NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (05/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de setiembre de 2008 379203 cuando la mencionada Brigada requiera su devolución o disposición o al fi nalizar el contrato; Que, ante la imposibilidad de renovar el referido contrato, por cuanto dicha empresa no contaba con la autorización de la Dirección General de Hidrocarburos para seguir operando en la ciudad de Tumbes y además por tener problemas pendiente de solución con OSINERG, el General de Brigada Comandante General de la Primera Brigada de Infantería Reforzada de Tumbes mediante el Ofi cio N° 012/1ra Brig Inf Rzfda/BS1/CInt/11.03 del 03 de febrero del 2007, las Cartas Notariales de fecha 09 de marzo y 13 de abril del 2007, respectivamente, ha solicitado al Gerente General de la indicada empresa la devolución del combustible entregado en almacenamiento y custodia del Segundo Pleno de la Carga Prescrita de Clase III de la mencionada Brigada, cuyo requerimiento no ha sido atendido hasta el momento; Que, a fi n de recuperar los indicados bienes de propiedad del Estado -Ejército del Perú se hace necesario gestionar la Resolución Ministerial autoritativa que autorice al Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los asuntos judiciales del Ejército del Perú, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra la Empresa LA ROMPE E.IR.L y su gerente don Jorge Guillermo Martín PINILLO GANOZA, y recupere los combustibles que se encuentran en poder de dicha empresa; Que, el artículo 2° del Decreto Ley Nº 17537, que regula la Representación y Defensa del Estado en Juicio, señala que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, será necesario la expedición previa de la Resolución autoritativa respectiva; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537, modifi cado por Decreto Ley N° 17667, que regulan la representación y defensa del Estado en juicio; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los asuntos del Ejército del Perú, para que en nombre y representación del Estado inicie, prosiga y culmine las acciones legales y judiciales contra la Empresa LA ROMPE E.IR.L y su Gerente don Jorge Guillermo Martín PINILLO GANOZA. Artículo 2º.- Remítanse los antecedentes al Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los asuntos judiciales del Ejército del Perú, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 247777-2 Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de delito de hurto de material de propiedad del Estado en agravio de la FAP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 914-2008-DE/FAP Lima, 28 de agosto de 2008Visto, el Ofi cio NC -5-SGFA-Nº 2600 del 15 de agosto de 2008 del Secretario General de la Fuerza Aérea, mediante el cual solicita se autorice al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aérea, para iniciar las acciones judiciales contra el Empleado Civil FAP OLMEDO GADEA Sergio y quienes resulten responsables como presuntos autores del delito de Hurto de material de propiedad del Estado en agravio de la Fuerza Aérea.CONSIDERANDO: Que, el Empleado Civil FAP OLMEDO GADEA Sergio fue encontrado responsable, por la Comisión de Investigación Ad Hoc para Personal Subalterno del Grupo Aéreo Nº 3 de conformidad al Acta Nº 002 del 11 de octubre de 2007, sobre el faltante de material aéreo de propiedad del Estado constituido por el Equipo Inversor N/ P ASH 584-5 en la Localidad de “El Valor”, del cual estuvo a cargo en el mes de noviembre del año 2006; Que, el citado Empleado Civil FAP OLMEDO GADEA Sergio fue nombrado como Especialista de Electricidad entre los días 14 al 28 de noviembre del año 2006 por lo que integró el equipo de mantenimiento de aeronaves, recepcionando de esta manera el Equipo Inversor N/P ASH 584-5, el cual fue reportado por éste como extraviado infringiendo de esta manera deberes de cuidado por que dicho material aéreo se encontraba en exclusiva custodia del citado personal, lo cual constituiría una conducta prevista y sancionada en el artículo 185º del Código Penal bajo la denominación de delito de Hurto; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, en la Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio Decreto Ley Nº 17537 y su modifi catoria el Decreto Ley Nº 17667, la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aérea, debe efectuar las acciones judiciales correspondientes en resguardo de los intereses del Estado - Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú; y, Estando a lo informado por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea, y a lo opinado por el Director General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aérea para que en representación del Estado, inicie, prosiga y culmine las acciones judiciales contra el Empleado Civil FAP OLMEDO GADEA Sergio y quienes resulten responsables como presuntos autores del delito de Hurto de material de propiedad del Estado en agravio de la Fuerza Aérea. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y sus antecedentes al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aérea del Perú, para que proceda conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 247777-3 Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra ex empleado civil de la FAP por incumplir con la reposición de bienes y resarcir daños y perjuicios ocasionados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 922-2008-DE/FAP Lima, 2 de setiembre de 2008Visto, el Ofi cio NC-5-SGFA Nº 2387 del 31 de julio 2008, del Secretario General de la Fuerza Aérea, mediante el cual solicita se autorice al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aérea, para iniciar las acciones judiciales, contra el ex Empleado Civil FAP CUBILLAS PADILLA Julio Víctor, a fi n de que reponga los cuarenta y ocho Thermocouples aplicables al Motor del Avión Tucano o cancele el valor actualizado de la parte que le corresponde ascendente a la suma de CUATRO MIL QUINIENTOS SEIS DÓLARES Descargado desde www.elperuano.com.pe