Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2008 (21/09/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de setiembre de 2008

32) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DEL CP MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA Articulo 1°.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad del CP MORDAZA MORDAZA de Huachipa, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2°.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Contabilidad y Recursos Humanos y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Articulo 3°.- DEROGUESE los dispositivos que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MALAGA MORDAZA MORDAZA 254311-2

competencia municipal controlar la sanidad animal, en sus respectivas jurisdicciones; Que, la Ley Nº 27265 -Ley de proteccion a los animales domesticos y a los animales silvestres mantenidos en cautiverio- y la Ley Nº 27596 que establece el Regimen Juridico de Canes, estan orientadas a regular la tenencia y proteccion de animales senalandola como una de las competencias de los gobiernos locales el dictar normas reglamentarias necesarias para su aplicacion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 124º de la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, los organos desconcentrados o descentralizados quedan facultados para disponer, dentro de su ambito, medidas de prevencion y control de caracter general o particular en las materias de su competencia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de La MORDAZA por unanimidad y con dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE TENENCIA, REGISTRO Y PROTECCION DE ANIMALES EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA TITULO I OBJETO Y AMBITO DE APLICACION Articulo 1º.- La presente Ordenanza reglamenta el regimen juridico de tenencia, registro y proteccion de animales en toda la jurisdiccion del distrito de La Victoria; teniendo el caracter de MORDAZA de orden publico y de cumplimiento obligatorio, en salvaguarda de la tranquilidad e integridad fisica de las personas, del bienestar y calidad de MORDAZA de los animales; y, del ornato y conservacion de la limpieza publica en el vecindario. Articulo 2º.- Esta Ordenanza tiene alcance sobre la tenencia, crianza, adiestramiento, comercializacion, reproduccion y control sanitario de canes y otros animales en la jurisdiccion del distrito de La Victoria; especialmente de aquellos considerados potencialmente peligrosos. TITULO II CRIANZA Y TENENCIA DE CANES Articulo 3º.- La crianza y tenencia de canes esta supeditada al entorno en que se desarrollara y a las condiciones de bienestar y salubridad que se puedan brindar al can. Las personas naturales y juridicas podran criar y/o poseer, con arreglo a ley, el numero razonable de canes que en su domicilio o lugar habitual de residencia puedan albergar sin alterar la tranquilidad y el bienestar de terceros y bajo condiciones higienico sanitarias que eviten generar riesgos para la salud. Articulo 4º.- Con fines de preservar el ornato y salubridad ambiental de las areas publicas del distrito, el conductor o guia del can o los canes, es responsable del recojo inmediato de los restos organicos que estos dejen (deposiciones) y su deposito en tachos publicos de basura u otros recipientes especiales, acondicionados para tal fin. Es de aplicacion la presente disposicion para todo dueno, guardador o poseedor de can que no resida en el vecindario y haga uso de las vias o areas publicas del distrito. Su incumplimiento estara sujeto a multa pecuniaria y en caso de reincidencia, a disponerse del animal infractor y denunciarse al propietario o tenedor, por atentar contra la salud publica y privada, en concordancia con las disposiciones contenidas en la Ley General de Salud. Articulo 5º.- Queda terminantemente prohibido establecer dentro de la jurisdiccion del distrito, centros informales de crianza de canes, asi como la venta

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen regimen de tenencia, registro y proteccion de animales en el distrito
ORDENANZA Nº 061-2008/MLV La MORDAZA, 4 de setiembre de 2008 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto; en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 002-2008-CPSALC/MDLV de la Comision de Servicios a la MORDAZA y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo reconoce el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion define en el numeral 9.1 a la autonomia politica como aquella facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa fundamentalmente a traves de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de conformidad con lo previsto por el articulo 200º numeral 49 de la Constitucion, tienen rango normativo de ley, en su calidad de normas de caracter general de mayor jerarquia dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida por el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el numeral 4.2 del articulo 80º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, prescribe que es

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