NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (12/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 54
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de setiembre de 2008 379556 VISTOS, el Memorando Nº 605-2008-GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal, el Informe Nº 314-2008-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Memorando Nº 416-2008-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Memorando Nº 518-2008-GDU/MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1014, norma que establece medidas para propiciar la inversión en materia de servicios públicos y obras públicas de infraestructura, dispone en su artículo 4º que los montos por derecho de tramitación para los procedimientos administrativos de acceso o conexión domiciliaria de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, transmisión y distribución de electricidad y alumbrado público, gas natural y telecomunicaciones, no podrá exceder del 1% de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT vigente; Que, en tal sentido, resulta necesario adecuar el costo del derecho de tramitación del procedimiento Nº 7.04 “Autorización para conexión o reconexión domiciliaria para agua, desagüe, electricidad, gas, telefonía y otros” registrado en el Texto Único de Procedimientos Adminitrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Miguel aprobado por Ordenanza Nº 154-MDSM, a cargo de la Subgerencia de Estudios y Obras Públicas;Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que una vez aprobado el TUPA toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por decreto de alcaldía; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas al Señor Alcalde por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR el importe del derecho de tramitación del procedimiento Nº 7.04 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado por Ordenanza Nº 154-MDSM, conforme al Anexo Nº 01 que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Sub Gerencia de Estudios y Obras Públicas, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACI ÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe