Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2008 (20/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES

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equivalente a los montos determinados en la Ordenanza Nº 169-MDL ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 403MML, siempre que cancelen el total del monto adeudado del mencionado ejercicio. b. Las Resoluciones de Determinacion por concepto de Arbitrios Municipales giradas a los Mercados de Abastos y Mercadillos de la jurisdiccion de Lince, por deudas anteriores al ano 2007, podran ser cancelados en terminos insolutos, siempre y cuando lo cancelen al contado y dependiente de la cuantia excepcionalmente en tres (3) cuotas. c. Los Mercados de Abastos y Mercadillos de la jurisdiccion de Lince, que ademas regularicen su deuda por Arbitrios Municipales, al contado por los ejercicios 2007 y 2008, tendran un descuento adicional del 15% sobre el total de la Liquidacion a la fecha de cancelacion. Articulo 4°: DE LOS GASTOS ADMINISTRATIVOS Y COSTAS PROCESALES Los montos de aplicacion por dichos conceptos, sera lo estipulado en la Ordenanza Nº 186-MDL. Articulo 5°: VIGENCIA DEL BENEFICIO La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion y por el lapso de 30 dias calendario. Articulo 6°: DESISTIMIENTO Los contribuyentes que hayan interpuesto Expedientes de Reclamacion y /o Apelacion presentado ante cualquier instancia administrativa podran acogerse a la presente Ordenanza previo desistimiento de los mismos. Articulo 7°: RECONOCIMIENTO DE DEUDA Lo contribuyentes que se acojan al presente beneficio reconocen expresamente sus obligaciones materia de regularizacion por lo que no podran presentar futuras reclamaciones respecto de las deudas incluidas en dicho beneficio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Tecnologia de Informacion MORDAZA y a la Oficina de Imagen Institucional el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso. Tercera.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y cumplase, MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 280758-1

Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Asuntos Legales, y Servicios a la MORDAZA y Participacion Vecinal, de fecha 23 de Octubre del 2008, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: "ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 084-MDL Y Nº 155-MDL SOBRE MORDAZA DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL" Articulo Primero.- Modifiquese el articulo 7º de la Ordenanza Nº 084-MDL modificada por la Ordenanza Nº 155-MDL, con el siguiente texto: Articulo 7º.- Plazos Una vez recibida la solicitud por la unidad organica competente, esta procedera a su evaluacion y emitira resolucion debidamente motivada en un plazo MORDAZA de 02 dias contados a partir del dia siguiente de notificada la resolucion respectiva. Transcurrido este plazo sin que MORDAZA pronunciamiento el administrado podra considerar su solicitud aprobada. Esta resolucion es impugnable en un plazo de 02 dias contados a partir del dia siguiente de notificada la resolucion respectiva. El Comite Electoral resuelve en MORDAZA y MORDAZA instancia en un plazo de 05 dias Articulo Segundo.- Modifiquese el articulo 11º de la Ordenanza Nº 084-MDL modificada por la Ordenanza Nº 155-MDL, con el siguiente texto: Articulo 11º.- Conformacion El Comite Electoral tiene a su cargo la responsabilidad de la conduccion y desarrollo para que el MORDAZA de eleccion de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital se realice de manera democratica y transparente. El Comite Electoral esta integrado, de la siguiente manera: a) El Gerente de Desarrollo Social. b) El Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. c) El Subgerente de Educacion y Cultura. El Comite Electoral elige entre sus miembros a quien se desempenara como Presidente, Secretario y Vocal. El Comite Electoral es MORDAZA en el ejercicio de sus atribuciones y sus decisiones son definitivas e inimpugnables Articulo Tercero.- Modifiquese la MORDAZA Disposicion transitoria de la Ordenanza Nº 084-MDL modificada por la Ordenanza Nº 155-MDL, con el siguiente texto: Segunda.- El MORDAZA del Distrito de Lince, convocara a la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital dentro de un plazo de 90 dias a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza DISPOSICION FINAL Primera.- Entiendase que cuando se hace referencia en la Ordenanza Nº 084-MDL asi como en la Ordenanza Nº 155-MDL, a la Jefatura de Promocion Social de la Municipalidad, esta se referira a la Gerencia de Desarrollo Social y/o la unidad organica que hace sus veces en la Municipalidad. Segunda.- Facultese al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 280775-1

Modifican la Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 084.MDL y N° 155MDL sobre MORDAZA de eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
ORDENANZA Nº 222-MDL Lince, 31 de Octubre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE;

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