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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de abril de 2009 394907 Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Luis Alejandro Giampietri Rojas 3,874.09 260.00 2+2 1,040.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante su participación en el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 340368-8 Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Brasil y encargan su despacho a la Ministra de Justicia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 081-2009-PCM Lima, 23 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Perú y Brasil mantienen un excelente nivel en sus relaciones bilaterales, que ha permitido en los últimos años profundizar notoriamente nuestros vínculos en los campos político, económico-comercial, social, de la cooperación, de la integración fronteriza, entre otros; Que, en este marco, se ha programado el próximo 28 de abril en la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, una Cumbre Fronteriza entre los Presidentes del Perú, Dr. Alan García Pérez, y del Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, que tendrá como fi nalidad promover una mayor integración económica, particularmente en las áreas del comercio, inversiones y turismo, entre las regiones del sur peruano y los estados brasileños vinculados a la carretera interoceánica en el denominado eje vial sur; Que, la Cumbre Fronteriza y encuentro presidencial en Río Branco se realiza en cumplimiento del acuerdo alcanzado en la Cumbre entre los Presidentes del Perú y del Brasil durante la “Expo Perú 2008”, realizada en San Pablo, Brasil, en setiembre del año 2008; Que, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, a la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, para que acompañe al señor Presidente de la República; De conformidad con el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, a la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, el 28 de abril de 2009, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Artículo 2º.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la Ministra de Estado en el Despacho de Justicia, Dra. Rosario Fernández Figueroa, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 340368-9 Crean Comisión Multisectorial Temporal encargada de formular recomendaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para la elaboración del Plan Maestro de Implementación de la Televisión Digital Terrestre RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 082-2009-PCM Lima, 23 de abril de 2009 VISTOS: El Memorándum Nº 862-2009-MTC/03 del Viceministro de Comunicaciones, el Memorándum Nº 414-2009-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, y el Informe Nº 849-2009-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) como sistema de televisión digital terrestre para el Perú; Que, teniendo en cuenta las implicancias y futuros benefi cios de la televisión digital terrestre como vehículo de integración e inclusión social al reducir la brecha digital existente y fomentar el desarrollo de la sociedad de la información y el acceso universal, constituyéndose así en un elemento importante en el desarrollo de las telecomunicaciones en el país, resulta de vital importancia garantizar se plasme un Plan de Implementación de esta nueva tecnología con medidas que permitan la consecución de dichos benefi cios para la población y, de manera general, un mayor desarrollo de los servicios de radiodifusión en el país; Que, con miras al desarrollo de la televisión digital terrestre en el país resulta conveniente conformar una Comisión encargada de dar recomendaciones para la elaboración del Plan Maestro de Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28278 - Ley de Radio y Televisión y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;