Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Ordenanza que regula la instalacion y funcionamiento de los "Paneles de Informacion Variable - PIV" (Telemaforo)
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000044 Callao, 8 de agosto de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO. POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion fecha 8 AGO. de 2008; aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en el articulo 194, senala que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en el Articulo IV del Titulo Preliminar establece que los gobiernos locales promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales; en el articulo 9, inciso 29) establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas, asi como el regimen de administracion de los servicios publicos locales y en el articulo 81 numeral 1.3 establece que corresponde a la Municipalidad Provincial normar, regular, organizar y mantener los sistemas de senalizacion y semaforos y regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, la Ley General de MORDAZA Terrestre Nº 27181 establece los lineamientos generales economicos, organizacionales y reglamentarios del transporte y MORDAZA terrestre y rige en todo el territorio de la Republica; Que el Reglamento Nacional de MORDAZA, Decreto Supremo N° 033- 2001-MTC, en el articulo 33 establece que la regulacion del MORDAZA en la via publica, debe efectuarse mediante senales verticales, MORDAZA en la calzada, semaforos, senales luminosas y dispositivos auxiliares y que la instalacion mantenimiento y renovacion de los dispositivos de regulacion de MORDAZA, en las vias urbanas de su jurisdiccion es de competencia de las municipalidades provinciales y se ejecutara conforme a lo establecido en el citado Reglamento. Que, en la sesion de la fecha se emitio el Acuerdo de Concejo N° 000189 que autoriza la promulgacion de la presente Ordenanza, aprueba el Dictamen N° 02-2008MPC-SR-CT de la Comision de Transportes y cuenta como antecedentes el Memorando N° 1580-2008-MPCGGTU de la Gerencia General de Transporte MORDAZA, Informe N° 023-2008-MPC/GGTU-GTT-AAT, del Area de Asesoria Tecnica de la Gerencia de Transporte y MORDAZA, dependiente de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y con el Informe N° 187-2008-MPC/ GGAJC-SGCA de la Subgerencia de Coordinacion y Apoyo de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, los cuales son de opinion favorable a la promulgacion de la presente Ordenanza, indicando que los Paneles de Informacion Variable-PIV (Telemaforo), tienen el objeto de brindar un servicio de advertencias de MORDAZA y publicidad de temas educativos en la via publica distinguiendose de los carteles convencionales.

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Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 9 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal Provincial del Callao aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS "PANELES DE INFORMACION VARIABLE ­ PIV" (TELEMAFORO)

Articulo 1. ALCANCE La presente Ordenanza establece las disposiciones normativas generales de regulacion para la instalacion y funcionamiento de los "Paneles de Informacion Variable ­ PIV" en la Provincia Constitucional del Callao, sobre la que ejerce jurisdiccion exclusiva la Municipalidad Provincial del Callao. En MORDAZA con las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza Municipal el senor MORDAZA expedira las normas municipales que MORDAZA necesarias para su aplicacion. Articulo 2.- DEFINICION Se entiende por "Paneles de Informacion Variable ­ PIV" a los paneles luminosos electronicos inteligentes que se instalan al lado del semaforo regulador del MORDAZA y que comandados en forma remota, se programan para exhibir secuencias de textos e imagenes a los automotores y peatones que se detienen frente a cada luz roja mientras esta este encendida. Articulo 3.- AMBITO DE APLICACION Se encuentran inmersos en los alcances de la presente Ordenanza los semaforos ubicados en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 4.- OBJETO Los "Paneles de Informacion Variable ­ PIV" tienen por objeto brindar un servicio de advertencias de MORDAZA y publicidad de temas educativos en la via publica, distinguiendose de los carteles convencionales, porque no perturba la atencion necesaria que requieren los conductores y peatones, ajustandose su diseno y comportamiento a la reglamentacion convencional para el control del MORDAZA, establecido en el Reglamento Nacional de Transito. Articulo 5.- FUNCIONES 1. Dotar al sistema existente de ordenamiento del MORDAZA (semaforos), de mayores y mejores condiciones para la correcta e inequivoca interpretacion de la senal de PARE o luz roja (senal internacional de peligro) y es la que se tiende a no respetar puesto que determina una interrupcion de la corriente vehicular. 2. Proveer al sistema de la capacidad para transmitir ese espacio ocioso que lo constituye el detenerse en la luz roja (sin obstruir el flujo de vehiculos y peatones) informacion variable, advertencias de transito. Articulo 6.- CARACTERISTICAS Los "Paneles de Informacion Variable ­ PIV" materia de la presente Ordenanza tendran las siguientes caracteristicas:

1. Forma rectangular con diseno aerodinamico en MORDAZA con las instalaciones existentes, cuyas dimensiones maximas seran aprobadas por la Gerencia General de Transporte Urbano. 2. Su uso podra ser de forma horizontal o vertical, segun el MORDAZA de semaforo al que se acople, ya sea este de mensula (pendiente sobre la calzada) o de pie (emplazado sobre la vereda de la calzada). 3. Debera ser construido en material de fibra o policarbonato y pintado de identico color al semaforo, con fondo ciego y a cuyo frente, abierto, llevara una placa acrilica semitransparente color MORDAZA mate, para evitar reflejos no deseados. 4. El cajon o receptaculo conformara un compartimiento "estanco" para albergar el sistema electronico con la

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