Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2008 (05/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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a) Carpeta de Postulacion b) Ficha de Inscripcion del Postulante a la Beca MORDAZA de la Torre. c) Ficha Socio-Economica del Postulante. d) Declaracion Jurada de no haber cursado estudios de post-grado en materias priorizadas por la Beca MORDAZA de la MORDAZA, establecidas en el articulo 7º de la MORDAZA, ni encontrarse realizandolos, asi como, de no contar con otro beneficio de beca que administre, canalice y/o subvencione el Estado, conforme al instrumento que es parte integrante de la Resolucion que lo aprueba. e) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad. f) MORDAZA del Grado Academico de Bachiller o Titulo Profesional Universitario, expedido por Universidad Peruana. g) MORDAZA de los Certificados de Estudios Universitarios. h) MORDAZA de la MORDAZA expedida por la Universidad donde el postulante curso sus estudios, a traves de la cual se acredite su ubicacion en el MORDAZA Superior dentro del Cuadro de Orden de Meritos. La documentacion a la que hace referencia los incisos a, b, c y d seran proporcionados gratuitamente por la Oficina de Becas y Credito Educativo ­ OBEC. Las copias simples deberan ser autenticadas por el Fedatario de la Oficina de Becas y Credito Educativo ­ OBEC, del Ministerio de Educacion y/o de sus organos desconcentrados en provincias. CAPITULO IV DE LOS CRITERIOS PARA LA ASIGNACION DE LAS BECAS Articulo 14º.- Para la evaluacion del desempeno academico del postulante, se tendra en cuenta: a) Los certificados de estudios universitarios y la MORDAZA de haber ocupado el MORDAZA superior en el cuadro de orden de meritos. b) El grado academico de bachiller o titulo profesional universitario, expedido por universidad peruana. La pertinencia y/o afinidad del grado academico de bachiller o titulo profesional universitario, con la maestria en materia cientifica y tecnologica, a la cual se postula, sera valorada por el Comite de Seleccion. Articulo 15º.- La evaluacion de la condicion socioeconomica del postulante, se realizara a traves de la Ficha Socio-Economica del Postulante y el Instrumento Matriz de Evaluacion de la Condicion Socio-Economica del Postulante. Articulo 16º.- La calificacion final sera el resultado de la ponderacion que realice el Comite de Seleccion, ante la aplicacion de los criterios de evaluacion que preve los articulos 14º y 15º de la presente norma. Dicho colegiado, expide la relacion de becarios beneficiados segun el orden de meritos alcanzados por el postulante. CAPITULO V DE LA CONVOCATORIA Y DEL MORDAZA DE OTORGAMIENTO DE LA BECA MORDAZA DE LA MORDAZA Articulo 17°.- La convocatoria se realizara a traves del MORDAZA institucional del Ministerio de Educacion, el Diario Oficial El Peruano y diferentes medios de comunicacion masiva en el MORDAZA, a fin de que se brinde informacion oportuna y descentralizada respecto de las diversas etapas del otorgamiento de la Beca MORDAZA de la Torre. Articulo 18°.- Los postulantes que reunan los requisitos y condiciones previstos en el articulo 12º de la MORDAZA, deberan adjuntar la totalidad de la documentacion exigida en el articulo 13º de la misma, en la sede legal de la Oficina de Becas y Credito Educativo ­ OBEC, de manera directa o a traves de cualquier servicio de correos o mensajeria, bajo su costo, debiendose de respetar para el envio de la documentacion el "Rotulo de Remitente y Destinatario", instrumento que es parte integrante de la Resolucion que lo aprueba.

Las diferentes etapas del MORDAZA de otorgamiento de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, son de caracter eliminatorio y sus resultados se publican en el MORDAZA institucional del Ministerio de Educacion, en el Diario Oficial El Peruano y a traves de los diferentes medios de comunicacion masiva en el pais. Articulo 19°.- El MORDAZA de otorgamiento de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, consta de dos etapas: a) La Etapa de Pre Calificacion Esta a cargo del Comite de Pre Calificacion instituido por la Oficina de Becas y Credito Educativo ­ OBEC, el cual verificara el cumplimiento de cada uno de los requisitos, condiciones y documentacion establecida por los articulos 12 y 13 de la MORDAZA y declarara a los postulantes pre calificados que pasan a la Etapa de Seleccion. b) La Etapa de Seleccion Esta a cargo del Comite de Seleccion, el cual sera designado por el Ministerio de Educacion, quien luego del MORDAZA de evaluacion de los candidatos pre-calificados, determinara a los beneficiados de la Beca MORDAZA de la Torre. CAPITULO VI DE LA ADJUDICACION Y EJECUTIBILIDAD DE LAS BECAS Articulo 20°.- El Comite de Seleccion otorga las becas, conforme el orden de merito obtenido por los postulantes, suscribiendose, para tales efectos, el Acta de su proposito, la cual sera remitida a la Oficina de Becas y Credito Educativo-OBEC. El fallo del colegiado es inapelable. Articulo 21º.- La ejecutabilidad de la beca en las universidades, esta sujeta al MORDAZA de admision y/ o aceptacion del beneficiado en la entidad educativa, segun las regulaciones contenidas en el Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito con cada una de ellas, al que hace referencia el articulo 11º de la presente norma. En caso de su admision, la universidad procede a realizar la matricula del becario, conforme lo establece el Convenio, caso contrario, la beca otorgada quedara automaticamente resuelta. CAPITULO VII DE LA OBTENCION DEL GRADO ACADEMICO Articulo 22º.- Los becarios contaran con el financiamiento de la Beca MORDAZA de la MORDAZA y se encuentran obligados a presentar y obtener el grado de Maestro, dentro del semestre sobreviniente a la culminacion de sus estudios de post-grado, plazo que excepcionalmente sera MORDAZA por causas imputables a la Universidad o al Ministerio de Educacion. Articulo 23º.- La Oficina de Becas y Credito Educativo - OBEC, coordinara con las universidades con las cuales se MORDAZA suscrito Convenios de Cooperacion Interinstitucionales, para que faciliten a los becarios la realizacion de las tesis desde la iniciacion de sus estudios, las que deberan estar orientadas a resolver las demandas de la realidad nacional, tomando como referente el Plan Nacional de Ciencia y Tecnologia del CONCYTEC. CAPITULO VIII DEL SISTEMA DE PAGO, RENDIMIENTO ACADEMICO Y SEGUIMIENTO Articulo 24°.- Los costos de las becas seran abonados por el Ministerio de Educacion, a traves de la Oficina de Becas y Credito Educativo ­ OPEC, de conformidad con el articulo 8º de la presente MORDAZA y las regulaciones contenidas en los Convenios de Cooperacion Interinstitucionales suscritos. Articulo 25°.- El control de pagos hacia las universidades, referentes a la cobertura economica de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, asi como el seguimiento del rendimiento academico de los becarios, se realiza a

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