Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2008 (20/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de noviembre de 2008

Articulo 8º.- Pagos Anteriores Los montos pagados con anterioridad a la presente ordenanza no seran materia de devolucion o compensacion alguna. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al Senor MORDAZA que mediante decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias y/o reglamentarias, incluyendo la ampliacion de la vigencia por unica vez del beneficio de la presente ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion de Recursos, Unidad de Informatica y Desarrollo Tecnologico, Gerencia de Secretaria General el cumplimiento de la presente Ordenanza Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 280953-1

sabado 29 de noviembre de 2008 a horas 10:00 a.m en el MORDAZA Mohme Llona (antes MORDAZA Kodak) ubicado en la interseccion de la Av. Principal con Av. MORDAZA MORDAZA del distrito de La Victoria. Articulo Segundo.- Disponer como unico pago por dicho acto la cantidad de S/. 80.00 Nuevos Soles (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles) el mismo que incluira el pliego matrimonial, certificado medico prenupcial (incluido el examen del VIH - Virus de Inmunodeficiencia Humana-) y el derecho de ceremonia. Articulo Tercero.- Disponer la exoneracion de los plazos legales y la dispensa de la publicacion de los edictos matrimoniales de conformidad con el articulo 252º del Codigo Civil, para la celebracion del acto al que se refiere el articulo primero de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Protocolo y Matrimonio la verificacion de la documentacion presentada, asi como los demas tramites correspondientes; y encargar a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Comunicacion Social la efectiva difusion de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 280340-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Autorizan celebracion de matrimonio civil comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 067-2008-ALC/MLV La MORDAZA, 14 de noviembre de 2008 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto; en sesion ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 014-2008-CPPPAL/MDLV de la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado, tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad, acorde a lo dispuesto por el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 233º del Codigo Civil, la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a la consolidacion y fortalecimiento en MORDAZA con los principios y normas proclamadas por la Constitucion Politica del Peru; Que, acorde a las funciones de caracter social y comunal que ejercen los gobiernos locales, es politica de la actual gestion, promover la union familiar a traves de un matrimonio comunitario en el distrito, que permita fomentar y promover la formalizacion o regularizacion de las uniones de hecho de las parejas, contribuyendo asi a fortalecer y consolidar la unidad familiar como cedula basica de la sociedad; En merito a los fundamentos expuestos asi como al Informe Nº 712-08-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades otorgadas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 ­, el Concejo Distrital de La MORDAZA, por unanimidad y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA AUTORIZAN MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario a llevarse a cabo el dia

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Otorgan beneficio especial a los mercados para el pago de arbitrios municipales
ORDENANZA Nº 221-MDL Lince, 24 de octubre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Asuntos Legales, y de Economia y Administracion de fecha 15 de octubre del 2008, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA OTORGA BENEFICIO ESPECIAL PARA EL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES A LOS MERCADOS DE LA JURISDICCION DE LINCE Articulo 1°: OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer un "Beneficio Especial para el pago de Arbitrios Municipales a los Mercados de Abastos y Mercadillos de la Jurisdiccion de Lince" . Articulo 2°: SUJETOS COMPRENDIDOS Podran acogerse a los beneficios otorgados por la presente Ordenanza, los Mercados de Abastos y Mercadillos de la jurisdiccion de Lince que mantengan deudas por concepto de Arbitrios Municipales correspondiente a los periodos 2004 al 2008, tanto a nivel de Via Ordinaria como Via Coactiva. Articulo 3°: ALCANCES DEL BENEFICIO a. Las Resoluciones de Determinacion por concepto de Arbitrios Municipales giradas a los Mercados de Abastos y Mercadillos de la jurisdiccion de Lince, cuyos montos por concepto de Arbitrios Municipales del ano 2008 MORDAZA superiores al ano 2007, podran ser objeto de descuento

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