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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (17/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

El Peruano Lima, viernes 17 de octubre de 2008 381698 la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años de la Empresa Municipal de Servicios de Saneamiento Juliaca S.A., SEDAJULIACA S.A., conforme a lo establecido en el artículo 20º del Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; El Memorándum Nº XXX-XXXX-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario fi nal, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por SEDAJULIACA S.A. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 003-2008-SUNASS- GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el quinquenio 2008-2013, conforme a lo establecido en el artículo 20º del Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; Que, mediante Memorándum Nº 195-2008-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por SEDAJULIACA S.A. para el próximo quinquenio; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 081-2008-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Que, con fecha XX de XXXX de XXXX se realizó la audiencia pública en la cual SUNASS sustentó la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de SEDAJULIACA S.A.; Que, mediante Memorándum Nº XXX-XXX-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha presentado el Estudio Tarifario Final, el cual contiene la evaluación de los comentarios recibidos respecto al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública; así como la propuesta fi nal de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por SEDAJULIACA S.A. para el próximo quinquenio; Que, conforme al artículo 31º del Reglamento General de Tarifas, corresponde en esta etapa aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y las metas de gestión para la citada EPS; Que, el artículo 25º del Decreto Supremo Nº 017-2001- PCM, que aprobó el Reglamento General de la SUNASS, dispone que es competencia exclusiva del Consejo Directivo, el ejercicio de la función reguladora; Estando a lo acordado en la Sesión de Consejo Directivo Nº XXX-XXX-SUNASS: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la Empresa Municipal de Servicios de Saneamiento Juliaca S.A., SEDAJULIACA S.A. para el próximo quinquenio, las cuales se encuentran contenidas en el anexo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la creación de un fondo exclusivo para fi nanciar las inversiones con recursos propios que forman parte de la fórmula tarifaria y estructuras tarifarias aprobadas por la SUNASS, que sólo podrá ser utilizado para tales fi nes y el cual se regirá por lo establecido en el artículo 31º del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento. Para constituir dicho fondo, SEDAJULIACA S.A. deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del período quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Servicios Colaterales señalados en el Cuadro Nº 1.CUADRO Nº 1 FONDO EXCLUSIVO DE INVERSIÓN Período Porcentaje de los Ingresos (1) Año 1 15,6%Año 2 12,3%Año 3 5,1%Año 4 9,4%Año 5 9,0% (1) Por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Servicios Colaterales. Si se comprobara el uso de los recursos, que conforman el referido fondo, para fi nes distintos a los establecidos en la presente Resolución, la Superintendencia comunicará el hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República para la determinación de las respectivas responsabilidades administrativas, civiles y penales. Artículo 3º.- Aprobar los mecanismos de evaluación del cumplimiento de las metas de gestión e incrementos tarifarios de SEDAJULIACA S.A., los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 2 de la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer la aplicación de las estructuras tarifarias establecida en el Anexo Nº 1 a partir del siguiente ciclo de lectura, posterior a la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, Jorge Luis Olivarez Vega, Manuel Burga Seoane y Víctor Antonio Maldonado Yactayo. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo ANEXO Nº 1 FÓRMULAS TARIFARIAS QUE APLICARÁ SEDAJULIACA S.A. DURANTE EL SIGUIENTE QUINQUENIO A. Por el servicio de Agua Potable Incremento sobre las tarifas medias por volumen (S/. / m 3) para los primeros cinco años, como sigue: T1 = To (1 + 0,050) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,00) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,066) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde:To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1T2 : Tarifa media que corresponde al año 2T3 : Tarifa media que corresponde al año 3T4 : Tarifa media que corresponde al año 4T5 : Tarifa media que corresponde al año 5ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor B. Por el servicio de Alcantarillado Incremento sobre las tarifas medias por volumen (S/. / m 3) para los primeros cinco años, como sigue: T1 = To (1 + 0,050) (1 + ĭ)PROYECTO Descargado desde www.elperuano.com.pe