Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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cuenta con los requisitos establecidos en el articulo 18° de la presente Ordenanza o en el MORDAZA vigente. 4. La Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria verifica la zonificacion y compatibilidad de uso segun el giro y ubicacion del establecimiento consignados en la solicitud, de ser improcedente, elabora y suscribe la Resolucion de improcedencia o denegatoria y notifica la misma al administrado, continua en el punto numero 5. de lo contrario el procedimiento continua numeral 6. 5. Se adjunta al expediente el cargo de la notificacion y una MORDAZA de la Resolucion, procediendo a registrar el resultado en la base de datos de la Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria. 6. Verificacion de la informacion respecto a las caracteristicas del establecimiento. Si el establecimiento cumple con las caracteristicas de la categoria A, el procedimiento continua de acuerdo a lo especificado en el numeral 6.1 y subsiguientes, de lo contrario podra continuar en el numeral 6.2 y subsiguientes o en el numeral 6.3 y subsiguientes.

e informando a la Gerencia de Policia Municipal y Control de la MORDAZA para que se apliquen las sanciones que correspondan. 10. La Sub Gerencia de Defensa Civil a traves de un inspector de seguridad, procedera a realizar el levantamiento de observaciones, vencido el plazo senalado en el Informe, dejando MORDAZA de ello en un Acta. 11. El inspector, mediante informe, remite a su superior jerarquico con MORDAZA a la Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria, el acta de levantamiento de observaciones. Si el administrado levanto las observaciones exitosamente, el procedimiento continua en el numeral 6.1.7., de lo contrario continua en el numeral 6.1.9. y siguiente. 2. Continuacion del Procedimiento para las solicitudes con propuesta de establecimiento de categoria B 1. La Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria, deriva el expediente a la Sub Gerencia de Defensa Civil, para que programe la Inspeccion Tecnica Basica de Seguridad en Defensa Civil. 2. El Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil asignado, procedera con la ITBSDC y dejara una MORDAZA del Acta de la diligencia como MORDAZA de ello. 3. El Inspector elabora el informe correspondiente y envia una MORDAZA a la Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria. En caso de conformidad continua en el punto 6.2.4. y 6.2.5., de lo contrario continua en el punto 6.2.6. 4. La Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria procede a elaborar y suscribir la Resolucion de procedencia y el Certificado de la Licencia de Funcionamiento. 5. La Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria notifica al administrado o le entrega los resultados (Resolucion y Certificado) en caso que se MORDAZA acercado a la Municipalidad a recogerlos. Continua en el numeral 5. 6. La Sub Gerencia de Defensa Civil notifica al administrado el Informe de Inspeccion Tecnica Basica en Defensa Civil, en el que consta las observaciones sobre el incumplimiento de las condiciones de seguridad y el plazo para su subsanacion el cual no podra exceder los doce (12) dias. Asimismo se le otorga un plazo MORDAZA de dos dias habiles para que solicite ante Municipalidad la ejecucion del procedimiento de levantamiento de observaciones. En caso de no solicitar el levantamiento de observaciones continua en el numeral 6.2.7., de lo contrario continua en el numeral 6.1.10. 7. La Sub Gerencia de Defensa Civil informara a la Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria que el administrado no ha solicitado el levantamiento de observaciones oportunamente. Continua en el numeral 4. y 5. 3. Continuacion del Procedimiento para las solicitudes con propuesta de establecimiento de categoria C 1. La Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria verifica que adjunto a la Solicitud - Declaracion Jurada el administrado MORDAZA adjuntado el Certificado de la Inspeccion Tecnica de Detalle o Multidisciplinaria segun sea el caso y que los datos del objeto de Inspeccion concuerden con los datos consignados en la Solicitud - Declaracion Jurada. De contar con todos los requisitos conformes, continua en el numeral 6.3.2. y subsiguientes, de lo contrario continua en el numeral 4. y 5. 2. Elaboracion y suscripcion de la Resolucion de procedencia y Certificado de Licencia de Funcionamiento por parte de la Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria. 3. Se notifica o entrega al administrado los resultados (Resolucion y Certificado) en caso que se acerque a la Municipalidad a recogerlos. Continua en el numeral 5.

1. Continuacion del Procedimiento para las solicitudes con propuesta de establecimiento de categoria A 1. Verificacion de la Declaracion Jurada de observancia de condiciones de seguridad en Defensa Civil y segun el caso de otros requisitos de acuerdo a lo estipulado en el Articulo 18° de la presente ordenanza. En caso de observarse alguna irregularidad en los requisitos se procede a notificar al administrado otorgandole un plazo perentorio para su regularizacion, si pasado el mismo el administrado no cumple con la regularizacion respectiva, el procedimiento continua de acuerdo a lo senalado en el numeral 4. de lo contrario continua en el numeral 6.1.2. 2. Elaboracion y suscripcion de la resolucion de procedencia y certificado de Licencia de Funcionamiento por parte de la Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria. 3. Se notifica o se entrega al administrado los resultados (resolucion y certificado) en caso que se acerque a la municipalidad a recogerlos. Continua en el numeral 5. y luego en el 6.1.4. 4. Informe a la Sub Gerencia de Defensa Civil para la programacion y realizacion de la verificacion de condiciones de seguridad declaradas. 5. El inspector tecnico de seguridad en Defensa Civil asignado, procedera con la verificacion de las condiciones de seguridad declaradas, dejando un acta con el administrado como MORDAZA de la verificacion. 6. El inspector elabora el informe de verificacion de condiciones de Seguridad Declaradas y envia una MORDAZA a la Sub Gerencia de de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria. En caso de conformidad continua en el punto 6.1.7., de lo contrario continua en el punto 6.1.8. 7. La Sub Gerencia de Defensa Civil elabora y suscribe el Certificado de Seguridad en Defensa Civil, notificando al administrado dicho resultado. 8. La Sub Gerencia de Defensa Civil envia a la Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria y al administrado el Informe de Verificacion de las Condiciones de Seguridad Declaradas, el que consta de las observaciones sobre el incumplimiento de las condiciones de seguridad y el plazo para su subsanacion el cual no podra exceder los doce (12) dias. Asi mismo se le otorga un plazo MORDAZA de dos dias habiles para que solicite ante la Municipalidad la ejecucion del procedimiento de Levantamiento de Observaciones. En caso de que el administrado no solicite el levantamiento de observaciones, la Sub Gerencia de Defensa Civil lo comunicara a la Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria y continua en el numeral 6.1.9. y 6.1.10., de lo contrario continua en el numeral 6.1.11. 9. La Sub Gerencia de Registro, Licencias y Orientacion Tributaria procedera a elaborar informar a la Gerencia Municipal para que emita la resolucion de revocatoria de la licencia de funcionamiento notificando al administrado

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