Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2008 (05/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2008

Que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la solicitante a efectos de obtener la concesion solicitada, ha sido calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante el Certificado Ambiental del EIA N° 049-2007-PRODUCE/DIGAAP del 25 de MORDAZA del 2007, para desarrollar acuicultura de mayor escala; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se desprende que la solicitante ha cumplido con los requisitos sustantivos y procedimentales, establecidos en el Procedimiento N° 37 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003PRODUCE, y demas normas modificatorias; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27460 ­ Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-2001PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE, y demas normas modificatorias; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.Otorgar a la empresa COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S.A.C., concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Concha de Abanico" (Argopecten purpuratus), en un area acuatica de 84.7409035 ha, ubicada en la MORDAZA de MORDAZA Guanape, frente al distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas (DATUM WGS 84): Vertice A B C D Latitud sur 08° 31' 55.20" 08° 31' 55.20" 08° 32' 21.84" 08° 32' 21.84" Longitud oeste 78° 56' 16.44" 78° 55' 42.60" 78° 55' 42.60" 78° 56' 16.44"

motivo su otorgamiento, no acreditar la ejecucion de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento del Convenio de Conservacion, Inversion y Produccion Acuicola, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolucion Directoral, seran causales de caducidad del derecho concedido, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Articulo 5°.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de la Produccion de La MORDAZA, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZUZUNAGA ZUZUNAGA Director General de Acuicultura 246887-1

RELACIONES EXTERIORES
Oficializan el "XXIV Congreso de la Asociacion Iberoamericana de Gas LP" que se realizara en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0830-RE MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2008 VISTO: El oficio Nº 521-2008-MEM/SEG, mediante el cual el Secretario General del Ministerio de Energia y Minas, solicita la oficializacion del evento "XXIV Congreso de la Asociacion Iberoamericana de Gas LP", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 06 al 08 de MORDAZA de 2009. CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de MORDAZA es sede del evento "XXIV Congreso de la Asociacion Iberoamericana de Gas LP", que se llevara a cabo del 06 al 08 de MORDAZA de 2009, el cual viene siendo organizado por Asociacion Gas LP Peru y la Asociacion Iberoamericana de Gas LP (AIGJP); Que, el mencionado evento tiene por objetivos, entre otros, impulsal el crecimiento de la participacion del gas licuado de petroleo (GLP) en la matriz energetica de los paises del area Iberoamericana, promoviendo y facilitando su uso como combustible eficiente y respetuoso con el medio ambiente; asi como, promover el uso de los recursos energeticos de manera racional, eficiente y competitiva; De conformidad con los articulos 1 y 2 del Decreto Supremo 001-2001-RE, de fecha 03 de enero del 2001 y el inciso m) del articulo 5 del Decreto Ley 26112,Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el evento "XXIV Congreso de la Asociacion Iberoamericana de Gas LP", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 06 al 08 de MORDAZA de 2009. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 246786-1

Articulo 2°.- La concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el articulo precedente comprende, acondicionamiento del medio, obtencion de larva planctonica y semilla, siembra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesion. Articulo 3°.- La concesion a que se refieren los articulos precedentes se otorga por un plazo de treinta (30) anos, renovable por periodos iguales; debiendo el titular de la concesion cumplir con lo establecido en el Convenio de Conservacion, Inversion y Produccion Acuicola, asi como: - Tramitar ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorizacion para la ocupacion del area acuatica, en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario de otorgada la concesion. - Tramitar ante el Ministerio de la Produccion la autorizacion para la instalacion de colectores para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha actividad se realice fuera del area de la concesion otorgada. - Presentar informes semestrales a la Direccion General de Acuicultura, con MORDAZA a la Direccion Regional de la Produccion de La MORDAZA las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. - Obtener la calificacion sanitaria emitida por la Direccion de Inspeccion y Control Sanitario del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, y presentar a la Direccion General de Acuicultura y a la Direccion Regional correspondiente, MORDAZA de dar inicio a sus actividades de cosecha. Articulo 4°.- La utilizacion del objeto de la concesion con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgo, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que

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