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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (07/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de setiembre de 2008 379346 De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley Nº 27972, Ley Nº 26878, Ordenanzas Nº 893-MML, Nº 341-MML, Nº 909-MML, Nº 836-MML y 513-MML. RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso de Comercio Metropolitano - CM, de conformidad con el plano signado con el Nº 004-2008-MML-GDU-SPHU, del terreno de 137.685 m2, ubicado en la Avenida Colonial (antes Oscar R. Benavides Nº 589-593-599), distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, Artículo 2º.- DECLARAR cumplida por el señor FREDDY ANDRES TUBILLAS GRADOS, de conformidad con el plano signado con el Nº 004-2008-MML-GDU-SPHU, la ejecución de las obras de Habilitación Urbana, del terreno de 137.685 m2, cuya Regularización se aprueba en el Artículo 1º; siendo el Cuadro General de Áreas que se recepciona el siguiente: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA 137.685 m² AREA UTIL 137.685 m²AREA DE VIAS 0.00 m² Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 836- MML, establece los aportes reglamentarios que deben ceder las habilitaciones y que a continuación se detalla, conforme a la Zoni fi cación Comercio Metropolitano “CM”: Aporte Reglamentario Ordenanza Nº 836-MML Área Proyecto Dé fi cit (*) Parques Zonales (SERPAR)5 % 6.884 m² 0.00 m² 6.884 m² Renovación Urbana (FOMUR)3 % 4.130 m² 0.00 m² 4.130 m² Servicios Públicos Complementarios (Otros Fines)2 % 2.754 m² 0.00 m² 2.754 m² (*) La Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas, acepta la redención en dinero de los dé fi cit de aportes, de conformidad a lo establecido en el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML. Artículo 3º.- ACEPTAR la redención en dinero del défi cit de aporte para Parque Zonal (SERPAR) de 6.884 m2, Renovación Urbana (FOMUR) de 4.130 m2 y para Otros Fines de 2.754 m2, establecido en la Ordenanza Nº 836-MML; Artículo 4º.- DAR POR CANCELADA la Valorización Nº 004-2008-MML-GDU-SPHU, de fecha 17 de setiembre de 2007, por concepto del dé fi cit de aporte para Otros Fines de 2.754 m², efectuada mediante Recibo Nº 0189783 de fecha 24 de setiembre de 2007; así como los dé fi cit de aporte para Parque Zonal (SERPAR) de 6.884 m2 y para Renovación Urbana (FOMUR) de 4.130 m2 efectuados ante SERPAR LIMA y EMILIMA S.A. respectivamente; Artículo 5º.- NOTIFICAR la presente Resolución al señor FREDDY ANDRES TUBILLAS GRADOS, para su conocimiento y fi nes. Artículo 6º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, SERPAR, EMILIMA, Instituto Metropolitano de Plani fi cación, División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras y a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus competencias. Artículo 7º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a cargo del propietario del predio objeto de Habilitación Urbana, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir de la noti fi cación de la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento y Habilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 248046-1MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Establecen Beneficio Tributario para el cumplimiento de obligaciones tributarias, a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 060-2008/MLV La Victoria, 4 de setiembre de 2008El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO:VISTO; en la Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 019-2008-CPRDE-CPPPAL de las Comisiones Permanentes detentas y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y ; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los artículos 74º y 194° de la Constitución Política del Perú las Municipalidades tienen autonomía política, económica, administrativa, en los asuntos de su competencia, y ejercen su potestad tributaria, para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de su jurisdicción, la que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, conforme se establece en el numeral 4) del artículo 200° de la Constitución Política del Perú; Que, dicha potestad es reconocida por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la misma que en el artículo 69º numerales 1) y 2) establece como rentas municipales: los tributos creados por ley a su favor, así como las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal; Que, del mismo modo el artículo 9º numeral 8 de la referida ley establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas; Que, el artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 981, publicado el 15 de marzo de 2007, que sustituyó el último párrafo del artículo 41º del Código Tributario, señala que la condonación alcanza a los intereses, sanciones, contribuciones y tasas; Que, mediante Memorando Nº 458-2008-GR-MDLV de fecha 19 de agosto de 2008, la Gerencia de Rentas presenta el Proyecto de Ordenanza que otorga incentivos de bene fi cios tributarios para los contribuyentes de la Municipalidad de La Victoria que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias formales y sustanciales, vinculadas al Impuesto Predial y Arbitrios, dentro del plazo de vigencia de la norma; Que, el indicado bene fi cio es de carácter extraordinario y tiene por fi nalidad otorgar a los contribuyentes, la oportunidad de cumplir con sus obligaciones tributarias que adeuden a esta municipalidad; Que, los bene fi cios propuestos constituyen un mecanismo para incentivar el cumplimiento de parte de los vecinos que por diversas razones se han atrasado en sus pagos, por lo que los montos que se perciban, compensarán la suma que por intereses moratorios y descuentos en el monto insoluto del Impuesto Predial y Arbitrios se dejarán de percibir; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 564-08-GAJ/MDLV de fecha 27 de agosto del año en curso concluye que, la Ordenanza propuesta se encuentra acorde con el marco legal vigente de la materia; En mérito a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades otorgadas en la Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: