NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (12/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de setiembre de 2008 379566 mencionadas, autorizando la continuación con la ejecución de las acciones necesarias para la atención de emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas. Que, mediante RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 276- AMPI, se aprueba una Transferencia Financiera por parte del Ministerio de Vivienda y Saneamiento por S/. 164,201.00 (Ciento Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Uno y 00/100 Nuevos Soles) para fi nanciar actividades en materia de viviendas y compra de calaminas dirigidas a la rehabilitación de las zonas de la jurisdicción declaradas en emergencia. Que, el Inc. “C” del Art. 19 del Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece que están exonerados de los procesos de Selección las adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situación de Emergencia declaradas, según la citada Ley. Que, de conformidad con el Art. 22 de la norma citada en el considerando precedente, se entiende como situación de Emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, quedando la entidad exonerada de la tramitación del expediente Administrativo, pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida. Que, por su parte el Art. 142 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, después de lo cual deberá convocar el proceso de Selección que corresponda. Que, así mismo el precitado Art. 142 señala que toda Contratación o Adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los (10) días siguientes de la fi nalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad publicando la Resolución Correspondiente y remitiéndolo Junto con el Informe Técnico -Legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (CONSUCODE) , así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de ejecución de la prestaciones. Que, de acuerdo a INFORME TECNICO Nº 125-2008- DDU/MDLA y al Informe Legal Nº 070-2008-MDLA/AL, se sustentan técnicamente la compra de Módulos de Viviendas de Madera económicas se encuentra dentro de las acciones de emergencia que puede realizar la Entidad, por lo que es procedente su exoneración, al haberse confi gurado la causal de emergencia establecida en la normatividad de contratación pública, ya que se atenderá con módulos de viviendas temporales las necesidades de la población de escasos recursos económicos propendiéndose el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de la zona.Que, en tal sentido, corresponde emitir el Acuerdo de Concejo de Aprobación de la Exoneración correspondiente, a fi n de proceder a la referida contratación directa, sustentada en el Informe Técnico Nº 125 -2008 y al Informe Legal Nº 070-2008, debiendo de incluirse la adquisición precitada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Los Aquijes de Ica del año 2008 De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones, Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y de conformidad con lo establecido en el artículo 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, sometió a debate, las deliberaciones del caso; con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de acta, adoptó por UNANIMIDAD lo siguiente; ACUERDO:Artículo 1º.- APROBAR LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR CAUSAL DE SITUACIÓN DE EMERGENCIA del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía 009-2008-MDLA (EXO), correspondiente a la “Adquisición de Módulos de Madera Temporales para Vivienda.”, por la suma de S/. 164,201.00 (Ciento Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Uno y 00/100 Nuevos Soles) proveniente del fi nanciamiento aprobado por el Ministerio de Vivienda y Saneamiento. Artículo 2º.- Modifi car el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Los Aquijes, para el año Fiscal 2008, a fi n de incluir la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 009-2008-MDLA (EXO), correspondiente a la Adquisición de Módulos de Madera para Vivienda a ser distribuido a la población más necesitada. Artículo 3º .- Disponer que la Secretaria General remita en forma Inmediata copia de la Presente Resolución y de los Informes Técnico y Legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE y que se encargue de su publicación a través del Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Encargar la adquisición citada precedentemente al Comité Especial Permanente de Adquisiciones de Menor Cuantía de la Municipalidad Distrital de Los Aquijes de Ica y deberá sujetarse a lo que dispone el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. POR TANTO:Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese .CARLOS ENRIQUE OSORIO VARGAS Alcalde 249811-1 REQUISITO PARA PUBLICACI ÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe