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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de abril de 2009 394923 Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 018-2008- JUS - Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, mediante avisos publicados en los diarios “Expreso” y “El Comercio”, con fecha 24 y 25 de marzo de 2009, respectivamente, se convocó a Concurso Público de Méritos Nº 001-2009-PRODUCE, con el objeto de seleccionar al Ejecutor Coactivo del Ministerio de la Producción; Que, mediante Informe Nº 001-2009-PRODUCE/ CCPMEC de fecha 31 de marzo de 2009, la Comisión encargada de conducir el Concurso Público de Méritos Nº 001-2009-PRODUCE, concluye que el ganador de dicho Concurso es el señor Luis Antonio Casas Pereira, al haber obtenido el más alto puntaje; Que, a través del Contrato de Personal Nº 016-2009- PRODUCE, de fecha 1 de abril de 2009, se contrató al profesional señalado en el considerando precedente para el desempeño de la Plaza Nº 126 Director de Sistema Administrativo II Nivel F-3 con cargo estructural de Ejecutor Coactivo; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27204, establece que el Ejecutor Coactivo es funcionario nombrado o contratado, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, lo que no implica que dicho cargo sea de confi anza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS - Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; la Ley Nº 27204 – Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confi anza; la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, con efectividad al 1 de abril de 2009, al señor LUIS ANTONIO CASAS PEREIRA en el cargo de Ejecutor Coactivo del Ministerio de la Producción. Artículo 2°.- Precisar que la designación efectuada a través del artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, se realiza con la fi nalidad de facilitar el cumplimiento de las labores como Ejecutor Coactivo de la Entidad, y no enerva su condición de contratado. Artículo 3º.- Dar por concluido, a partir del 1 de abril de 2009, el encargo de funciones de Ejecutor Coactivo del Ministerio de la Producción, dispuesto mediante el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 111-2009-PRODUCE a favor del señor Carlos Alejandro Espinoza Ríos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 339273-1 RELACIONES EXTERIORES Delegan en el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Uruguay facultades para suscribir las Resoluciones y Declaraciones que emanen de la Decimoquinta Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la ALADI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 152-2009-RE Lima, 23 de abril de 2009 Visto el Memorándum (CSA) Nro. CSA0043/2008 de 22 de abril de 2009, de la Dirección General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiendo la República del Perú, participar en la “Decimoquinta Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)”; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112 de 28 de diciembre de 1992, el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007, y el artículo 2º del Reglamento del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI); y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del Embajador Max Juan de la Fuente Prem, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Oriental del Uruguay y Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), las facultades suficientes para que participe y suscriba las Resoluciones y Declaraciones que emanen de la “Decimoquinta Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)”. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador Max Juan de la Fuente Prem, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Oriental del Uruguay y Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 340368-18 Delegan en la Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante Argentina facultades para suscribir Acta sobre la Ejecución y el Cumplimiento del Tratado de Paz, Amistad y Límites entre Bolivia y Paraguay, suscrito en 1938 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 153-2009-RE Lima, 23 de abril de 2009 Visto la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2413 de 22 de abril de 2009 del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Acta sobre la Ejecución y el Cumplimiento del Tratado de Paz, Amistad y Límites entre la República de Bolivia y la República del Paraguay, suscrito el 21 de julio de 1938”; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112 de 28 de diciembre de 1992; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona de la señora doctora Judith De La Mata Fernández de Puente, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la República Argentina, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Acta sobre la Ejecución y el Cumplimiento del Tratado de Paz, Amistad y Límites