Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2009 (24/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

394909

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Aracnida, Diplopoda, Chilopoda y Gasteropoda para el periodo 2009 - 2010", fuera de las Areas Naturales Protegidas por el Estado conforme al Anexo Nº 1, que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La comercializacion de los especimenes indicados en el articulo precedente se realizara unicamente si los ejemplares se encuentran disecados, salvo en el caso de los especimenes del Phyllum Mollusca. Articulo 3º.- La autorizaciones de caza con fines comerciales de las especies de invertebrados terrestres incluidos en el Calendario aprobado, se otorgaran mediante Resolucion Administrativa emitida por el Administrador Tecnico Forestal y de Fauna MORDAZA del ambito que corresponda. Articulo 4º.- Las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA quedan encargadas del control y supervision de la caza, transporte, transformacion y acopio de los especimenes de fauna MORDAZA autorizados a cazar, en el ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 5º.- El transporte de los especimenes de invertebrados terrestres cazados, debera estar amparado con la respectiva Guia de Transporte de Fauna MORDAZA, conforme a la legislacion vigente. Articulo 6º.- El pago por los derechos de aprovechamiento por ejemplar o kilogramo, de las especies incluidas en el Calendario de Caza Comercial, debera depositarse en la Cuenta Corriente Nº 00 000 877638 del Banco de la Nacion, a nombre del Ministerio de Agricultura. Articulo 7º.- Los cazadores o comerciantes de fauna MORDAZA deberan presentar en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles de publicada la presente Resolucion, una declaracion jurada informando sobre las guias de transporte que tengan en su poder, asi como los saldos y permisos que correspondan al Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Aracnida, Diplopoda, Chilopoda y Gasteropoda del ano 2008, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 241-2008-AG. Los saldos de guias de transporte de calendarios de anos anteriores aprobados mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 0533-2001-AG, 750-2002-AG, 00552004-AG, 0199-2005-AG, 0262-2006-AG y 243-2007-AG, no tendran validez para realizar tramites para permisos de exportacion con fines comerciales. Articulo 8º.- La exportacion de los especimenes de fauna MORDAZA procedentes del Calendario de Caza aprobado por Resolucion Ministerial Nº 241-2008-AG sera autorizada, siempre que se encuentren debidamente declarados y verificados por la autoridad competente en sus almacenes o centros de acopio. Articulo 9º.- Las Guias de Transporte de Fauna MORDAZA, permisos o saldos no declarados en los plazos indicados, no tienen validez alguna para realizar tramites de comercio interno ni externo. Articulo 10º.- Las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA quedan en la obligacion de remitir informes trimestrales en formato digital a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA acerca de los despachos efectuados, y la retribucion economica recaudada provenientes del Calendario de Caza Comercial de Invertebrados, de acuerdo al formato que aparece en el Anexo Nº 2. Articulo 11º.- La Autoridad competente del Ministerio de Agricultura facilitara las exportaciones con valor agregado de invertebrados, tales como artesanias; en una cantidad MORDAZA de dos (02) artesanias por persona, con un numero no mayor de cien (100) especimenes en total; para lo cual se otorgara el permiso de exportacion automaticamente con la MORDAZA de la solicitud segun formato, el pago por el derecho de tramite, una factura y/o boleta emitida por el comerciante que se encuentre registrado ante la Autoridad competente. Articulo 12º.- La Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA a traves de la Direccion de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA, en coordinacion con los Gobiernos Regionales y poblaciones locales organizados,

sera la encargada de continuar con la promocion del aprovechamiento sostenible de invertebrados. Articulo 13º.- Facultese a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, la aprobacion de las medidas complementarias que resulten necesarias para la aplicacion de lo dispuesto en esta Resolucion Ministerial Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 339651-1

Designan Asesor Ministerial

del

Despacho

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0331-2009-AG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, se ha visto por conveniente designar a un Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 339651-2

Encargan funciones de Director de la Direccion de Evaluacion de Recursos Naturales de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0332-2009-AG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG se aprobo su Reglamento de Organizacion y Funciones como un instrumento de gestion que desarrolla la nueva estructura organica del Ministerio; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales, Organo de Linea, del Ministerio de Agricultura, esta conformada por la Direccion de Gestion Ambiental Agraria y la Direccion de Evaluacion de Recursos Naturales; Que, se ha visto por conveniente encargar al funcionario que desempenara las funciones de Director de la Direccion de Evaluacion de Recursos Naturales de la Direccion General de Asuntos Ambientales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;

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