Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

mencionadas, autorizando la continuacion con la ejecucion de las acciones necesarias para la atencion de emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas. Que, mediante RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 276AMPI, se aprueba una Transferencia Financiera por parte del Ministerio de Vivienda y Saneamiento por S/. 164,201.00 (Ciento Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Uno y 00/100 Nuevos Soles) para financiar actividades en materia de viviendas y compra de calaminas dirigidas a la rehabilitacion de las zonas de la jurisdiccion declaradas en emergencia. Que, el Inc. "C" del Art. 19 del Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece que estan exonerados de los procesos de Seleccion las adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de Emergencia declaradas, segun la citada Ley. Que, de conformidad con el Art. 22 de la MORDAZA citada en el considerando precedente, se entiende como situacion de Emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la entidad exonerada de la tramitacion del expediente Administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida. Que, por su parte el Art. 142 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar el MORDAZA de Seleccion que corresponda. Que, asi mismo el precitado Art. 142 senala que toda Contratacion o Adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los (10) dias siguientes de la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad publicando la Resolucion Correspondiente y remitiendolo Junto con el Informe Tecnico -Legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (CONSUCODE) , asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de la prestaciones. Que, de acuerdo a INFORME TECNICO Nº 125-2008DDU/MDLA y al Informe Legal Nº 070-2008-MDLA/AL, se sustentan tecnicamente la compra de Modulos de Viviendas de MORDAZA economicas se encuentra dentro de las acciones de emergencia que puede realizar la Entidad, por lo que es procedente su exoneracion, al haberse configurado la causal de emergencia establecida en la normatividad de contratacion publica, ya que se atendera con modulos de viviendas temporales las necesidades de la poblacion de escasos recursos economicos propendiendose el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de la zona.

Que, en tal sentido, corresponde emitir el Acuerdo de Concejo de Aprobacion de la Exoneracion correspondiente, a fin de proceder a la referida contratacion directa, sustentada en el Informe Tecnico Nº 125 -2008 y al Informe Legal Nº 070-2008, debiendo de incluirse la adquisicion precitada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Los Aquijes de Ica del ano 2008 De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones, Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y de conformidad con lo establecido en el articulo 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, sometio a debate, las deliberaciones del caso; con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion de acta, adopto por UNANIMIDAD lo siguiente; ACUERDO:

Articulo 1º.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION POR CAUSAL DE SITUACION DE EMERGENCIA del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia 009-2008-MDLA (EXO), correspondiente a la "Adquisicion de Modulos de MORDAZA Temporales para Vivienda.", por la suma de S/. 164,201.00 (Ciento Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Uno y 00/100 Nuevos Soles) proveniente del financiamiento aprobado por el Ministerio de Vivienda y Saneamiento. Articulo 2º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Los Aquijes, para el ano Fiscal 2008, a fin de incluir la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 009-2008-MDLA (EXO), correspondiente a la Adquisicion de Modulos de MORDAZA para Vivienda a ser distribuido a la poblacion mas necesitada. Articulo 3º .- Disponer que la Secretaria General remita en forma Inmediata MORDAZA de la Presente Resolucion y de los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE y que se encargue de su publicacion a traves del Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Encargar la adquisicion citada precedentemente al Comite Especial Permanente de Adquisiciones de Menor Cuantia de la Municipalidad Distrital de Los Aquijes de Ica y debera sujetarse a lo que dispone el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. POR TANTO: Registrese, publiquese, cumplase y archivese . MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 249811-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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