NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (07/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de setiembre de 2008 379331 Peruano, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4º.- DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y noti fi que a la Sub Jefatura, Dirección Nacional de Logística, Órgano de Control Institucional, Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina de Administración, O fi cina de Asesoría Jurídica y a la O fi cina de Estadística y Telemática, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CIRO MOSQUEIRA LOVÓN Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil 248496-1 ECONOMIA Y FINANZAS Establecen monto aprobado de la previsión presupuestaria del mes de setiembre como parte de la Previsión Trimestral Mensualizada del Tercer Trimestre del año fiscal 2008 para los pliegos del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 051-2008-EF/76.01 Lima, 4 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO : Que, la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, ha establecido en su Cuadragésima Segunda Disposición Final que la aprobación del Calendario de Compromisos se sujeta a la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada que aprueba la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, en atención a la actual coyuntura económica que atraviesa el país, es necesario dejar en suspenso hasta el 31 de diciembre del año fi scal 2008, el numeral 5.4 del artículo 5º de la Directiva N° 015-2007-EF/76.01 – “La Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) y la aprobación de Calendario de Compromisos para el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales” y para tal efecto, la Dirección Nacional del Presupuesto Público comunicará a los Pliegos mediante O fi cio el monto de la PPTM, debiendo ser formalizadas dichas modi fi caciones mediante Resolución Directoral dentro de los diez (10) días calendario de concluido el período que autoriza la Previsión Presupuestaria Trimestral respectiva; Que, adicionalmente, es necesario aprobar el monto de la previsión presupuestaria del mes de setiembre, por toda Fuente de Financiamiento como parte de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Tercer Trimestre, asignada en los grupos genéricos de gastos no considerados en la Resolución Directoral Nº 049-2008-EF/76.01; Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3° literal f) de la Ley N° 29144 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° literales d) y e) de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se considera necesario asignar la previsión presupuestaria correspondiente al mes de setiembre, como parte de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Tercer Trimestre, para los pliegos del Gobierno Nacional y los pliegos del Gobierno Regional, a nivel de Pliego, Categoría del Gasto, Grupo Genérico de Gasto y por Fuentes de Financiamiento; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º literales d) y e) de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, según el artículo 13° de la Ley Nº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, el artículo 3º literal f) de la Ley Nº 29144 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 y el segundo párrafo de la Cuadragésima Segunda Disposición Final de la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Establecer, excepcionalmente, el monto aprobado de la previsión presupuestaria correspondiente al mes de setiembre, como parte de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Tercer Trimestre del año fi scal 2008 para los pliegos del Gobierno Nacional y pliegos del Gobierno Regional, asignada en los grupos genéricos de gastos no considerados en la Resolución Directoral Nº 049-2008-EF/76.01, ascendente a la suma de UN MIL SEISCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 622 798 403,00), por toda Fuente de Financiamiento, de acuerdo al detalle que fi gura en el Anexo de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- La Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada se aprobará por todas las Fuentes de Financiamiento. Artículo 3º.- La previsión presupuestaria aprobada para el mes de setiembre no convalida las acciones que no se ciñan a las disposiciones legales vigentes, ni constituye sustento legal ni técnico para autorizar gastos que no cuenten con la base legal respectiva. Artículo 4º.- Disponer excepcionalmente hasta el 31 de diciembre del año fi scal 2008, que todas las modi fi caciones para efectos de ampliar la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada se comunican mediante O fi cio de la Dirección Nacional del Presupuesto Público previa solicitud de la O fi cina de Presupuesto del pliego o la que haga sus veces. Dicha solicitud se efectúa a través del o fi cio correspondiente que adjunta un informe sustentatorio que contendrá: la disponibilidad de los créditos presupuestarios respectivos, a nivel de pliego, grupo genérico del gasto y fuente de fi nanciamiento. Las modi fi caciones son formalizadas mediante Resolución Directoral dentro de los diez (10) días calendario de concluido el período que autoriza la Previsión Presupuestaria Trimestral respectiva. Para efecto de lo antes indicado déjese en suspenso hasta el 31 de diciembre del año 2008 el numeral 5.4 del artículo 5° de la Directiva N° 015-2007-EF/76.01. Artículo 5º.- Dejar en suspenso las disposiciones de la Directiva N° 015-2007-EF/76.01 – “La Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) y la aprobación de Calendario de Compromisos para el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales”, que se opongan a la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público LEY Nº 29142 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2008 ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 051-2008-EF/76.01 PREVISION PRESUPUESTARIA TRIMESTRAL MENSUALIZADA PPTM - SETIEMBRE DEL AÑO FISCAL 2008 ( EN NUEVOS SOLES ) GOBIERNO NACIONAL SETIEMBRE RECURSOS ORDINARIOS 878,519,591 GASTOS CORRIENTES 331,149,226 BIENES Y SERVICIOS 270,258,421 OTROS GASTOS CORRIENTES 60,890,805 GASTOS DE CAPITAL 547,370,365 INVERSIONES 419,775,303 OTROS GASTOS DE CAPITAL 127,595,062 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 228,850,551