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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (17/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Lima, viernes 17 de octubre de 2008 381695 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Proyecto de Procedimiento “Compensación por Generación Adicional” Las sugerencias al Proyecto de Norma se recibirán en la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, durante 15 días calendario contados desde la fecha de la presente publicación. Correo Electrónico: GeneracionAdicional@osinerg.gob.pe Fax Nº: (511) 224 0491 Página Web: www.osinerg.gob.pe Lima, octubre de 2008 INDICE Artículo 1º. MARCO LEGAL Artículo 2º. OBJETIVOArtículo 3º. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS Artículo 4º. COSTOS TOTALES ESTIMADOSArtículo 5º. MECANISMO PARA DETERMINAR EL CARGO UNITARIO POR GENERACIÓN ADICIONAL Artículo 6º. COSTOS VARIABLES INCURRIDOS POR LA OPERACIÓN DE LA GENERACIÓN ADICIONAL Artículo 7º. TRANSFERENCIAS MENSUALES DE ENERGIA Artículo 8º. REAJUSTE TRIMESTRALArtículo 9º. LIQUIDACION DEL SALDO NETO ACUMULADO Artículo 10º. SANCIONES COMPENSACIÓN POR GENERACIÓN ADICIONAL Artículo 1º.- MARCO LEGAL Para efectos del presente procedimiento se considerará como Leyes Aplicables las normas que se indican a continuación y aquellas que las complementen, modi fi quen o sustituyan:  Decreto de Urgencia Nº 037-2008: Se Dictan Medidas Necesarias para Asegurar el Abastecimiento Oportuno de Energía Eléctrica al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN).  Ley Nº 28832: Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica.  Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas.  Decreto Supremo Nº 009-93-EM: Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.  Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM: Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN.  Texto Único Ordenado de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobado mediante Resolución OSINERGMIN Nº 776-2007-OS/CD  Procedimientos Técnicos del COES. Artículo 2º.- OBJETIVO Establecer la forma, responsabilidades, secuencia y cálculos que se deben seguir con relación al Cargo Unitario por Generación Adicional en aplicación del Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 037-2008 hasta que fi nalice su vigencia. Artículo 3º.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS Para efectos de la presente Norma se emplean las siguientes defi niciones: 3.1Agentes: Denominación genérica dada al conjunto de Generadores, Transmisores, Distribuidores y Usuarios Libres. 3.2Año Tarifario: Período comprendido entre el 01 de mayo hasta el 30 de abril del siguiente año.3.3Cargo Unitario por Generación Adicional: Cargo unitario expresado en Nuevos Soles por kW al mes, que se publicará en la Resolución que establezca los Precios en Barra, y que es incluido como una componente en el Peaje por Conexión al Sistema Principal de Transmisión. 3.4 COES: Comité de Operación Económica del SEIN. 3.5 Situación de Restricción Temporal de Generación: Situación declarada por el Ministerio de Energía y Minas para asegurar el abastecimiento oportuno de energía eléctrica en el SEIN. 3.6Generación Adicional: Magnitud de capacidad adicional de generación para asegurar el abastecimiento de energía eléctrica calculada por el Ministerio de Energía y Minas y requerida a las empresas del sector en las que el Estado tenga participación mayoritaria. 3.7Costos Totales: Monto expresado en Nuevos Soles, que corresponde a los costos totales, incluyendo los costos fi nancieros, en que incurran los generadores estatales por la generación adicional a que se refi ere el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 037-2008. 3.8Costos Totales Estimados: Monto total estimado de los Costos Totales por Generación Adicional en un Año Tarifario, calculado de acuerdo con lo señalado en el Artículo 4º. 3.9Costos Totales Incurridos: Monto total obtenido de los Costos Totales por Generación Adicional en un mes, calculado de acuerdo con lo señalado en el Artículo 6º. 3.10 Costos Variables: Son los costos en que incurre una unidad de generación para suministrar una unidad adicional de energía. 3.11 Decreto: Decreto de Urgencia Nº 037-2008 que dicta Medidas Necesarias para Asegurar el Abastecimiento Oportuno de Energía Eléctrica al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN). 3.12 GART: Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN. 3.13 Grandes Usuarios Libres: Usuarios Libres con una potencia contratada igual o superior a 10 MW, o agrupaciones de Usuarios Libres cuya potencia contratada total sume por lo menos 10 MW. 3.14 OSINERGMIN: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. 3.15 Usuario: Consumidor fi nal de electricidad localizado en el Perú y que se encuentra dentro del SEIN. Comprende tanto a los Usuarios Libres como a los Usuarios Regulados. 3.16Usuarios Libres: Usuarios no sujetos a regulación de precios por la energía o potencia que consumen. 3.17 Usuario Regulados: Usuarios sujetos a la regulación de precios por la energía y potencia que consumen. 3.18 SEIN: Sistema Eléctrico Interconectado Nacional. Cualquier mención a numerales, artículos o títulos, sin señalar la norma a la que corresponden, se debe entender referida a la presente Norma. Artículo 4º.- COST OS T OTALES ESTIMADOS Los Costos Totales Estimados están compuestos por la suma de los Costos de Adquisición y Puesta en Servicio y los Costos Netos Asociados a la Operación de la Generación Adicional 4.1 Costos de Adquisición y Puesta en Servicio: Una vez establecida la Generación Adicional, al inicio de cada proceso de Fijación de Precios en Barra, es decir, en el plazo señalado en el ítem a del Anexo A del Texto Único Ordenado de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobado mediante Resolución OSINERGMIN Nº 776-2007-OS/CD, el Generador estatal remitirá a la GART un Informe Técnico donde sustente los Costos de Adquisición y Puesta en Servicio de la Generación Adicional. Como parte de dicho sustento, se deberán presentar los correspondientes documentos probatorios del proceso de selección, adquisición y puesta en servicio de dicha generación.PROYECTO Descargado desde www.elperuano.com.pe