de enero del 2008 expedido por la Presidencia del Consejo de Ministros, que concluye por la incorporacion al Programa de homologacion de los docentes pensionistas de las universidades publicas, corresponde al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Asamblea Nacional de Rectores establecer su pertinencia; Que, estando plenamente vigente el Art. 53º de la Ley Nº 23733, no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por este dispositivo vulnerando el derecho de los docentes universitarios, por lo que EXHORTAMOS al Ministerio de Economia y Finanzas cumpla con el derecho a la homologacion de los docentes pensionistas de las universidades publicas del MORDAZA, para lo cual los senores rectores, Titulares del Pliego Presupuestal, deben coordinar con el citado Ministerio, a fin de EJECUTAR LA HOMOLOGACION de los docentes pensionistas de las universidades publicas del pais; Que, el Secretario Ejecutivo estando a la consideracion del Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboracion de la resolucion declarativa de los derechos que les corresponden a los pensionistas, conforme a los considerandos precedentes; Estando a la Autorizacion de la Alta Direccion; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria y de la Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exhortar al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo, que se cumpla con aplicar el Art. 53º de

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