Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (26/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de noviembre de 2008 383926 y Alcantarillado de Choros, Distrito de Choros – Cutervo – Cajamarca” Que, mediante Informe Técnico Nº 01-2008-COAZ, hace conocer al titular del pliego la necesidad de implementar las obligaciones derivadas del convenio suscrito con el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, entre otras la referida al plazo de 30 días calendario para iniciar las gestiones que correspondan para la ejecución del proyecto; así mismo precisa que según lo establecido en el artículo 9º numeral 9.4 de la Ley Nº 29142 del Presupuesto del Sector Público Año Fiscal 2008, cuando se traten de proyectos de inversión que se ejecutan con transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Locales; el documento que sustenta dicha transferencia fi nanciera es únicamente el contrato de la ejecución del proyecto. Que, así mismo se informa que la suscripción del contrato de la consultaría requerida permitirá la programación de los desembolsos fi nancieros a favor del proyecto, por parte del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, generándose los respectivos compromisos presupuestarios, evitando a su vez incurrir en causal de resolución del convenio por incumplimiento de la Municipalidad Distrital de Choros. Que, con la fi nalidad de continuar con las gestiones conducentes a la ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Choros, Distrito de Choros – Cutervo – Cajamarca” es sumamente necesario disponer del Expediente Técnico defi nitivo respectivo, a efectos de presentarlo al Programa Agua Para Todos para su inclusión en plan de inversiones del presente año fi scal. Que, teniendo en cuenta las razones expuestas en los considerándos precedentes y del informe técnico se desprende, que se confi gura una situación extraordinaria y que la necesidad del servicio es actual y urgente, por lo que sugiere al Concejo Municipal la procedencia de la Exoneración del Proceso de Selección por la causal de desabastecimiento inminente de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Que, Mediante Informe de Asesoría Legal Externa se hace conocer que la normatividad legal existente en la legislación peruana faculta al Concejo Municipal exonerar de procesos de selección cuando se presenten situaciones de desabastecimiento inminente que pongan en riesgo las actividades de la entidad, máxime si se trata de obras de vital importancia para la población distrital y que contribuirán a mejorar sustancialmente las condiciones de vida de los benefi ciarios. Que, el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº083-2004-PCM, establece que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, de conformidad con el artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la Resolución o Acuerdo que Apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la Procedencia y necesidad de la exoneración; Que, por tanto habiéndose confi gurado el supuesto establecido en el Art. 21º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde declarar la Situación de Desabastecimiento Inminente los servicios de Consultoría para la obtención del Expediente Técnico Defi nitivo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Choros, Distrito de Choros – Cutervo – Cajamarca” por el plazo que corresponda y consecuentemente la aprobación de la Exoneración de Proceso de Selección aplicable, debiéndose proceder conforme a lo establecido en los artículos 147º y 148º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso c) del Artículo 19º y los Artículos 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y demás normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE EL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA OBTENCIÓN DE 01 EXPEDIENTE TÉCNICO DEFINITIVO DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA “MEJORAMIENTO, AMPLACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CHOROS, DISTRITO DE CHOROS – CUTERVO – CAJAMARCA” POR EL PERÍODO DE 40 DÍAS, DEBIENDO AL FINAL DEL MISMO TENER EL ESTUDIO MATERIA DEL PRESENTE ACUERDO. Artículo Segundo.- APROBAR LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRAS PARA LA OBTENCIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DEFINITIVO DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA “MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CHOROS, DISTRITO DE CHOROS – CUTERVO – CAJAMARCA”, HASTA POR EL VALOR REFERENCIAL DE S/.121,090.00 (CIENTO VEINTIUN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), CON CARGO A LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS. Artículo Tercero.- DESIGNAR A LA UNIDAD DE ABASTECIMIENTOS, COMO DEPENDENCIA ENCARGADA DE LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHOROS, LLEVAR A CABO LA CONTRATACIÓN MATERIA DE LA PRESENTE EXONERACIÓN, CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ART. 146º DEL REGLAMENTO DEL TUO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO. Artículo Cuarto.- ENCARGAR A LA SECRETARIA GENERAL, PONER EL PRESENTE ACUERDO EN CONOCIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DEL CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 20º DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 26850-LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA DE SU APROBACIÓN, ASÍ COMO SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO. Artículo Quinto.- LOS REGIDORES DE ACUERDO A LAS ATRIBUCIONES QUE LE CORRESPONDEN DE ACUERDO A LA LEY Nº 27972 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SOBRE SU FUNCIÓN FISCALIZADORA VELARAN POR EL CUMPLIMIENTO DE LA META PROPUESTA EN EL PRESENTE ACUERDO. Artículo Sexto.- DISPENSAR, DE LA LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA, PARA QUE EL PRESENTE ACUERDO ENTRE EN VIGENCIA DE INMEDIATO. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.SALVADOR DÍAZ VÁSQUEZ Alcalde 281602-1Descargado desde www.elperuano.com.pe