Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

379560

NORMAS LEGALES
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
DESCRIPCION DE LA INFRACCION I CATEGORIAS (%) UIT II III IV V

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

CODIGO 02

SANCION COMPLEMENTARIA

GERENCIA GENERAL DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL Y COMERCIALIZACION GERENCIA DE LICENCIAS Y AUTORIZACIONES LICENCIAS Y AUTORIZACIONES

02-001 02-002 02-003 02-004 02-005 02-006 02-007 02-008 02-009 02-010 02-011 02-012 02-013 02-014 02-015 02-016 02-017 02-018

Por aperturar un establecimiento comercial, industrial o de servicios sin contar con la respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento (Locales menores a 50 m²). Por aperturar un establecimiento comercial, industrial o de servicios sin contar con la respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento (locales mayores a 50 m² y menor o igual a 100 m²). Por aperturar un establecimiento comercial, industrial o de servicios sin contar con la respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento (locales mayores a 100 m² y menor o igual a 500 m²). Por aperturar un establecimiento comercial, industrial o de servicios sin contar con la respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento (locales mayores a 500 m²). Por no contar con Autorizacion Municipal Temporal de Funcionamiento de Modulos y Stand de comercio al por menor ubicados dentro de galerias, centros comerciales y similares. Por brindar informacion falsa o inexacta para obtener Licencia Municipal de Funcionamiento o durante el MORDAZA de verificacion previa o posterior. Por modificar los datos contenidos en la Licencia Municipal de Funcionamiento: Razon social o nombre, domicilio, etc. sin la respectiva autorizacion municipal. Por modificar y/o ampliar el giro sin la respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento. Modificacion del area destinada a la actividad comercial, sin contar con la respectiva autorizacion municipal. Por no exhibir en lugar visible el original de la Licencia Municipal de Funcionamiento. Por no dar aviso del cierre del establecimiento. CLAUSURA TEMPORAL Y DEFINITIVA Por contravenir la orden clausura temporal. Por contravenir la orden de clausura definitiva Por cubrir o retirar los papelografos, afiches y/o carteles de clausura. OCUPACION DE VIA PUBLICA Por ocupacion de la via publica. Por la ocupacion de la via publica contraviniendo lo dispuesto en la Licencia Municipal de Funcionamiento expedida para giro especifico. Por reparacion de vehiculos en la via publica, atentando contra el ornato. Por realizar servicio de MORDAZA, pintado y/o cambio de aceite de vehiculos en la via publica, retiro municipal y/o areas publicas atentando contra el ornato.

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 5 40

5 10 20 30 5 50 6 5 10 4 10 30 30 10 15 10 10 40

10 25 75 100 10 50 10 8 15 6 15 40 40 15 20 12 12 50

10 25 75 100 0 75 15 10 30 8 20 50 50 30 18 15 15 50

10 25 75

Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal

100 Clausura Temporal 0 Clausura Temporal

100 Clausura Temporal y revocatoria de la Licencia 20 20 60 10 25 Cancelacion de la licencia Cancelacion de Licencia Cancelacion de la licencia y/o Clausura Temporal Clausura Temporal

100 Clausura Definitiva 100 Ejecucion Coactiva (tapiado) 50 35 30 20 50 Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal Clausura Temporal, retencion de equipos y accesorios, en caso de reincidencia retencion por 60, 90, 120 dias

02-019

Por permitir que las unidades vehiculares de la empresa y/o terceros que presten servicios o actividades anexas, conexas o complementarias para el establecimiento, estacionen vehiculos en el frontis del local, via publica, retiro municipal y/o areas publicas y/o obstaculicen el libre MORDAZA vehicular

0

30

50

100

200 Clausura Temporal

02-020 02-021

Por arrojar a la via publica, retiro municipal y/o areas publicas desmonte, desechos, desperdicios o rezagos de materiales diversos, atentando contra el ornato. Por emplear la via publica, retiro municipal y/o areas publicas para almacenar, colocar o tener de MORDAZA unidades moviles, herramientas, equipos, materiales, materias primas, mercaderia y otros. BEBIDAS ALCOHOLICAS

0 0

15 15

50 50

80 80

100 Clausura Temporal 100 Clausura Temporal

02-022

Por expender exclusivamente bebidas alcoholicas en locales que cuentan con autorizacion solo venta de licor como acompanamientos de comidas.

0

0

20

30

0

Clausura Temporal. En caso de reincidencia o persistencia le corresponde la clausura definitiva y la denuncia por la via judicial correspondiente

02-023

Por vender o facilitar el consumo de bebidas alcoholicas en la via publica.

0

20

40

60

0

Clausura Temporal. En caso de reincidencia o persistencia le corresponde la clausura definitiva y la denuncia por la via judicial correspondiente

02-024

Desarrollar actividades de expendio de licores fuera del horario establecido.

0

20

40

60

0

Clausura Temporal. En caso de reincidencia o persistencia le corresponde la clausura definitiva y la denuncia por la via judicial correspondiente

02-025

Permitir o promover el consumo de licor dentro del establecimiento, en el retiro municipal, en las inmediaciones de su local.

0

40

60

80

0

Clausura Temporal. En caso de reincidencia o persistencia le corresponde la clausura definitiva y la denuncia por la via judicial correspondiente

02-026

Por expender bebidas alcoholicas a menores de 18 anos .

0

20

40

60

0

Clausura Temporal. En caso de reincidencia o persistencia le corresponde la clausura definitiva y la denuncia por la via judicial correspondiente

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