Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2008 (20/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de noviembre de 2008

Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0428-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 24 de octubre de 2008; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 984 068,47 m², ubicado al noreste del MORDAZA del Rio Chillon a la altura del Km. 32,4 de la Carretera MORDAZA ­ Canta frente a la Comunidad Campesina de Jicamarca, en el lugar denominado "Quebrada Rio Seco", distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XI - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 279908-2 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 204-2008/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 13 de noviembre de 2008 Visto el Expediente Nº 189-2008/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del terreno eriazo de 25 468,55 m² ubicado en la MORDAZA "Quebrada La Tapada" del MORDAZA de Ate Alto en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 25 468,55 m² ubicado en la MORDAZA "Quebrada La Tapada" del MORDAZA de Ate Alto en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 27 de octubre del 2008, se verifico que el citado terreno es de naturaleza eriaza, presenta topografia accidentada y suelo de MORDAZA rocoso; Que, mediante Informe Tecnico Nº 7162-2008SUNARP-Z.R.IX/OC de fecha 04 de septiembre del 2008, la Oficina de Catastro del Registro de Predios de MORDAZA, senala que el area en consulta se visualiza en MORDAZA donde a la fecha no se han identificado sobre la Base Grafica del Area de Catastro de la MORDAZA IX Anotaciones Registrales,

no siendo posible determinar si se encuentra inscrita o no; Que, el Tercer Parrafo del Articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios establece que el informe del Area de Catastro senalando la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no, no impide la inmatriculacion del mismo; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 25 468,55 m², de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF "Estatuto de la SBN", Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0430-2008/SBN-GO-JAR de fecha 29 de octubre del 2008; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 25 468,55 m², ubicado en la MORDAZA "Quebrada La Tapada" del MORDAZA de Ate Alto en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX ­Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 279908-3

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dictan normas que regulan el procedimiento para la comunicacion a que se refiere la Undecima Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 953
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 211-2008/SUNAT MORDAZA, 19 de noviembre de 2008

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