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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de octubre de 2008 381339 16.JUL.2008 y 279-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/ DISREG. de 15.AGO.2008; el Atestado Nº 168-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/OPACGR-CHI de 23.JUN.2008, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en la Municipalidad Distrital de Sallique – Provincia de Jaén - Departamento de Cajamarca, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 0830-2006-CG de 15.MAR.2007 la Contraloría General de la República designó una Comisión, con la fi nalidad de veri fi car denuncias en torno a presuntas irregularidades que se habrían cometido en la Municipalidad Distrital de Sallique - Provincia de Jaén – Departamento de Cajamarca, actividad que comprendió la revisión de los ejercicios 2003-2006; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Veri fi cación de Denuncias Nº 03-2007-CG/ ORCH de 13.NOV.2007, en el cual se han evidenciado las irregularidades siguientes: a) gastos que no cuentan con su correspondiente sustento, desconociéndose su destino ; b) utilización de documentación adulterada para sustentar comprobantes de pago emitidos por la municipalidad, por supuesta elaboración de expedientes técnicos; c) alquiler de maquinaria pesada de propiedad municipal a diferentes instituciones públicas y privadas, sin que se registre la totalidad de ingresos obtenidos por dicha actividad, favoreciendo a quienes contrataba ; d) omisión de entrega y ocultamiento de información por parte del titular de la entidad edil, pese a los reiterados requerimientos ; e) excesivos gastos durante la ejecución de la obra: “Revestimiento del Canal las Palmas - Catalá”, la misma que presenta serias de fi ciencias en su construcción generando un riesgo de colapso total ; y, f) documentación adulterada utilizada para rendir gastos, por supuestas compras de combustible efectuadas a un Servicentro, cuando éste ya había sido dado de baja; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Técnica a través del O fi cio Nº 143-2008- DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR-DISREG/OPACGR-CHI de 16.JUL.2008 a la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Jaén - Cajamarca, a fi n que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de los delitos de Omisión de Actos Funcionales, Colusión y Peculado; ilícitos previstos y sancionados en los artículos 377º, 384º y 387º del Código Penal, respectivamente; Que, asimismo se ha tomado conocimiento que el Segundo Juzgado Penal de la Provincia de Jaén, mediante Resolución Nº 01 de 22.AGO.2008, resolvió abrir instrucción Nº 399-08-SJEPJ por los delitos de Omisión de Actos Funcionales, Colusión, Peculado y Falsedad Genérica; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537, sus modifi catorias, y las Resoluciones de Contraloría N os 383 y 394-2008-CG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la RepúblicaContralora General (e) 263309-4 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 404-2008-CG Lima, 10 de octubre de 2008 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 035-2008- CG/GDPC de 17.SET.2008, los Ofi cios Nos 09-2008- DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG-OPA-TAC de 28.ENE.2008, 069-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG de 12.FEB.2008, 65-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG-OPA-TAC de 11.JUL.2008 y 273-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG de 14.AGO.2008; el Atestado Nº 041-2008-DIRCOCOR PNP/DIVPACGR/DISREG-OPA-TAC de 28.ENE.2008 y el Informe Policial Nº 042-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-DISREG de 07.JUL.2008, resultantes de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en la Municipalidad Distrital de Pachía – Provincia y Departamento de Tacna; así como, el Memorando Nº 01650-2008-CG/PP de 02.SET.2008, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 726-2007-CG/DC de 13.MAR.2007 la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad Distrital de Pachía – Provincia y Departamento de Tacna, contexto en el cual la O fi cina Regional de Control Tacna emitió la Hoja Informativa Nº 001-2007-CG/ORTA de 26.JUN.2007, en la que se han evidenciado irregularidades en la gestión y distribución de donaciones, recibidas de la Intendencia de Aduanas de Tacna durante el año 2006, no existiendo registro alguno del ingreso de dichos bienes, los mismos que fueron recepcionados por el titular de la entidad edil; asimismo, no se ha evidenciado la entrega de los bienes a los bene fi ciarios; Que, debido a las irregularidades que denotaban la existencia de indicios razonables de comisión de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fi n, se consideró conveniente solicitar la participación de la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, a fi n que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General, conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Técnica a través del O fi cio Nº 09- 2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG-OPA-TAC de 28.ENE.2008 a la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Tacna; a fi n que dicho órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión del delito de Peculado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 387º del Código Penal; Que, como consecuencia de la implantación del nuevo Sistema Procesal Penal en el Distrito Judicial de Tacna desde el mes de Abril 2008, la Primera Fiscalía Corporativa de Liquidación y Adecuación de Tacna, mediante la Disposición Nº 01-2008-MP-1er.DLA-FC-TACNA de 15.MAY.2008, denominada Disposición de Adecuación y Ampliación de Investigación Preliminar, resolvió adecuar el trámite de la presente investigación a las normas del Nuevo Código Procesal Penal, ampliando la investigación a cargo de la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República; por lo que, emiten el Informe Policial