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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (05/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de setiembre de 2008 379216 Que, en el presente caso y conforme se advierte de los antecedentes remitidos, se ha producido lo siguiente: a) En lo referente a los Términos de Referencia, que contienen la descripción detallada de las características técnicas del bien inmueble que se desea arrendar, se observa que conforme a lo informado en el Informe Nº 234-2008-MTC/21.UGA.PER, de la Jefatura de Personal, Abastecimiento y Servicios de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, éstos fueron modifi cados con la fi nalidad de incrementar el abanico de posibilidades que ofrece el mercado y, en ese sentido, no limitar la presentación de cotizaciones por parte de los proveedores. En ese contexto, se tiene que constituye obligación de este Ministerio, el verifi car la existencia de pluralidad de postores en el mercado. b) En lo referente a la búsqueda de una pluralidad de postores que se encuentren en condiciones de prestar el servicio requerido, se advierte que la Jefatura de Personal, Abastecimiento y Servicios de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, a través del Informe Nº 389-2008-MTC/21.UGA.PER, ha señalado que si bien se efectuó inspecciones a seis (6) bienes inmuebles, ubicados en los distritos de Cercado de Lima y Lince, concluyéndose que sólo dos (2) de ellos reunían las condiciones exigidas por dicho Proyecto, cabe anotar que uno (1) de esos inmuebles a la fecha, ya ha sido dado en arrendamiento, con lo cual se concluye que en el mercado sólo existe un (1) inmueble que reúne las características técnicas exigidas en los Términos de Referencia. En ese sentido, la Jefatura de Personal, Abastecimiento y Servicios de PROVÍAS DESCENTRALIZADO ha concluido que el inmueble sito en el Jr. Camaná Nº 650 – 678, Cercado de Lima (Pisos 7 al 12, incluyendo las áreas de los sótanos para los estacionamientos), respecto del cual se cuenta con opinión técnica favorable, conforme se desprende del Informe Nº 001-2008-MTC/21.UGTR.MGZ, es el único que satisface el requerimiento de PROVÍAS DESCENTRALIZADO. c) En lo referente al costo del servicio de arrendamiento, se indicar que conforme se desprende de la cotización económica presentada y del Memorando Nº 2794-2008-MTC/21.UGA, de la Unidad Gerencial de Administración de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, dicho Proyecto, para el ejercicio presupuestal 2008, cuenta con los recursos necesarios que le permiten cubrir el pago a realizar por el arrendamiento del predio ubicado en el Jr. Camaná Nº 650 – 678, Cercado de Lima (Pisos 7 al 12, incluyendo las áreas de los sótanos para los estacionamientos). Respecto de los pagos a efectuar en los ejercicios presupuestales 2009 y 2010, la mencionada Unidad Gerencial ha señalado que se realizarán las acciones necesarias a fi n de prever la cobertura presupuestal en los referidos años. Que, dado que conforme a lo informado por la Jefatura de Personal, Abastecimiento y Servicios de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, que cuenta con la conformidad de la Dirección Ejecutiva de dicho Proyecto, se ha verifi cado que en el mercado sólo existe un predio que cuenta con las características técnicas que permiten que éste sea utilizado como sede central de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, se concluye que la contratación del servicio de arrendamiento del bien inmueble sito en el Jr. Camaná Nº 650 – 678, Cercado de Lima (Pisos 7 al 12, incluyendo las áreas de los sótanos para los estacionamientos), se encuadra en la causal de exoneración de proceso de selección tipifi cada en el literal e) del artículo 19º de la Ley y en el artículo 144º del Reglamento, referida a que se encuentra exonerada de proceso de selección la adquisición o contratación, cuando el bien o servicio no admite sustituto y exista proveedor único; y, por tanto, procede que la misma se realice en forma directa; Que, conforme a lo establecido en el artículo 20º de la Ley, corresponderá que la contratación del servicio se efectúe en concordancia con los artículos que regulan la fase de ejecución contractual. Asimismo, la Resolución que aprueba la exoneración deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación; siendo que dentro del mismo plazo, copia de tal documento, así como de los informes que la sustentan, deberán remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar a la Unidad Ejecutora 010 – Provías Descentralizado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del proceso de selección correspondiente a Concurso Público para la contratación del servicio de arrendamiento de bien inmueble que será utilizado para el funcionamiento de la sede central del referido Proyecto, por tratarse de un servicio que no admite sustitutos y cuyo proveedor es único en el mercado, conforme a lo dispuesto en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el artículo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según el detalle siguiente: - Tipo de contrato : Contratación de servicios. - Descripción de la contratación : Arrendamiento de bien inmueble para el funcionamiento de la sede central de PROVÍAS DESCENTRALIZADO. - Plazo : Tres (3) años.- Valor referencial : US$ 1 441 081.97 (Un Millón Cuatrocientos Cuarenta y Un Mil Ochenta y Uno y 97/100 Dólares Americanos). - Fuente de fi nanciamiento : Recursos Ordinarios. - Dependencia que contrata : Unidad Ejecutora 010 – Provías Descentralizado. Artículo 2º.- Autorizar al Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVÍAS DESCENTRALIZADO del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a fi n que realice la contratación del servicio a que se refi ere el Artículo 1° de la presente Resolución mediante acciones inmediatas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Artículo 3°.- Remitir la presente Resolución, así como los Informes Nº 389-2008-MTC/21.UGA.PER y Nº 664-2008-MTC/21-UGAL, de la Jefatura de Personal, Abastecimiento y Servicios y de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del citado Proyecto, respectivamente; así como el Informe N° 1976-2008-MTC/08, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4°.- Publicar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, la presente Resolución Ministerial en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 247063-1Descargado desde www.elperuano.com.pe