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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (20/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de noviembre de 2008 383693 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2007- CDB del 29 de agosto de 2007, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Distrital de Bellavista, el cual establece las normas y procedimientos para la aplicación de sanciones a los infractores de las normas administrativas de competencia municipal en el ámbito de la jurisdicción del distrito de Bellavista. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º del mencionado régimen, la notifi cación de infracción podrá ser realizada por un policía municipal, inspector o técnico fi scalizador de la Municipalidad. Que, de la evaluación realizada a la aplicación del Régimen de Aplicación de Sanciones, se ha visto por conveniente centralizar en la Gerencia Municipal la atribución de encargar mediante Resolución la función de aplicar Notifi caciones de Infracción al personal de la Policía Municipal, Inspectores o Técnicos Fiscalizadores. Que, de acuerdo a lo establecido en la Primera Disposición Final del RAS, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que se requieran para la aplicación de la Ordenanza Nº 013-2007-CDB serán dictadas por el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere: DECRETA: Artículo 1º.- Disponer que la Gerencia Municipal, sea la encargada de asignar al personal de la Policía Municipal, Inspectores o Técnicos Fiscalizadores, mediante Resolución de Gerencia Municipal, la función de aplicar Notificaciones de Infracción en concordancia con el marco del Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Distrital de Bellavista, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2007-CDB. Artículo 2º.- La presente norma entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese.JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 280602-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAZ Disponen notificar mediante la modalidad de publicación en el Diario Oficial El Peruano y otro de circulación nacional a los obligados por infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 684-2008-GPH-GATR/G. Huaraz, 26 de agosto del 2008. Visto: Las Papeletas de Infracción al Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas por la Policía Nacional del Perú, durante los períodos 2006, 2007 y al 31 de Mayo del 2008, que no fueron notificadas a los obligados por ignorarse el domicilio fiscal de los mismos, y;CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Provincial de Huaraz en amparo del Art. 194º de la Constitución Política del Perú concordante con el II Título Preliminar de la Ley N° 27972, que prescribe que las municipalidades son órganos de Gobierno Local que emana de la voluntad popular, tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley N° 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece los lineamientos generales, económicos, organizacionales y reglamentarios del transporte y tránsito terrestre y rige en todo el territorio de la República. Que, el Reglamento Nacional de Tránsito aprobado mediante Decreto Supremo N° 033-2001-MTC y modifi catorias contempla el Cuadro de Tipifi caciones, Multas y medidas preventivas aplicables a las infracciones al tránsito terrestre, el mismo que es regulado por el D.S. N° 003-2003/MTC y DS N° 032-2006-MTC y modifi catorias, que establece las multas y sanciones impuestas a los infractores al reglamento nacional de tránsito Que, la Policía Nacional en cumplimiento de sus funciones y de acuerdo a los dispositivos legales antes descritos, impuso las papeletas de infracción al reglamento nacional de tránsito, durante los ejercicios 2006, 2007 al 31 de Mayo del 2008, de los cuales 6,510 papeletas no fueron notificadas a los obligados al no haber sido ubicados por ignorarse su domicilio fiscal, conforme al Informe N° 083-2008-GPH-GATyR/DRyC, emitido por el Jefe de Recaudación Control de esta Entidad, la cual forma parte de la presente resolución. Que, estando ante la imposibilidad de practicar la notificación personal y siguiendo con las modalidades de notificación administrativa, el Art. 20 de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que las notificaciones serán efectuadas a través de la publicación en el diario oficial y en uno de los diarios de mayor circulación del territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley; asimismo el Art. 23° del mismo cuerpo legal invocado señala que la publicación procederá en via subsidiara en otras modalidades, tratándose de actos administrativos de carácter particular cuando la ley así lo exija, o a la autoridad le resulte impracticable otra modalidad de notificación preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagación realizada. Que, agotada todas las acciones para cumplir con las notifi caciones personales y en forma directa a los obligados y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 y las atribuciones administrativas conferidas a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Notifi car mediante la modalidad de publicación en el diario Ofi cial El Peruano y otro de circulación Nacional a los obligados por las infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito durante los ejercicios 2006, 2007 al 31 de Mayo del 2008. Artículo Segundo.- Forman parte de esta Resolución la publicación realizada en la Página Web: www.munihuaraz.gob.pe perteneciente al Gobierno Provincial de Huaraz y además la publicación en los paneles instalados en el frontis del local municipal. Artículo Tercero: Encárguese del cumplimiento de la presente Resolución a la División de Recaudación y Control y la Oficina de Imagen Institucional, para la implementación y difusión de la presente, los mismos que vencido el plazo de 07 días hábiles procedan a elevar todos los valores a la Unidad de Ejecución coactiva para su procedimiento de acuerdo a Ley. Regístrese, publíquese y archívese.LOMBARDO MAUTINO ANGELES Alcalde 279752-1