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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de octubre de 2008 381343 interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Jorge Emilio Rone, Camilo Flores Gamarra, Jesús Raymundo Correa Castillo, Rosa Susana Sullca Zeballos, José Roberto Gómez Reyna, Ricardo Huaqui Robles, Edilberto Fonseca Huamán, Oswaldo César Vásquez Bocanegra, Wilmer Manayay Pérez, Juana Huaquipaco de Luque, Alejandrino Machaca Mamani, Jacquelín Julissa Contreras Maldonado, Aurencio Simón Gregorio, Leonor Valencia Flores, Wilberto Ángel Villarroel Reymundo, Ruth Karina Miranda Muñoz, Saturnino Padilla Caqui, Carlos Raúl Yamashiro Arakaki, Julio César Flores Ávila y Ana Katiuska Quispe Villavicencio. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 261322-11 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 677-2008-JNAC/RENIEC Lima, 25 de setiembre del 2008. VISTOS: EL O fi cio Nº 002241-2008/GRI/RENIEC, de la Gerencia de Registros de Identi fi cación y el Informe Nº 000727-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identi fi cación Dactilar - AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro y mediante los Informes de Homologación Monodactilar AFIS Nº 2044, 2321, 2126, 2018, 2255, 2204, 2327, 2121, 2112, 2147, 2175, 2205, 2208, 2174, 2304, 2172, 2134, 2079, 2085 y 2091-2008/DDG/GRI/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales; siendo dichas inscripciones las siguientes: Nº de Informe AFISD.N.I. CanceladoRes. De Cancelación Nombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 3003 43933305 356-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Segundo Reynaldo Figueroa Rumayna 04824614 3911 43913481 470-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Liz Yuliana Valdivia Flores80625082 3888 41529850 470-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Félix Germán Márquez Purizaga 21874386 3785 80067474 403-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Néstor Rufo Flores Peralta 020425303914 80402891 470-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Edilberto Benites Maco 804028163802 43290208 406-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Francisco Castro Llactahuaman 282591964107 45481059 456-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Dudley Robbi Rojas Zagaceta 414149083741 40135185 421-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Percy Rubén Alcántara Siri 156757173241 40296781 369-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Oscar Enrique Ocrospoma Márquez 15634487 3985 80450136 442-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Juan Retamozo Chambi 015224454292 80185564 476-2007/SGDI/GPDR/RENIEC José Humberto Rodríguez Huaqui 101592533804 44106860 406-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Nilton Ravinez Ignacio 806288503808 45660991 406-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Katherin Julissa Barriga Pérez 413892494271 41595441 476-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Matilde Elizabeth Lorenzo Silva 158594363898 40058862 470-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Arturo Santiago Elescano Domínguez 08638880 4263 42853819 476-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Carlos Carlos de la Cruz 804553834123 42971484 475-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Miguel Valerio Rodríguez 806387963787 41258916 403-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Wilber Alfonso Ugarte Mendoza 801734423890 80298349 470-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Secundino Flores Condori 018596044137 44968660 475-2007/SGDI/GPDR/RENIEC Timoteo Ccajya Quispe 80078394 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron de fi nitivamente la segunda inscripción del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, se presume que los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, habrían cometido en agravio del RENIEC el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, tipi fi cado en el artículo 428º del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC, para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Segundo Reynaldo Figueroa Rumayna, Liz Yuliana Valdivia Flores, Félix Germán Márquez Purizaga, Néstor Rufo Flores Peralta, Edilberto Benites Maco, Francisco Castro Llactahuaman, Dudley Robbi Rojas Zagaceta, Percy Rubén Alcántara Siri, Oscar Enrique Ocrospoma Márquez, Juan Retamozo Chamba, José Humberto Rodríguez Huaqui, Nilton Ravinez Ignacio, Katherin Julissa Barriga Pérez, Matilde Elizabeth Lorenzo Silva, Arturo Santiago Elescano Domínguez, Carlos Carlos de la Cruz, Miguel Valerio Rodríguez, Wilber Alfonso Ugarte Mendoza, Secundino Flores Condori y Timoteo Ccajya Quispe. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 261322-12 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 9785-2008 Lima, 1 de octubre de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por el señor Luis Gonzalo Velarde Herrera para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004; se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 008-2008-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha cali fi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros