Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2008 (06/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 6 de setiembre de 2008

poner en marcha y desarrollar una Universidad o Escuela de Postgrado Particular no perteneciente a Universidades, con previsiones economicas para sus diez primeros anos de funcionamiento; de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 8º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de Octubre de 2004 (En Adelante el Reglamento); Que, en el Articulo 14º del Reglamento, se establecen los requisitos que comprende el Proyecto de Desarrollo Institucional; y en el articulo 21º del Reglamento MORDAZA referido, se establece que: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para la evaluacion de admision a tramite de la solicitud... Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de Mesa de Partes, ingresara oficialmente el expediente y lo remitira a la Secretaria General para que remita la parte a) a la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos y la parte b) a la Comision Juridica, quienes dispondran de cinco dias calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgara a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, por el Oficio Nº 807-2008-CONAFU-P de fecha 15 de MORDAZA del 2008, se remiten las observaciones formuladas a la Parte "A" y "B" del Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA Fe; a fin de que el proyecto Universitario cumpla con subsanar las observaciones remitidas; Que, por Oficio Nº 005-2008-UPSF-PROM recibido en fecha 18 de junio del 2008, el Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Promotor del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA Fe, hace llegar el Levantamiento de Observaciones contenidas en el Oficio Nº 807-2008-CONAFU-P; Que, con Oficio Nº 508-2008-CONAFU-CDAA de fecha 7 de MORDAZA del 2008, el Consejero de Asuntos Academicos, informa que la Promotora del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA Fe ha cumplido con subsanar todas la observaciones advertidas de la Parte A de su Proyecto de manera conforme; Que, con Informe Legal Nº 191-2008-CONAFU-CJ de fecha 24 de junio del 2008, la Comision Juridica informa al Pleno del CONAFU, que el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA Fe, ha cumplido en forma debida con subsanar todas las observaciones advertidas a los requisitos de admisibilidad correspondiente a la Parte B del PDI presentado, por lo que opina se admite a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento presentada; Que, en el articulo 22º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables, la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite"; Que, con fecha 7 de agosto del 2008 se ha llevado a cabo la entrevista de los Promotores y Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA Fe, con los miembros del Pleno del CONAFU; en cumplimiento con la MORDAZA descrita en el parrafo anterior; Que, en sesion de fecha 11 y 12 de agosto del 2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 312-2008-CONAFU acuerda admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA Fe, presentado por el Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Promotor del proyecto universitario, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria de Sistemas, 2) Contabilidad,

3) Estomatologia, 4) Derecho, 5) Ingenieria Civil; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Por estas Consideraciones; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA Fe, presentado por el Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Promotor del Proyecto Universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria de Sistemas, 2) Contabilidad, 3) Estomatologia, 4) Derecho, 5) Ingenieria Civil. Articulo Segundo.- Prosigase con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA Fe, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de Octubre de 2004 y toda la normatividad vigente del CONAFU . Articulo Tercero.- Solicitar a la Asamblea Nacional de Rectores dar tramite a los actos administrativos que permitan la ejecucion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente JIMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 247509-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Habilitan hologramas para MORDAZA de MORDAZA de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008, a realizarse el 7 de diciembre
RESOLUCION JEFATURAL Nº 101-2008-J/ONPE MORDAZA, 2 de septiembre de 2008. VISTOS: Los Memorandos Nºs. 239 y 259-2008-GGE/ ONPE de la Gerencia de Gestion Electoral; asi como el Memorando Nº 336-2008-OGAJ/ONPE y el Informe Nº 0772008-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 211-2008-JNE publicada en el diario oficial El Peruano el 30 de MORDAZA de 2008, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el MORDAZA 7 de diciembre de 2008, en diversas circunscripciones de la Republica; Que, de conformidad con el articulo 37º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion y su Ley Organica; Que, segun lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Organica de la ONPE, Ley Nº 26487, este organismo tiene como funcion esencial velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular, manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, en el literal c) de su articulo 5º se establece como funcion de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas

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